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47 NORMAS LEGALES Martes 30 de noviembre de 2021 El Peruano / Recursos Humanos, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva 000070-2021-SERVIR-PE, y su modi fi catoria, formaliza la aprobación de la “Directiva 003-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”, la cual tiene como objeto establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de puestos y posiciones, en el marco del tránsito de entidades públicas al régimen del Servicio Civil; disponiendo en su artículo 2 formalizar la derogación de la “Directiva 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad–CPE”, y sus modi fi caciones; con excepción del Anexo N° 4–Sobre el CAP Provisional, de la citada Directiva 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que los numerales 2.2 y 2.4 del Anexo N° 4 de la Directiva 002-2015-SERVIR/GDSRH establecen que el CAP Provisional se formula a partir de la estructura orgánica de la entidad aprobada en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda y clasi fi cados en grupos ocupacionales de conformidad con lo establecido en la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público; asimismo señala que se deben consignar los cargos clasi fi cados como Empleados de Con fi anza y como Directivos Superiores de libre designación y remoción; Que, a través el Informe Técnico 003-2021-OGDH/ TC, la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, solicita opinión técnica a la O fi cina de Planeamiento y Desarrollo, respecto de la propuesta de aprobación de un nuevo CAP Provisional del Tribunal Constitucional; a fi n de proseguir con el trámite ante la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir); Que la Oficina de Planeamiento y Desarrollo, en el marco de sus funciones, mediante el Informe 049-2021-OPD/TC evaluó desde el punto de vista organizacional la propuesta de CAP Provisional de la Tribunal Constitucional, y consideró que el mismo resultaba viable al cumplir con las disposiciones establecidas en el Anexo N° 4 de la Directiva 002-2015-SERVIR/GDSRH; así como lo establecido en la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, y el Decreto Supremo 084-2016-PCM, recomendando continuar con el trámite de aprobación; Que, con O fi cio 447-2021-OGDH/TC la Jefa (e) de la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano de la Entidad remite al ente rector el informe que sustenta el proyecto de CAP Provisional y los documentos sustentatorios; Que, mediante O fi cio 000656-2021-SERVIR-PE, la Presidenta Ejecutiva de Servir remite opinión favorable de Servir para la aprobación del CAP Provisional del Tribunal Constitucional contenida en el Informe Técnico 000196-2021-SERVIR/GDSRH; Que los numerales 4.1 y 4.2 del Anexo N° 4 de la Directiva 002-2015-SERVIR/GDSRH, establecen que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita Servir, y su aprobación, para el caso de los Organismos Constitucionalmente Autónomos, como el Tribunal Constitucional, se realiza mediante Resolución del Titular del pliego; Que, según lo establecido en el inciso c) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional, la Presidenta representa al Tribunal Constitucional, ejerce la Titularidad del pliego,y, cumple las funciones que señala su Ley Orgánica, el Reglamento Normativo y el Reglamento de Organización y funciones; Que, estando a las consideraciones anteriormente expuestas, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional–CAP Provisional del Tribunal Constitucional, en concordancia con su Estructura Orgánica vigente; debiéndose dejar sin efecto la Resolución Administrativa 343-2016-P/TC, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Tribunal Constitucional; Con las visaciones de la Jefa de la O fi cina de Gestión de Desarrollo Humano, la Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Desarrollo y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y;En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Tribunal Constitucional, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa 343-2016-P/TC, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Tribunal Constitucional. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez ésta con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), Portal Web Institucional (www.tc.gob.pe) y en la Intranet del Tribunal Constitucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIANELLA LEDESMA NARVÁEZ Presidenta del Tribunal Constitucional 2016531-2 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Acreditan y designan representante del Gobierno Regional de Arequipa ante la Junta de Administración de la Zona Especial de Desarrollo ZED Matarani RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 420-2021-GRA/GR VISTOS: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 498-2019-GRA/ GR, de fecha 25 de octubre del 2019 y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 535-2019-GRA/GR, de fecha 20 de noviembre del 2019. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28569, otorga autonomía a los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios – CETICOS de Ilo, Matarani y Paita con la fi nalidad de construir al desarrollo de las zonas sur y norte del país; y comprende en su estructura orgánica básica a la Junta de Administración como órgano máximo de dirección, conformada entre otros miembros, por un representante del Gobierno Regional, designado mediante Resolución del Titular del Pliego. Que, a partir de la vigencia de la Ley Nº 30446, los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios (CETICOS), se denominan Zonas Especiales de Desarrollo (ZED). Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 498-2019- GRA/GR, de fecha 25 de octubre del 2019, recti fi cada con Resolución Ejecutiva Regional Nº 535-2019-GRA/G, se acreditó y designó al Abogado Edwin Esquivel Alcamora, como representante del Gobierno Regional de Arequipa, ante la Junta de Administración de la Zona Especial de Desarrollo ZED Matarani. Que, en este orden de ideas resulta necesario dejar sin efecto la acreditación y designación del Abogado Edwin Esquivel Alcamora y designar en su reemplazo al Abogado Edward Jaime Velarde Cáceres como representante del Gobierno Regional de Arequipa ante la Junta de Administración de la Zona Especial de Desarrollo ZED Matarani. Que, de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, Ordenanza Regional Nº 10-AREQUIPA y en uso de las facultades conferidas por Ley;