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18 NORMAS LEGALES Martes 2 de marzo de 2021 / El Peruano 2 Sala Penal Especial1º Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente 34º Juzgado Penal Unipersonal Nacional Permanente3º Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente 42º Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente---- Respecto al personal jurisdiccional y administrativo, el administrador de la CSN en coordinación con las administradoras de los módulos de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios deberán establecer, de forma equitativa, la distribución de todos los servidores que efectuarán trabajo presencial interdiario en los grupos “A” y “B”. 3. Sobre el trabajo remoto: a fi n de complementar la modalidad de trabajo presencial interdiario, se establece la modalidad complementaria de trabajo remoto desde el 01 al 31 de marzo de 2021, en el horario de ocho horas diarias, el mismo que deberá realizarse conforme a lo dispuesto en la Versión N.º 4 del Reglamento “ Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial ”, aprobado mediante Resolución Administrativa N.º 000408-2020-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de 2020. En dicha modalidad de trabajo se continuará realizando el encargo, labores o actividades indicadas por el juez o jefe inmediato de las áreas correspondientes, quienes controlarán la ejecución del trabajo remoto del personal a su cargo. Los servidores durante la jornada laboral deberán mantener los canales de comunicación abiertos, bajo responsabilidad funcional. 4. Sobre la población vulnerable: deberán continuar realizando trabajo remoto cumpliendo estrictamente lo estipulado en la Versión N.º 4 del Reglamento “ Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial ”, aprobado mediante Resolución Administrativa N.º 000408-2020-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de 2020. Asimismo, la O fi cina de Administración de la CSN en coordinación con la médico ocupacional, en el plazo de 07 días, deberán remitir la relación actualizada de los magistrados, personal jurisdiccional y administrativo que se encuentra dentro de la población vulnerable y que viene realizando la modalidad de trabajo remoto por encontrarse dentro del grupo de riesgo conforme al “Documento Técnico: Manejo Ambulatorio de personas por COVID-19 en el Perú”, documento aprobado mediante la Resolución Ministerial N.º 947-2020-MINSA -de fecha veinte de noviembre de dos mil veinte- que establece las siguientes comorbilidades: • Presencia de comorbilidades: los adultos de cualquier edad con las siguientes afecciones tienen mayor riesgo de enfermarse gravemente por el virus que causa la COVID-19: cáncer, hipertensión arterial refractaria, enfermedades cardiovasculares graves, enfermedad renal crónica en tratamiento con hemodiálisis, EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica), asma moderada o grave, diabetes mellitus, obesidad grave (IMC mayor o igual a 40kg/m2), enfermedad o tratamiento inmunosupresor y otras que establezca la Autoridad Sanitaria Nacional frente a futuras evidencias. • Edad: 65 años a más (factor de riesgo independiente). 5. Sobre la supervisión de labores: el administrador de la CSN, así como las administradoras de los módulos de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, los relatores de sala, la secretaria de actas, el secretario de Mesa de Partes y los jefes de área en general, deberán supervisar, en el marco de sus competencias, que el personal jurisdiccional y administrativo a su cargo cumpla con el trabajo presencial interdiario y trabajo remoto, en el horario y jornada establecidos.6. Sobre el retiro de expedientes: se autoriza a los jueces de todas las instancias de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios el retiro de los expedientes a su cargo, con la fi nalidad de realizar trabajo remoto en los días que corresponda, quienes deberán comunicar la relación de los expedientes a retirar con 24 horas de anticipación con la fi nalidad de optimizar las medidas sanitarias y de seguridad, y de continuar preservando la salud de los jueces y del personal jurisdiccional y administrativo, así como de evitar el congestionamiento en los desplazamientos para el retiro de expedientes. Dicha comunicación será dirigida a los siguientes responsables: ÓRGANOS JURISDICCIONALES RESPONSABLE Código de Procedimientos Penales Administración de la CSN CPP del Sistema Especializado en Delitos de Crimen OrganizadoAdministración del Módulo CPP del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de FuncionariosAdministración del Módulo Si fuese necesario se podrá designar al personal autorizado para retirar expedientes judiciales. Dicha responsabilidad será asumida por: i) los jueces de todas las instancias de los Órganos Jurisdiccionales que se rigen bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940; y ii) las Administradoras de los Módulos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios para los Órganos Jurisdiccionales que se rigen bajo el CPP. Siguiendo el procedimiento fi jado por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en el numeral 2.3 de la Resolución Administrativa N.º 000023-2021-P-CE-PJ. Para el retiro de expedientes se deberá cumplir con el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo del Poder Judicial (V.3), que fue aprobado mediante la Resolución Administrativa N.º 000375-2020-CE-PJ, de fecha 22 de diciembre de 2020. La Administración de la CSN deberá continuar brindando los implementos de bioseguridad necesarios a los jueces de todas las instancias y al personal designado para tal fi n. 7. Sobre la recepción de documentos: se continuará realizando mediante la Mesa de Partes Electrónica (MPE- EJE y no EJE); asimismo se precisa que el Expediente Judicial Electrónico solo se encuentra habilitado en esta CSN para la Etapa Intermedia en los procesos del CPP. La O fi cina de Administración en coordinación con el responsable del área de Imagen Institucional de la CSN deberán continuar la difusión de los enlaces para el ingreso de documentos en la Mesa de Partes Electrónica (MPE- EJE y no EJE); así como de los teléfonos habilitados y los correos electrónicos para las citas de las Mesas de Partes, en las redes sociales de la CSN, y su publicación en las puertas de las sedes de Tacna y Carlos Zavala. De manera excepcional cuando no sea posible su recepción de documentos de forma virtual se podrá recibir de manera física en las Mesas de Partes de los Sistemas de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. Para tal efecto se deberá programar las citas para recibir los documentos por las Mesas de Partes físicas utilizando los correos electrónicos implementados para dicho fi n 1, debiendo los encargados de las Mesas de Partes del Juzgado Penal Supraprovincial Transitorio Especializado en Crimen Organizado, Salas Penales Superiores Nacionales Transitorias Especializadas en Crimen Organizado, de los Módulos del CPP del Sistema Especializado en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, comunicar a la O fi cina de Administración de la CSN y a su jefe inmediato, la cantidad de citas programadas por día a efectos de mantener el aforo señalado normativamente y cumplir con las medidas de bioseguridad. 8. Sobre la continuidad de programación de audiencias de manera virtual: todas las audiencias continuarán en la forma en que se estuvieron llevando a cabo, a través del aplicativo de telefonía Google Meet conforme a la normativa especí fi ca, cuya coordinación será íntegramente virtual. Para cumplir esa fi nalidad el