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15 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de noviembre de 2021 El Peruano / Supernumeraria del Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Delitos Aduaneros, Tributarios de Propiedad Intelectual y Ambientales de Lima, a partir del 3 de noviembre del presente año. Artículo Cuarto: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Coordinación de Recursos Humanos, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ WILFREDO DÍAZ VALLEJOS PresidenteCorte Superior de Justicia de Lima 2007202-1 Disponen el cumplimiento obligatorio de diversas medidas por parte de los jueces de todos los niveles y del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada en el periodo comprendido del 1 al 30 de noviembre de 2021 CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000392-2021-P-CSNJPE-PJ Lima, 1 de noviembre de 2021ANTECEDENTES:I. La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada -en adelante CSN- emitió la Resolución Administrativa N.° 000346-2021-P-CSNJPE-PJ, de fecha 29 de septiembre de 2021 en mérito a la Resolución Administrativa N.º 000323-2021-CE-PJ de fecha 27 de septiembre de 2021, que estableció medidas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos para el periodo del 01 al 31 de octubre de 2021. II. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N.° 000351-2021-CE-PJ, de fecha 28 de octubre de 2021, estableció medidas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos para el periodo del 01 al 30 de noviembre de 2021. III. El O fi cio N.º 001141-2021-ADM-CSNJPE-PJ de fecha 01 de noviembre de 2021 remitido por la O fi cina de Administración de la CSN que adjunta los siguientes informes: a) Informe N.º 00031-2021-AOJ-CSNJPE-PJ remitido por la Responsable Administrativo de los Órganos Jurisdiccionales del CdPP de 1940, b) Informe N.º 001-2021-CSNJPE-PJ remitido por la Administración del Módulo del Código Procesal Penal, e c) Informe N.º 0016-2021-PJ-CSNJPE-OA-WGM remitido por la médico ocupacional de la CSN, mediante los cuales se eleva la propuesta de realizar trabajo presencial diario por parte de los servidores judiciales -que no tienen comorbilidad- de la CSN. FUNDAMENTOS: La Resolución Administrativa N.° 000351-2021-CE-PJ fi ja un marco general que rige el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos para el periodo del 01 al 30 de noviembre de 2021 en consonancia con las normas emitidas por el Poder Ejecutivo. En ese orden de ideas, con la fi nalidad de asegurar la adecuada continuación y acceso a la prestación de los servicios que brinda esta CSN, así como salvaguardar la salud y bienestar de los jueces, personal jurisdiccional, administrativo y usuarios del sistema judicial; es menester que esta Presidencia, ejecute las medidas dispuestas por el Consejo Ejecutivo con las adaptaciones propias en función a las características de nuestra Corte: 1. Sobre el trabajo presencial diario de los magistrados: estando a las atribuciones y facultades delegadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a los Presidentes de las Cortes Superiores del país y en mérito a que esta Corte Superior Nacional tiene a su cargo los casos más complejos que versan sobre graves delitos cometidos en el marco una organización criminal, estos procesos requieren de una mayor cantidad de tiempo para su investigación y juzgamiento, esa nota distintiva, marca una pauta de no tratar igual a lo desigual y nos permite formular las siguientes premisas para luego arribar a una conclusión: a) en esta CSN existen despachos que llevan adelante juicios o audiencias con el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Código Procesal Penal de 2004, que demandan en muchos casos la plani fi cación de audiencias en horarios de la mañana y la tarde, inclusive, existe una Sala Penal que por mandato del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial lleva un caso de lavado de activos a exclusividad, esta forma de programación de los procesos ha permitido el diseño y coordinación interinstitucional de esta Corte con el Ministerio Público, la Procuraduría Pública del Estado, el INPE y la defensa pública y privada que, se dejarían de lado, de aplicarse la propuesta de horarios en dos turnos y ello provocaría una ralentización objetiva en el desarrollo de los procesos penales en sus diferentes etapas en nuestra CSN, urge por ello buscar una alternativa adecuada a las circunstancias atendiendo a todas las razones explicitadas, b) los magistrados de esta Corte Superior cuentan con despachos privados que garantizan las medidas de bioseguridad establecidas, para conjurar los riesgos de contagio generados por la pandemia provocada por la COVID-19, c) la CSN cuenta con un total de 51 magistrados, de los cuales más de una tercera parte está realizando trabajo remoto por presentar una comorbilidad personal. En este sentido concluimos que resulta necesario optimizar la atención a los justiciables en jornadas laborales presenciales, que garanticen la prestación del servicio de impartición de justicia de manera célere en los casos complejos y de trascendencia nacional e internacional de competencia de esta superior corte, en ese sentido, atendiendo a la dinámica funcional y la necesidad de servicio en el contexto de las necesidades, condiciones y articulación interinstitucional (eje transversal de la gestión del cambio), los magistrados de todos los niveles -que no sean vulnerables- deberán realizar trabajo presencial diario durante el mes de noviembre en el horario de lunes a viernes desde las 08:00 hasta las 17:00 horas, siendo la hora de refrigerio desde las 13.00 hasta las 14.00 horas, debiendo registrar sus ingresos y salidas en el Sistema de Control de Asistencia y Permanencia (SICAPE), conforme lo prevé la Resolución Administrativa N.° 000379-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 26 de octubre de 2021. 2. Sobre el trabajo presencial diario de los servidores judiciales: con relación al personal jurisdiccional y administrativo, se tienen las siguientes premisas: a) los trabajadores adscritos a la Administración y la Presidencia de la Corte, han venido laborando todos los días de la semana en el horario de 8:00 a 17:00 con una hora de refrigerio, adoptando las medidas sanitarias que ha fi jado el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, esto se ha generalizado desde el mes de octubre último, y en ese lapso no se ha producido ningún contagio de la Covid-19, b) de acuerdo a los informes de los administradores de todas las sedes, se ha concluido que la distribución de las áreas destinadas a los auxiliares jurisdiccionales de todos los niveles, en la medida que ahora existen tres sedes judiciales en nuestra CSN producto de la conclusión del proceso de implementación de la reforma procesal penal el último 15 de junio de 2021, han creado condiciones que permiten realizar el trabajo presencial respetando la distancia mínima de un metro y medio que exige la norma sanitaria para prevenir el contagio de la COVID-19 en todos los ambientes, para el efecto se han habilitado algunas