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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (10/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de noviembre de 2021 El Peruano / • Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Ate, Provincia de Lima. • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Ate, Provincia de Lima • Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Santa Anita, Provincia de Lima. • Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de La Molina, Provincia de Lima. • Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Matucana, Provincia de Huarochirí. • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Matucana, Provincia de Huarochirí. • Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Lurigancho–Chosica, Provincia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE• 2° Sala Penal de Apelaciones Transitoria del Distrito de Independencia, Provincia de Lima. • 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio del Distrito de Independencia, Provincia de Lima. • 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Independencia, Provincia de Lima. • 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Independencia, Provincia de Lima. • 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima. • 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima. • 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima. • 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima. • 4° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima. • 5° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima. • 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima. • 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima. • 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima. • 4° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima. • 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Los Olivos, Provincia de Lima. • 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Los Olivos, Provincia de Lima. • 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Los Olivos, Provincia de Lima. • 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Condevilla, Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima. • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, Distrito y Provincia de Canta. • 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima. • 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Condevilla, Distrito de San Martin de Porres, Provincia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO• 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito y Provincia del Callao. DISTRITO JUDICIAL DE PUENTE PIEDRA – VENTANILLA • Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de Puente Piedra, Provincia de Lima. • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, Distrito de Puente Piedra, Provincia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE PASCO • Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de Yanahuanca, Provincia de Daniel Alcides Carrión.• Sala Penal de Apelaciones Transitoria, Distrito de Yanacancha, Provincia de Pasco. Artículo Segundo.- Disponer que las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, en coordinación con las oficinas de estadística de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Norte, Lima Este, Pasco y Puente Piedra – Ventanilla, deberán verificar el desempeño de los órganos jurisdiccionales penales, cuyo nivel de resolución de expedientes al mes de agosto de 2021 sea inferior al 50% de la respectiva meta de producción; debiendo comunicar a la señora Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, sobre el resultado de su verificación y las acciones adoptadas. Artículo Tercero.- Exhortar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, que deberán supervisar y garantizar mes a mes el registro adecuado de la información estadística de los órganos jurisdiccionales a su cargo, tanto en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) como en el Formulario Estadístico Electrónico (FEE); y cumplir así con los plazos de entrega de información dispuestos en la Directiva Nº 005-2012-GG-PJ, aprobada por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 308-2012-P-PJ. Artículo Cuarto.- Exhortar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, que en los requerimientos sobre redistribuciones de expedientes penales en etapa de trámite, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, solo se deben considerar a aquellas que presenten buen nivel resolutivo, y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. La Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal analizará la continuidad o reubicación del órgano jurisdiccional transitorio que presente un bajo nivel de producción injusti fi cado. Artículo Quinto.- Exhortar a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Norte, Lima Este, Pasco y Puente Piedra – Ventanilla, que deberán adecuar sus próximos requerimientos de prórroga, conversión, reubicación o variación de competencia y redistribución de expedientes, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 262-2018-CE-PJ, y la Directiva N° 007-2018-CE-PJ, tanto en el fl ujo y la oportunidad del requerimiento. Artículo Sexto.- Disponer que los Presidentes/ as de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional supervisen que los órganos jurisdiccionales que se encuentran bajo su jurisdicción, den estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 137-2020-CE-PJ, la cual establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas; así como del uso del Sistema de Notificaciones Electrónicas-SINOE, la Agenda Judicial Electrónica y el inmediato descargo de los actos procesales correspondientes a todas la actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial-SIJ. Artículo Sétimo.- Facultar a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Norte, Lima Este, Pasco y Puente Piedra – Ventanilla, tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado. Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Norte, Lima Este, Pasco y Puente Piedra – Ventanilla; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2009361-7