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20 NORMAS LEGALES Lunes 19 de diciembre de 2022 El Peruano / no estar previsto dentro de la aprobación de la SET Medio Mundo, la atención para la zona del Valle de Caral, se considera la implementación de una celda de alimentador que le permita atender la demanda de dicha zona; Que, por lo cual, se evidencia la necesidad de contar con un alimentador adicional para la zona norte (conexión con SET Supe y cubrir la demanda del valle Caral), más aún si hay expectativa de crecimiento; Que, en ese sentido, corresponde implementar una celda de alimentador en 20 kV para SET Medio Mundo; debiendo declararse fundado este extremo del petitorio; Que, en cuanto a la SET Ventanilla, ENEL actualmente cuenta con 8 celdas de alimentador, siendo la demanda al año 2025 alrededor de 16 MVA, por lo que, de acuerdo a la evaluación realizada según la Norma Tarifas para la SET Ventanilla son 7 celdas de alimentador en 10 kV necesarias para la atención de la demanda. En ese sentido, se tiene actualmente una cantidad apropiada de celdas de alimentador implementadas; Que, respecto a las nuevas demandas que incorpora ENEL para sustentar su solicitud de la celda en 10 kV, se veri fi ca que los incrementos de carga incorporadas de “Sedapal” no cumplen con los requisitos, según el análisis detallado en la hoja “Factibilidades ENEL” del formato F-100; Que, por otro lado, de la revisión de la información presentada por ENEL, se observa que el alimentador existente V-08 no presenta sobrecargas en todo el periodo 2021-2025. De igual forma, del sustento presentado por la recurrente, respecto a los alimentadores colindantes no se observa una evaluación detallada de los mismos; Que, en ese sentido, no se requiere la implementación de una nueva celda alimentador en 10 kV en la SET Ventanilla; por lo que este extremo del petitorio deviene en infundado; Que, en cuanto a la SET Zárate, ENEL actualmente cuenta con 18 celdas de alimentador en 10 kV (y 1 celda alimentador más aprobada en el plan regular), siendo la demanda al año 2025 alrededor de 67 MVA, por lo que, de acuerdo a la evaluación realizada según la Norma Tarifas, son 16 celdas de alimentador en 10 kV necesarias para la atención de la demanda. En ese sentido, se tiene actualmente una cantidad apropiada de celdas de alimentador implementadas; Que, por otro lado, de la revisión de la información presentada por ENEL, se observa que el alimentador existente Z-05 presenta sobrecargas en el periodo 2021-2025. Adicionalmente, se debe considerar que, con la nueva celda de alimentador que solicita, se atenderá el crecimiento vegetativo y la nueva demanda regulada, en ese sentido es factible considerar la necesidad de una nueva celda de alimentador para la atención de esta demanda; Que, en ese sentido, considerando el tipo de carga que se quiere atender, además de estar de acorde con la capacidad según formato F-204, corresponde implementar una celda de alimentador en 10 kV para SET Zárate; por lo que este extremo del petitorio deviene en fundado; Que, en cuanto a la SET Zapallal, ENEL actualmente cuenta con 8 celdas de alimentador en 10 kV, siendo la demanda al año 2025 alrededor de 30 MVA, por lo que, de acuerdo a la evaluación realizada, según la Norma Tarifas, son 7 celdas de alimentador en 10 kV necesarias para la atención de la demanda. En ese sentido, se concluye que, para SET Zapallal se tiene actualmente una cantidad apropiada de celdas de alimentador implementadas respecto a las requeridas; Que, por otro lado, de la revisión de la información presentada por ENEL, se observa que el alimentador existente W-04 presenta sobrecargas en todo el periodo 2021-2025; Que, se debe considerar que, con la nueva celda de alimentador que solicita, se atenderá el crecimiento vegetativo y la nueva demanda regulada, en ese sentido se evidencia la necesidad de una nueva celda de alimentador para la atención de esta demanda; Que, en ese sentido, corresponde implementar una celda de alimentador en 10 kV para SET Zapallal; por lo que este extremo del petitorio deviene en fundado; Que, en cuanto a la SET Jicamarca, ENEL actualmente cuenta con 9 celdas de alimentador en 10 kV, siendo la demanda al año 2025 alrededor de 30 MVA, por lo que, de acuerdo a la