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49 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de abril de 2022 El Peruano / ii) MODIFICAR las sanciones de multa impuestas por la comisión de la infracción grave tipi fi cada en el ítem 18 del Anexo 15 del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 123-2014-CD/OSIPTEL, respecto de VEINTICUATRO (24) eventos críticos, cuyo monto total asciende a 1 336 UIT , de acuerdo al siguiente detalle: N° TicketServicio analizadoDuración analizada (en días)Cantidad de AfectadosMulta calculada (UIT)% atenuanteMulta Final (UIT) 1 296364.2conmutación de datos0.32 4 564 51 20% 40,80 2 295645conmutación de datos0.28 2 661 51 20% 40,80 3 295707conmutación de datos0.65 2 858 51 20% 40,80 4 295489.2conmutación de datos0.42 2 858 51 20% 40,80 5 294970conmutación de datos2.33 189 51 20% 40,80 6 296621.2conmutación de datos0.50 5 509 51 20% 40,80 7 295886.2conmutación de datos0.16 5 390 51 20% 40,80 8 295342.2conmutación de datos0.37 4 217 51 20% 40,80 9 295140conmutación de datos0.26 5 262 51 20% 40,80 10 294506.2conmutación de datos0.30 33 210 69 20% 55,20 11 295913.2conmutación de datos0.25 33 048 57 20% 45,60 12 295064Telefonía fi ja local2.75 4 289 51 20% 40,80 13 295166.2conmutación de datos5.54 1 791 70 20% 56 14 295166.3 Telefonía móvil 5.54 22 062 150 20% 120 15 295978conmutación de datos0.28 3 023 51 20% 40,80 16 EVENTO 4 Telefonía móvil 6.35 7103 150 20% 120 17 EVENTO 16 Telefonía móvil 11.15 6570 150 20% 120 18 295777Telefonía fi ja local0.58 19 999 58 20% 46,40 19 295776conmutación de datos0.93 2 578 51 20% 40,80 20 EVENTO 7,1 Telefonía móvil 3.42 8667 150 20% 12021 EVENTO 48conmutación de datos0.64 510 51 20% 40,80 22 294581Telefonía fi ja local3.48 397 51 20% 40,80 23 294691conmutación de datos 0.88 597 51 20% 40,80 24 295843Telefonía fi ja local0.44 15 137 51 20% 40,80 (…)” Artículo 2.- Dejar subsistente en sus demás extremos la Resolución objeto de la presente recti fi cación. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia General disponer de las acciones necesarias para: - La noti fi cación de la presente Resolución y el Informe Nº 075-OAJ/2022 a la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ SAA; - La publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; - La publicación de la presente Resolución en el portal web institucional del OSIPTEL: www.osiptel.gob.pe; y, - Poner en conocimiento de la presente Resolución a la O fi cina de Administración y Finanzas del OSIPTEL, para los fi nes respectivos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente Ejecutivo 1 Aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y sus modi fi catorias. 2057329-1Declaran fundada en parte recurso de apelación interpuesto por Telefónica del Perú S .A.A. c ontra la Resolución Nº 331- 2021-GG/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 071-2022-CD/OSIPTEL Lima, 7 de abril de 2022 EXPEDIENTE Nº : 053-2020-GG-GSF/PAS MATERIA :Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución N° 331-2021-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO :TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. VISTOS: (i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A. (en adelante, TELEFÓNICA) contra la Resolución Nº 331-2021-GG/OSIPTEL que declara infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto contra Resolución N° 324-2020-GG/PAS, que la sancionó por la comisión de las infracciones tipi fi cadas en los ítem 10 y 11 del Anexo 15 del Régimen de Infracciones y Sanciones del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, Reglamento de Calidad) 1. (ii) Los Informes Nº 64-OAJ/2022 y 107-OAJ/2022 del 28 de febrero y 29 de marzo de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, que adjunta el proyecto de Resolución del Consejo Directivo que resuelve el Recurso de Apelación, y (iii) El Expediente Nº 053-2020-GG-GSF/PAS. CONSIDERANDO:I. ANTECEDENTES1.1 Mediante carta N° 940-GSF/2020, noti fi cada el 10 de julio de 2020, la Dirección de Fiscalización e Instrucción -antes Gerencia de Supervisión y Fiscalización- (en adelante, DFI 2) comunicó a TELEFÓNICA el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador (en adelante PAS), al haberse veri fi cado el presunto incumplimiento de: Norma Conducta InfractoraNorma que tipifi caTipo de infracción Reglamento de CalidadNumeral 5 del Anexo 9Haber incumplido el Compromiso de Mejora del indicador CCS3, correspondiente al semestre 2018- 1S4, en los CCPP Chaglla y Masisea.ítem 10 del Anexo 15 Régimen de Infracciones y SancionesGrave (cada una)Haber incumplido con remitir 1 compromiso de mejora para el indicador CCS correspondiente al semestre 2018-1S para el CCPP Ancón Numeral 5 del Anexo 10Haber incumplido el Compromiso de Mejora del indicador CV5, correspondiente al semestre 2018-1S6, en los CCPP Santiago y Pucallpa.ítem 11 del Anexo 15- Régimen de Infracciones y SancionesGrave (cada una)Haber incumplido el Compromiso de Mejora del indicador CV, correspondiente al semestre 2018- 1S7, en los CCPP Mocupe, San Antonio, Piura y Alfonso Ugarte. 1.2 Con carta TDP-2853-AG-ADR-20, recibida el 30 de setiembre de 2020, TELEFÓNICA presentó sus descargos al Informe de Supervisión. 1.3 Mediante Informe N° 00132-GSF/2019 (Informe Final de Instrucción), elevado a la Gerencia General el 23 de setiembre de 2020, la DFI emitió opinión con relación al PAS iniciado a TELEFÓNICA; el mismo que fue puesto en conocimiento de la empresa operadora mediante carta C. 0986-GG/2020.