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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Martes 30 de noviembre de 2021 El Peruano / a realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos de la contratación de las sociedades de auditoría, previa comunicación de dicho organismo; Que mediante la Resolución de Contraloría N.º 237-2021-CG, de fecha 4 de noviembre de 2021, se aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que con el O fi cio N.° 000656-2021-CG/GAD, de fecha 16 de noviembre de 2021,el Contralor General de la República comunica que, conforme a la legislación invocada, le corresponde al Tribunal Constitucional realizar la transferencia fi nanciera para la contratación de la sociedad auditora que se encargará de efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental de los periodos 2021 y 2022; Que, en dicho documento se detalló que, el 100% de la retribución económica del periodo 2021, incluido el IGV, asciende a S/ 64,041.00, monto que debe ser transferido dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la recepción del O fi cio. Del mismo modo, en cuanto a la retribución del periodo 2022, se precisó que, el 100% de la retribución económica, incluido el IGV, asciende a S/ 64,041.00, monto que debe ser transferido, a más tardar, treinta (30) días calendario antes de la fecha de inicio propuesta por la SOA para la ejecución de la auditoría; Que, en el O fi cio N.° 000656-2021-CG/GAD también se indicó que, el Tribunal Constitucional debe efectuar el pago del 6% por el concepto de designación de los periodos 2021 y 2022 ascendente al monto de S/. 6,512.00, dentro del plazo de quince (15) días hábiles desde la recepción del citado documento; Que, mediante Informe N.º 051-2021-OP/TC, de fecha 17 de noviembre de 2021, la O fi cina de Presupuesto informa que se ha procedido a habilitar los recursos para atender el pago a la Contraloría General de la República del Perú por el monto de S/. 70,553.00 correspondiente a los siguientes conceptos: (i) el 100% de la retribución económica del periodo 2021, incluido el IGV, ascendente a S/ 64,041.00; y, (ii) el 6% por el concepto de designación de los periodos 2021 y 2022, ascendente a S/. 6,512.00. Que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto; De conformidad con la Ley N.º 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el artículo 41º del Decreto Legislativo N.° 1440, que aprueba el Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N.° 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo, SE RESUELVETransferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Artículo Primero.- Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2021, del Pliego 024: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, de S/ 64,041.00 (Sesenta y cuatro mil cuarenta y uno con 00/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República, destinada a fi nanciar los gastos derivados del 100% de la retribución económica de las sociedades de auditoría por el periodo 2021. Depósito en cuenta a favor de la Contraloría General de la República Artículo Segundo.- Autorizar el depósito en cuenta, con cargo al Presupuesto Institucional 2021, del Pliego 024: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, de S/. 6,512.00 (Seis mil quinientos doce con 00/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al 6% por el concepto de designación de los periodos 2021 y 2022. FinanciamientoArtículo Tercero.- La transferencia fi nanciera y el depósito en cuenta autorizados en los artículos 1 y 2 de la presente resolución se realizarán con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal 2021. Limitación al uso de los recursosArtículo Cuarto.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Monitoreo, seguimiento y cumplimientoArtículo Quinto.- La Dirección General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera. PublicaciónArtículo Sexto.- Disponer que la presente resolución se publique en el portal Institucional del Tribunal Constitucional (https://www.tc.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIANELLA LEDESMA NARVÁEZ Presidenta del Tribunal Constitucional 2016531-1 Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 221-2021-P/TC Lima, 25 noviembre de 2021VISTOSEl Informe Técnico 003-2021-OGDH/TC de la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, el Informe 049-2021-OPD/TC de la O fi cina de Planeamiento y Desarrollo y el O fi cio 000656-2021-SERVIR-PE de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR; y, CONSIDERANDOQue, por mandato del articulo 201 de la Constitución Política del Perú, el Tribunal Constitucional es el órgano de control de la Constitución, que cuenta con autonomía e independencia y, en armonía con el articulo 1 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad, que se encuentra sometido solo a la Constitución y a su Ley de Orgánica; Que mediante Resolución Administrativa 233-2018-P/ TC, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional; estableciendo los órganos y unidades orgánicas, y sus respectivas funciones; Que, con Resolución Administrativa 343-2016-P/ TC, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Tribunal Constitucional; Que, mediante la Resolución Administrativa175- 2019-P/TC y sus modi fi catorias, se aprobó el Clasi fi cador de Cargos del Tribunal Constitucional; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de