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16 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de noviembre de 2021 El Peruano / salas de audiencia para albergar a los servidores judiciales, pues en estos tiempos los entornos virtuales son el medio por el que se desarrollan las audiencias y ya no son un lugar físico determinado en el espacio, en consecuencia, estos espacios pueden ser usados para respetar al plenitud el distanciamiento necesario con el aforo respectivo de personal, c) se cuenta con la opinión favorable de la médico ocupacional quien lo ha hecho teniendo presente las propuestas de los administradores mencionados y brindando razones y argumentos adicionales que son de recibo en esta resolución, d) consideramos que debe preservarse el binomio magistrado-trabajador para conseguir mejores resultados en el procesamiento de los casos complejos, en especial cuando se trata de casos de profusa información, que a veces incluye la sistematización de información en audio presentadas en CDs (escuchas derivadas de intervenciones telefónicas) y video (en las OVISES) que por su naturaleza requiere un tratamiento presencial, por tanto, es ideal conservar el horario de trabajo similar para jueces y servidores judiciales, como una de las mejores estrategias para el procesamiento y enjuiciamiento de casos de criminalidad organizada, e) la siguiente frase: “en el Poder Judicial existe horario de entrada más no de salida” se agudiza en una corte que es la única en el país que constituye una jurisdicción especializada, donde hay que decirlo, muchas veces para procesar audiencias preliminares claves o fases de juzgamiento próximo a la emisión de la sentencia, requieren de tiempos que han demandado de los trabajadores –como de los jueces- exceder el horario o fi cial, así por ejemplo, ante el vencimiento de plazos de prisión preventiva se han tenido que habilitar audiencias continuas que involucran el empleo de sábados, domingos y días feriados, situaciones que solamente se pueden enfrentar coordinando las labores de jueces y trabajadores en forma simultánea. En este sentido resulta necesario que las labores se realicen en jornadas laborales presenciales, ello por mandato de lo que la ley impone a esta CSN y atendiendo al contexto antes reseñado, en ese sentido, los servidores judiciales -que no sean vulnerables- deberán realizar trabajo presencial diario durante el mes de noviembre en el horario de lunes a viernes desde las 08:00 hasta las 17:00 horas, siendo la hora de refrigerio desde las 13.00 hasta las 14.00 horas, debiendo registrar sus ingresos y salidas en el Sistema de Control de Asistencia y Permanencia (SICAPE), conforme lo prevé la Resolución Administrativa N.° 000379-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 26 de octubre de 2021. 3. Sobre el trabajo presencial diario mixto de los servidores judiciales: en caso algún servidor judicial, no comprendido dentro de la categoría de riesgo COVID 19, considere que la modalidad de trabajo detallada en el fundamento precedente, no se adapta a sus necesidades, podrá solicitar, con el visto bueno de su superior jerárquico, realizar trabajo presencial diario mixto a la O fi cina de Administración de la CSN, a través de la Mesa de Partes, o a través del correo electrónico mesadepartesadministracioncsnjpe@pj.gob.pe, hasta el día miércoles 03 de noviembre de 2021. Dicha modalidad se desarrollará conforme al siguiente detalle: a) La jornada laboral será de 08 (ocho) horas diarias, repartidas en 05 horas de trabajo presencial diario y 03 horas de trabajo remoto complementario de la siguiente manera: i. Trabajo presencial: el horario laboral queda establecido en dos turnos: turno mañana de 07:45 a 12:45 horas y turno tarde de 13:30 a 18:30 horas, y; ii. Trabajo remoto complementario: para aquellos servidores que realicen sus labores en el turno mañana, efectuarán dicha modalidad de trabajo desde las 15:00 hasta las 18:00 horas, mientras los que realizan el turno tarde, lo efectuarán en el horario de 08:00 hasta las 11:00 horas. b) El personal jurisdiccional y administrativo que opte por dicha modalidad deberá continuar durante todo el mes realizando sus labores conforme a su pertenencia a los grupos “A” y “B”, continuando con el Grupo “A” en el turno mañana y el Grupo “B” en el turno tarde, lo cual se alternará, semana a semana, a partir del 02 de noviembre de 2021, conforme al siguiente cuadro: Rol NoviembreTurno Mañana Turno Tarde Trabajo Remoto ComplementarioDe 07:45 a 12:45 horasDe 13:30 a 18:30 horas Semana del 02 al 07 NOVGrupo “A” Grupo “B”Mas 03h trabajo remoto Semana del 08 al 14 NOVGrupo “B” Grupo “A”Mas 03h trabajo remoto Semana del 15 al 21 NOVGrupo “A” Grupo “B”Mas 03h trabajo remoto Semana del 22 al 28 NOVGrupo “B” Grupo “A”Mas 03h trabajo remoto Semana del 29 al 30 NOVGrupo “A” Grupo “B”Mas 03h trabajo remoto c) Los que opten por la modalidad presencial diaria mixta deberán continuar con el encargo, labores o actividades indicadas por el juez o jefe inmediato de las áreas correspondientes, quienes controlarán la ejecución del trabajo remoto del personal a su cargo. Los servidores durante la modalidad de trabajo remoto complementario deberán mantener los canales de comunicación abiertos, bajo responsabilidad funcional. Asimismo, deberán registrar sus ingresos y salidas y deberán presentar sus informes de labores en el Sistema de Control de Asistencia y Permanencia (SICAPE), conforme se señala en la Resolución Administrativa N.° 000379-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 26 de octubre de 2021. 4. En el caso de los servidores que realizan resguardo, seguridad y vigilancia deberán prestar dichos servicios en consonancia con el horario establecido con su jefe inmediato y con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excedan de 48 horas semanales. 5. Los magistrados, personal jurisdiccional y administrativo podrán asistir a las instalaciones de la CSN con vestimenta semiformal. 6. Sobre la población vulnerable: deberán continuar realizando trabajo remoto cumpliendo estrictamente lo estipulado en la Versión N.° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N.° 000408-2020-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de 2020. Los magistrados y servidores judiciales deberán presentar sus informes de labores en el Sistema de Control de Asistencia y Permanencia (SICAPE), conforme se señala en la Resolución Administrativa N.° 000379-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 26 de octubre de 2021. 7. Sobre la supervisión de labores: el administrador de la CSN, la administradora del Módulo del Código Procesal Penal, la Responsable Administrativo de los Órganos Jurisdiccionales del CdPP de 1940, los relatores de sala, la secretaria de actas, el secretario de Mesa de Partes y los responsables de área en general, deberán supervisar, en el marco de sus competencias, que el personal jurisdiccional y administrativo a su cargo cumpla con el trabajo presencial diario y trabajo presencial diario mixto, según sea el caso, en el horario y jornada establecidos, respectivamente. 8. Sobre el retiro de expedientes: se autoriza a los magistrados de todas las instancias que efectúan trabajo remoto por razones de vulnerabilidad, el retiro de los expedientes a su cargo, con la fi nalidad de realizar trabajo remoto en los días que corresponda. Por tal motivo deberán comunicar la relación de los expedientes a retirar con 24 horas de anticipación con la fi nalidad de optimizar las medidas sanitarias y de seguridad, de continuar preservando la salud de los jueces y del personal jurisdiccional y administrativo, y evitar el congestionamiento en los desplazamientos para el retiro de expedientes. Dicha comunicación será dirigida a los siguientes responsables: