Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (15/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Viernes 15 de octubre de 2021 El Peruano / Proyecto de Instructivo Técnico a que se re fi ere el artículo precedente, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo Tercero.- Defi nir un plazo de quince (15) días calendario, a ser contado a partir del día siguiente de la fecha en que la presente Resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano, para que los interesados remitan sus comentarios al correo electrónico sid@osiptel.gob.pe, mediante un archivo adjunto en formato Word. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Fiscalización e Instrucción del OSIPTEL, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Gerencia General de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese.SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA Gerente General 2001133-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA Aprueban Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 050-2021-SANIPES/PE Lima, 13 de octubre de 2021VISTOS: El Memorando Nº 137-2021-SANIPES/OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 053-2021-SANIPES/OPP-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, y el Informe N° 232-2021-SANIPES/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, por Ley Nº 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar y fi scalizar los servicios de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos e ingredientes de piensos de origen hidrobiológico y con destino a especies de origen hidrobiológicas, en el ámbito de su competencia, con personería jurídica de derecho público interno; con autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, la misma que ha sido modi fi cada a través de los Decretos Legislativos N° 1222, N° 1290 y N° 1402; Que, con Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 30063, el cual ha sido modi fi cado por Decreto Supremo N° 003-2017-PRODUCE;Que, mediante Decreto Supremo N° 022-2021-PRODUCE, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), que consta de tres (3) títulos y treinta y ocho (38) artículos; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final establece que la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) se aprueba mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación del citado Decreto Supremo; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 45.1 del artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 131- 2018-PCM y Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por Decreto Supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la sección primera del artículo 44; asimismo, se precisa que la organización interna de sus órganos y el despliegue de sus funciones, que comprende del tercer nivel organizacional en adelante, se estructura conforme a la segunda sección del artículo 44 y se aprueba por resolución del titular de la Entidad; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM/SGP se aprueba la Directiva Nº 002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, que tiene como objetivo regular el trámite de aprobación de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado así como el procedimiento de emisión de la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública en el marco de la aprobación de un proyecto normativo en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), la misma que se encuentra en el marco de lo establecido en los Lineamientos de Organización del Estado y cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modi fi catorias; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y sus modi fi catorias; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 022-2021-PRODUCE, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES; Con la visación de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones Apruébase la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), que consta de un (1) título, treinta y un (31) artículos y dos (2) anexos que contienen la Estructura Orgánica y el Organigrama del SANIPES, documento que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La implementación del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) se financia con cargo al presupuesto institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), en el marco de las leyes anuales de presupuesto del sector público para el año fiscal, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.