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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2021 (28/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Viernes 28 de mayo de 2021 El Peruano / se ha desarrollado en el numeral 4.5 del Informe Técnico N° 306-2021-GRT; Que, por las razones señaladas, este extremo del recurso de reconsideración debe ser declarado fundado en parte; 3.6. Respecto a los proyectos de imposible ejecución por restricciones técnicas 3.6.1. Argumentos de Cálidda Que, Cálidda señala que en el Plan Anual 2021 se han incluido proyectos cuya ejecución resulta imposible en la práctica por restricciones técnicas, tales como, zona de pendiente elevada, inestabilidad de suelo, accesos reducidos, interferencias de otros servicios, distancias mínimas vulneradas; Que, en ese sentido, solicita que dichos proyectos se retiren del Plan Anual 2021 por su imposibilidad práctica de ejecución; 3.6.2. Análisis de Osinergmin Que, se reitera que, no es objeto de la Resolución 055 determinar si determinados proyectos son de imposible ejecución por parte del Concesionario, toda vez que la misma tiene por objeto aprobar las inversiones que deberá ejecutar la recurrente como parte del Plan Anual 2021; Que, si Cálidda considera que la ejecución de los proyectos de redes de polietileno a los que hace mención son de imposible ejecución por restricciones técnicas, dicha empresa deberá presentar su solicitud de excepción de cumplimiento a la División de Supervisión Regional de la Gerencia de Supervisión de Energía en observancia de lo señalado en el artículo 63e del Reglamento de Distribución, o atendiendo a lo establecido en el artículo 63d del mismo Reglamento en el que se prevén los lineamientos cuando por causas no atribuibles al Concesionario debidamente sustentadas, éste no pueda ejecutar determinadas inversiones previstas en el Plan Anual o PQI aprobados; Que, de acuerdo a lo expuesto, se informa que los proyectos de polietileno señalados, se mantendrían en la aprobación del Plan Anual 2021, sin perjuicio de que, de ser el caso, la autoridad competente apruebe la solicitud de excepción de cumplimiento en la etapa que corresponda; Que, sin perjuicio de ello, luego de la evaluación respectiva, se ha veri fi cado que se han incluido algunos proyectos previamente incorporados en los Planes Anuales 2019 y 2020, aprobados mediante las Resoluciones N° 081-2019-OS/CD y N° 062-2020-OS/CD, respectivamente, y sus modi fi catorias; Que, de acuerdo a lo señalado, corresponde retirar del Plan Anual 2021 los proyectos que fueron aprobados en Planes Anuales anteriores, toda vez que, Cálidda se encuentra obligada a dar cumplimiento a la ejecución de dichos proyectos, lo cual es veri fi cado por Osinergmin en ejercicio de su función supervisora; Que, el detalle del análisis de este extremo del recurso se ha desarrollado en el numeral 4.6 del Informe Técnico N° 306-2021-GRT; Que, por las razones señaladas, este extremo del recurso de reconsideración debe ser declarado fundado en parte; Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 306-2021- GRT e Informe Legal N° 307-2021-GRT, elaborado por la División de Gas natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, así como el Informe N° 1906-2021-OS/DSR elaborado por la División de Supervisión Regional, que complementa la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, como resultado de los extremos del petitorio del recurso de reconsideración que han sido declarados fundado y fundados en parte, en la presente resolución se dispone la modificación de la Resolución 055 conforme lo expuesto en los párrafos precedentes. Las modificaciones efectuadas se presentan en el Informe Técnico N° 308-2020-GRT, elaborado por la División de Gas Natural de la Gerencia de Regulación de Tarifas;De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, Reglamento General de Osinergmin; en el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM y en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, así como en sus respectivas normas modi fi catorias, complementarias y conexas, y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 19-2021. SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar fundados en parte los extremos del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. contra la Resolución N° 055-2021-OS/CD a que se re fi eren los numerales 3.1.1, 3.2.1, 3.4.1, 3.5.1 y 3.6.1 por las razones señaladas en los numerales 3.1.2, 3.2.2, 3.4.2, 3.5.2 y 3.6.2 de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Declarar fundado el extremo del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. contra la Resolución N° 055-2021-OS/CD a que se re fi eren el numeral 3.3.1 por las razones señaladas en el numeral 3.3.2 de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Reemplazar el Cuadro N° 1 y el Cuadro N° 2 del artículo 1 de la Resolución N° 055-2021-OS/CD correspondiente a las redes de Acero y rede de polietileno, conforme a lo siguiente: Cuadro N° 1 Redes de Acero DistritoInstalaciones aprobadas (m) GasoductoTuberías de ConexiónTotal ATE 104 64 168 BREÑA - 16 16 CALLAO 808 65 873 CHILCA 1 339 19 1 358 CHORRILLOS 1 146 - 1 146 COMAS 59 4 63LIMA 1 182 50 1 232 LOS OLIVOS - 10 10 LURIGANCHO 2 436 45 2 481 MIRAFLORES - 15 15 PACHACAMAC 1 502 42 1 544 PUENTE PIEDRA 389 53 442 SAN JUAN DE LURIGANCHO - 47 47 SAN JUAN DE MIRAFLORES 328 - 328 SAN LUIS - 18 18 SAN MARTIN DE PORRES 972 5 977 SURQUILLO - 15 15VENTANILLA 289 13 302 VILLA EL SALVADOR 6 155 34 6 189 VILLA MARÍA DEL TRIUNFO 2 515 5 2 520 Total general 19 224 520 19 744 Cuadro N° 2 Redes de Polietileno DistritoInstalaciones aprobadas (m) GasoductoTuberías de ConexiónTotal ANCÓN 2 822 - 2 822 ATE 177 647 - 177 647 BARRANCO 666 - 666 BELLAVISTA 130 589 - 130 589 BREÑA 59 150 - 59 150 CALLAO 65 246 - 65 246 CARABAYLLO 134 521 - 134 521