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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (01/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Viernes 1 de octubre de 2021 El Peruano / Asimismo, las funciones de modernización y calidad de procesos son asignadas a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (GPP) de la institución; y, en el caso de las funciones de seguridad y defensa nacional, estas se han concentrado en un órgano de Alta Dirección, como es la Secretaría General (SG). Estos cambios, a luz de un contexto externo que exige cambios, han permitido racionalizar el número de órganos de segundo y tercer nivel organizacional; En este orden de ideas, la ONPE para el cumplimiento de sus objetivos de mediano y largo plazo responde a dos criterios básicos: a) el sentido de urgencia y b) el fortalecimiento institucional; el sentido de urgencia responde a la necesidad de organizar y reorientar su estructura orgánica y funcional que permita su adaptación a un contexto cambiante, para ello, busca lo siguiente: i) La aplicación de mecanismos tecnológicos para facilitar la accesibilidad de los ciudadanos a nuestros servicios, particularmente, de aquellos grupos en condición particular, por lugar de residencia; ii) El diseño de campañas informativas y formativas intensas y permanentes para que los ciudadanos aprendan e internalicen las actividades electorales a su cargo -en el ejercicio del derecho al sufragio, como deber y derecho- y los valores democráticos, en sentido general; iii) La ampliación de nuestro público objetivo con servicios pensados en sus necesidades con enfoques inclusivos verdaderamente puestos en práctica; iv) La implementación de facilidades para el ejercicio del sufragio para ciudadanos en condiciones particulares: peruanos residentes en el extranjero, ciudadanos con discapacidad, personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú; v) La generación de información oportuna y clara para los partidos políticos en contienda, y la puesta a disposición de espacios de formativos permanentes; vi) El fortalecimiento de las alianzas a través de resultados concretos con los organismos del Sistema Electoral, y los organismos públicos con roles especí fi cos en la organización de los procesos electorales: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, entre otros; y, vii) La consolidación de acciones de información, capacitación, difusión con organismos de la sociedad civil; Con relación al fortalecimiento de la institucionalidad de la ONPE, se busca lo siguiente: viii) Gestionar la institución con criterios de procesos y orientación a resultados re fl ejados en la satisfacción de nuestros usuarios; ix) Inculcar la generación de valor público a todos nuestros actos; x) Potenciar los mecanismos orientados a la transparencia de los actos de la institución; xi) Diversi fi car los mecanismos orientados a incrementar la participación electoral de los ciudadanos en condiciones particulares; xii) Ser un aliado de las organizaciones políticas en la construcción de su institucionalidad y ayudarlos a hacer más transparente, sencillo y público el manejo de sus fi nanzas; xiii) Utilizar la tecnología y sus diversos mecanismos automatizados para mejorar los procesos de capacitación electoral, la formación de capacidades para reclutar personal con base en gestión electoral, la gestión pública y rendición de las fi nanzas partidarias; xiv) La implementación de programas regulares y sostenibles de formación ciudadanía y concientización en valores democráticos; xv) Valorar la especialidad y experiencia técnica del personal de la ONPE en la organización de elecciones y en su relacionamiento con las organizaciones políticas, a fi n de sistematizar y mejorar prácticas exitosas, desplazándolos a órganos en donde puedan desarrollar todo su potencial, con las herramientas de apoyo necesarias; y, xvi) El fortalecimiento de alianzas con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, organizaciones de la sociedad civil y colectivos de la sociedad para potenciar resultados concretos materializados en los bienes y servicios que entrega la ONPE durante un proceso electoral y en el fortalecimiento de las organizaciones políticas; De igual manera, la ONPE necesita fortalecer sus órganos desconcentrados, con capacidad administrativa y funcional adecuada, en este sentido, el otorgar mayores atribuciones al órgano a cargo, la GOECOR, genera un fortalecimiento de los órganos que participan en los procesos que se relacionan directamente, como son las Ofi cinas Regionales de Coordinación (ORC) y O fi cinas Desconcentradas de Procesos Electorales (ODPE); Por otro lado, la modi fi cación de la estructura orgánica y funcional es consustancial a una racionalización y mejor redistribución del personal de acuerdo con sus capacidades y cómo estas se complementan con las capacidades de los trabajadores de los órganos a los cuales se unen; por lo que este cambio permitirá optimizar los procesos en los cuales interviene dicho personal, materializando resultados orientados al ciudadano; así como, busca optimizar la especialización de las funciones sustantivas desde una perspectiva multidisciplinaria, integradora y orientada a resultados; Mediante Memorando de vistos, la Secretaría General señala que, por O fi cio N° 000072-2021-CG/VCSCG del Vice Contralor de Servicios de Control Gubernamental de la Contraloría General de la República (CGR), se remitió las funciones del Órgano de Control Institucional (OCI de la ONPE), concordantes con la Directiva N° 20-2020-CG/NORM, por lo que se procedió a incorporar en el ROF de la ONPE las funciones revisadas según lo indicado por la autoridad mencionada; Igualmente, mediante Informe N° 001468-2021- GAJ/ONPE, se señaló la necesidad de adecuar la normativa vigente del ROF de la ONPE a los Lineamientos de Organización del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y sus modificatorias; así como a los Lineamientos N° 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos” aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2020-PCM/SGP y los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP, aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP, por lo que corresponde aprobar un texto íntegro del ROF de la ONPE considerando la modificación parcial propuesta; Asimismo, la Gerencia de Gestión de la Calidad remitió el Informe N° 000068-2021-GCG/ONPE de fecha 29 de setiembre de 2021, remite el texto del ROF de la ONPE adecuado a las normas vigentes, asimismo señala la incorporación de las funciones del Órgano de Control Institucional; De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 5 y 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, así como en los literales s) y t) del artículo 11° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias; Con el visado de la Gerencia General, Secretaría General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Gestión de la Calidad; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Adecuar el Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias, a los Lineamientos de Organización del Estado aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; así como a los Lineamientos N° 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos” aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2020-PCM/SGP y los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP, aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo . - Dejar sin efecto las resoluciones jefaturales que contravienen la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero. - Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el monitoreo de la revisión de los documentos de gestión interna a fi n de adecuarlos, en lo que corresponda, a las disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones que por esta resolución se aprueba, otorgando para ello un plazo máximo de hasta tres (3) meses contados a partir del día siguiente de su aprobación.