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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (04/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Lunes 4 de abril de 2022 El Peruano / 3.4. Número Total de clientes bene fi ciarios del Descuento de Promoción A continuación, se presenta el cuadro del total de clientes a bene fi ciarse con el Descuento de Promoción en el periodo tarifario, pertenecientes a los estratos a nivel de manzana cali fi cados como Medio, Medio Bajo y Bajo por el INEI, según el nivel de ingreso per cápita del hogar. Cuadro N° 2.5 Cantidad Total de usuarios bene fi ciarios del Descuento de Promoción 2022-2026 Tipo de Red Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Total Redes Existentes 2 931 3 124 3 202 3 265 12 522 Redes Nuevas FISE 7 16 9--- 7 169 Redes Nuevas 1 298 2 774 2 127 4 165 10 364 Bene fi ciarios Total x Mecanismo de Promoción11 398 5 898 5 329 7 430 30 055 Del cuadro anterior se observa que, del total de clientes bene fi ciarios del Descuento de Promoción en el período tarifario, el 58% se realizarán sobre redes nuevas del sistema de distribución de gas natural. 4. Aplicación y metodología de cálculo del Descuento de Promoción El Descuento de Promoción debe ser determinado considerando lo que resulte de aplicar el costo de la Acometida y del Derecho de Conexión. El siguiente cuadro muestra el Descuento de Promoción referencial que se aplicará a los clientes bene fi ciarios del Mecanismo de Promoción. Cuadro N° 2.6 Descuento de Promoción para la conexión de hasta 1 artefacto a gas natural Estratos de nivel de ingreso per cápita del hogar según el INEICosto de Promoción USD / Cliente Medio, Medio Bajo y Bajo 144,49 1 El sustento técnico y económico del Plan Quinquenal de Inversiones se encuentra detallado en el Informe N° 160-2022-GRT. 2 El sustento técnico y económico del Plan de Conexiones Residenciales a bene fi ciarse con los Gastos de Promoción se encuentran detallados en el Informe N° 168-2022-GRT. 3 Dicho factor ha sido de fi nido en el literal e) del numeral 40.2 del Artículo 4 de la Norma “Procedimiento para la Elaboración de Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribución de Gas Natural” aprobado mediante Resolución N° 659-2008-OS/CD y modi fi catorias. 2054854-1 Resuelven recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Electro Puno S.A.A. c ontra la Resolución Osinergmin N° 018-2022-OS/CD, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 048-2022-OS/CD Lima, 1 de abril de 2022CONSIDERANDO:1. ANTECEDENTES: Que, mediante Resolución Osinergmin N° 018-2022- OS/CD, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 19 de febrero de 2022 (en adelante “Resolución 018”), se cali fi có los Sistemas de Distribución Eléctrica de las empresas concesionarias de distribución para el periodo 01 de noviembre de 2022 al 31 de octubre de 2026 y el periodo 01 de noviembre de 2023 al 31 de octubre de 2027, según el caso, y se designó para cada Sector de Distribución Típico de los concesionarios que prestan el servicio público de electricidad hasta cincuenta mil suministros, a las empresas concesionarias de distribución que se encargarán de realizar el estudio de costos correspondiente, así como los sistemas eléctricos representativos; Que, con fecha 25 de febrero de 2022, la empresa Electro Puno S.A.A. (en adelante Electro Puno), mediante O fi cio N° 070-2022-ELPU/GG, complementado mediante O fi cio N° 085-2022-ELPU/ GG, interpone recurso de reconsideración contra la Resolución 018; 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN:Que, de acuerdo con el recurso interpuesto, el petitorio es el siguiente: 2.1 Modi fi car la Resolución 018 a fi n de que sus sistemas eléctricos SE0007 (Azángaro), SE0238 (Juliaca Rural) y SE0239 (Puno Baja Densidad) sean cali fi cados como pertenecientes al Sector de Distribución Típico 4. 2.2 Otorgar al sistema eléctrico Amantaní otra califi cación o tratamiento. 2.3 Considerar al sistema eléctrico San Gabán (SE0220) como Sistema Eléctrico Rural. 3. SUSTENTO DEL PETITORIO Y ANÁLISIS DE OSINERGMIN: 3.1 Sobre la cali fi cación de los sistemas eléctricos SE0007 (Azángaro), SE0238 (Juliaca Rural) y SE0239 (Puno Baja Densidad): Argumentos de Electro PunoQue, Electro Puno mani fi esta que sus sistemas eléctricos SE0027 (Azángaro), SE0238 (Juliaca Rural) y SE0239 (Puno Baja Densidad), de acuerdo con sus características técnicas cuentan con una calidad del servicio inestable y eminentemente rural, por lo que deberían ser cali fi cados como parte del sector de distribución típico 4; Que, Electro Puno mani fi esta que en los Informes Técnicos N° 581-2021-GRT y N° 724-2021-GRT, se ratifi ca que la cali fi cación de sus 10 sistemas eléctricos corresponde a los sectores de distribución típicos 2 y 4. Alude asimismo al Anexo del Informe Técnico 416-2021-GRT que sirvió de sustento a la Resolución 151-2021-OS/CD sobre “Proyecto de Metodología para Fijar las Características y el Número de Sectores de Distribución Típicos” e invocan detalles técnicos contenidos en dicho Anexo indicando que contienen también la mencionada califi cación; Que, señala la recurrente que no obstante lo indicado, en el Anexo 2 del Informe N° 724-2021-GRT, el cual sustenta la Resolución 241-2021-OS/CD que dispuso la prepublicación de la cali fi cación de sistemas eléctricos, se establece que tres (03) de los sectores de distribución califi cados en el Anexo N° 01 como sectores 4 pasan a ser sectores 3, siendo éstos los siguientes: SE0027 (Azángaro), SE0238 (Juliaca Rural) y SE0239 (Puno Baja Densidad); Que, concluye Electro Puno que por las reiteradas Resoluciones e Informe Técnico emitidas por Osinergmin en el sentido de cali fi car los 10 Sistemas Eléctricos de la empresa como Sectores de Distribución Típicos 2 y 4, considera que se debe mantener el mismo criterio, y que no encuentra motivación fehaciente que sustente las razones por las que se establece que tres (03) de los sectores de distribución cali fi cados en el Anexo Nº 01 como sectores 4 pasan a ser sectores 3 en su Anexo Nº 02.