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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (01/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 1 de octubre de 2021 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1098 Lima, 13 de septiembre de 2021Visto el Expediente STDUNI 67119-2021 presentado por el señor MELVIN DEGNIS MARCELO CASTILLO, quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura; CONSIDERANDO:Que, el señor MELVIN DEGNIS MARCELO CASTILLO, identi fi cado con DNI Nº 02659325 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 178-2021UNI/SG/UGyT de fecha 23 de agosto del 2021, precisa que el diploma del señor MELVIN DEGNIS MARCELO CASTILLO, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 02 página 9, con el número de registro 3264-B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual Nº 15-2020, realizada el 07.09.2021, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura al señor MELVIN DEGNIS MARCELO CASTILLO; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Nº 10 (Virtual) de fecha 09 de setiembre de 2021, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura al siguiente egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería, anulándose el diploma otorgado anteriormente: Apellidos y Nombres Con mención enFecha de Otorgamiento del Diploma 1 MARCELO CASTILLO, Melvin DegnisArquitectura 05.10.1977 Regístrese, comuníquese y archívese. PEDRO CANALES GARCIA Rector (e) 1995016-1OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Adecuan el Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE a los Lineamientos de Organización del Estado, a los Lineamientos denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos” y los Lineamientos que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000902-2021-JN/ONPE Lima, 30 de setiembre de 2021VISTOS: El Memorando N° 001853-SG/ONPE de la Secretaría General; los Informes N° 000066-2021-GGC/ONPE y N° 000068-2021-GGC/ONPE de la Gerencia de Gestión de la Calidad; y el Informe N° 001468-2021-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (en adelante ROF de la ONPE); y sus modi fi catorias se realizaron mediante Resoluciones Jefaturales N° 216-2014-J/ONPE, N° 122-2015-J/ONPE, N° 012-2017-J/ONPE, N° 183-2019-JN/ONPE, N° 000155-2020-JN/ONPE, y N° 000376-2020-JN/ONPE; Las referidas modi fi catorias se realizaron con el objetivo de mejorar el funcionamiento de los órganos institucionales, además de adecuar dichas funciones a la legislación vigente en cada oportunidad; en este sentido, cabe precisar, que con el fi n de integrar las modi fi caciones al ROF de la ONPE, para un mejor conocimiento de dicho documento de gestión organizacional, se aprobó el Texto Integrado del ROF de la ONPE mediante Resolución Jefatural N° 000246-2019-JN/ONPE de fecha 25 de noviembre de 2019, sin embargo, el mismo fue superado y dejado sin efecto de pleno derecho, con las modi fi caciones posteriores aprobadas mediante las Resoluciones Jefaturales N° 000155-2020-JN/ONPE y N° 000376-2020-JN/ONPE; De conformidad con el literal b) del numeral 46.1 del artículo 46 de los Lineamientos de Organización del Estado aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, se ha elaborado el Informe Técnico por Modi fi cación Parcial del ROF de la ONPE, que se encuentra anexo al Informe N° 000066-2021-GGC/ONPE de fecha 17 de setiembre de 2021, de la Gerencia de Gestión de la Calidad, Informe Técnico que, en relación a la modi fi cación parcial que afecta la estructura orgánica por disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional, señala que debe contener la justifi cación de la estructura orgánica propuesta, así como la identi fi cación y justi fi cación técnica y legal de las funciones sustantivas asignadas a los órganos de la entidad, de acuerdo al artículo 47 de la norma acotada; Con relación a la estructura orgánica y funcional, se advierte que se han redistribuido determinadas funciones a otras gerencias ya existentes en el organigrama, funciones que no aportaban funcionalidad de manera óptima en su ubicación actual, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y al orden jerárquico que le corresponden; En este sentido, se encuentra el caso de la capacitación electoral que estará a cargo de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (GOECOR); así como la función de asistencia técnica es asignada a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP); de igual manera, las funciones de sensibilización y educación a la ciudadanía son asignadas a la Gerencia de Información y Educación Electoral (GIEE);