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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2021 (08/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 8 de julio de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial N° 308-2020-TR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2021, por un monto de S/ 292 661 956.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 156-2021- EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por el monto de S/ 97 889 585.00 (NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para fi nanciar la transferencia fi nanciera que el mencionado pliego debe efectuar al Seguro Social de Salud – EsSalud, para garantizar la operatividad de los Centros de Atención y Aislamiento Temporal a nivel nacional, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 116- 2021-TR, se aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 156-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante el O fi cio Nº 596-SG-ESSALUD-2021, la Secretaría General del Seguro Social de Salud – EsSalud solicita gestionar la aprobación de la transferencia fi nanciera a favor del Seguro Social de Salud – EsSalud mencionada precedentemente, remitiendo adjunto el Memorándum N° 1930-GG-ESSALUD-2021 de la Gerencia General; la Nota N° 1126-GCAJ-ESSALUD-2021 y el Informe Nº 432-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 64-GCPP-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; y el Memorando Nº 6921-GCOP-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Operaciones, que sustentan la viabilidad de la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – O fi cina General de Administración; Que, la O fi cina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante Memorando N° 0364-2021-MTPE/4/11, remite el Informe Nº 0032-2021-MTPE/4/11.1 de la O fi cina de Finanzas, el cual contiene la Certi fi cación de Crédito Presupuestario mediante la Nota Nº 1110, en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, por el monto de S/ 97 889 585.00 (NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES); Que, a través del Memorando Nº 0545-2021-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, adjunta el Informe N° 0373-2021-MTPE/4/9.2 emitido por la O fi cina de Presupuesto, con la opinión favorable en materia presupuestal correspondiente; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia fi nanciera solicitada, con cargo a la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor del Seguro Social de Salud – EsSalud; Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 3.2 y 3.3 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 156-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Titular del Seguro Social de Salud – EsSalud es responsable del uso y destino de los recursos que se trans fi eren conforme a la normatividad vigente; asimismo, dichos recursos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo N° 156-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo 1. Autorízase la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – O fi cina General de Administración, por el monto de S/ 97 889 585.00 (NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Seguro Social de Salud – EsSalud, con el fi n de que dicha entidad garantice la operatividad de los Centros de Atención y Aislamiento Temporal a nivel nacional, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 156-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3. La Titular del Seguro Social de Salud – EsSalud es responsable de la adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la transferencia fi nanciera efectuada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 156-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4. Dispóngase que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1970637-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban la Reclasificación Definitiva de diversas Rutas Vecinales o Rurales como parte de la Ruta Nacional y la actualización del eje geométrico de la Ruta Nacional en el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 669-2021-MTC/01.02 Lima, 6 de julio de 2021VISTOS:El O fi cio N° 253-2020-MDH/A de la Municipalidad Distrital de Hualla; el O fi cio N° 703-2020-MDCH/A de la Municipalidad Distrital de Chiara; el O fi cio N° 227-2020-