evaluación realizada según la Norma Tarifas son 8 celdas de alimentador en 10 kV necesarias para la atención de la demanda. En ese sentido, se concluye que, para la SET Jicamarca se tiene actualmente una cantidad apropiada de celdas de alimentador implementadas; Que, por otro lado, de la revisión de la información presentada por ENEL, se observa que el alimentador existente J-03 presenta sobrecargas en todo el periodo 2021-2025; Que, se debe considerar que, con la nueva celda de alimentador que solicita, se atenderá el crecimiento vegetativo y la nueva demanda regulada, en ese sentido se evidencia la necesidad de una nueva celda de alimentador para la atención de esta demanda; Que, en consecuencia, corresponde implementar una celda de alimentador en 10 kV para SET Jicamarca; por lo que este extremo del petitorio debe declararse fundado; Que, sobre la SET Mariátegui, ENEL actualmente cuenta con 9 celdas de alimentador (incluida dos celdas de alimentador aprobados en el Plan vigente) en 10 kV, siendo la demanda al año 2025 alrededor de 36 MVA, por lo que, de acuerdo a la evaluación realizada según la Norma Tarifas son 9 celdas de alimentador en 10 kV necesarias para la atención de la demanda. En ese sentido, se concluye que, para la SET Mariátegui se tiene actualmente una cantidad apropiada de celdas de alimentador implementadas respecto a las requeridas; Que, por otro lado, de la revisión de la información presentada por ENEL, se observa que el alimentador existente CG-11 presenta sobrecargas en el periodo 2021-2025; Que, con la nueva celda de alimentador que solicita, se atenderá nuevos clientes regulados en la zona, en ese sentido se evidencia la necesidad de una nueva celda de alimentador para la atención de esta demanda; Que, en consecuencia, corresponde implementar una celda de alimentador en 10 kV para SET Mariátegui; por lo que este extremo del petitorio resulta fundado; Que, en cuanto a la SET Comas, ENEL actualmente cuenta con 10 celdas de alimentador en 10 kV para la SET Comas, siendo la demanda al año 2025 alrededor de 34 MVA, por lo que, de acuerdo a la evaluación realizada según la Norma Tarifas son 8 celdas de alimentador en 10 kV necesarias para la atención de la demanda. En ese sentido, se puede concluir que, para la SET Comas se tiene actualmente una cantidad apropiada de celdas de alimentador implementadas; Que, respecto a las nuevas demandas para sustentar su solicitud de la celda en 10 kV en el alimentador afectado I-08, se veri fi ca que los incrementos de carga incorporadas de “Rabbit Glass” y “SERPAR” no cumplen con los requisitos, según el análisis detallado en la hoja “Factibilidades ENEL” del formato F-100. En ese sentido, el alimentador I-08 no presentaría sobrecarga al año 2025; Que, respecto al otro alimentador afectado CS- 06 indicado por ENEL, se veri fi ca que no presenta sobrecargas en el periodo 2021-2025. De igual forma, respecto a los alimentadores colindantes no se observa una evaluación detallada. Asimismo, no se visualiza el estado de los alimentadores CV-02 y CS-02 que ENEL indica son adyacentes al alimentador CS-06; Que, en ese sentido, no se requiere la implementación de nuevas celdas alimentador en 10 kV para la SET Comas; por lo que este extremo del petitorio debe ser declarado infundado; Que, sobre la SET Huandoy, ENEL actualmente cuenta con 7 celdas de alimentador, siendo la demanda al año 2025 alrededor de 23 MVA, por lo que, de acuerdo a la evaluación realizada según la Norma Tarifas son 6 celdas de alimentador en 10 kV necesarias para la atención de la demanda. En ese sentido, se concluye que se tiene actualmente una cantidad apropiada de celdas de alimentador implementadas; Que, por otro lado, de la revisión de la información presentada por ENEL, se observa que el alimentador existente I-18 no presenta sobrecargas en el periodo 2021-2025; Que, respecto a la nueva demanda para sustentar su solicitud de una celda en 10 kV, se veri fi ca que el incremento de carga incorporada de “Contómetros Especiales” cumple con los requisitos, según el análisis detallado en la hoja “Factibilidades ENEL” del formato F-100; Que, respecto al alimentador afectado NJ-16, se verifi ca que presenta sobrecargas en a partir del año 2025. De igual forma, del sustento presentado por la