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100 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / Que mediante el O fi cio Nº 601-2022-CG/SGE, el Secretario General de la Contraloría General de la República, en el marco de los alcances del Plan de Acción de Control – 2023, para la Ley 31358, ha priorizado entre otras la Inversión con CUI Nº 2328619, de nombre “MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DEPORTIVO RECREACIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN DE TACNA”, cuyo costo de inversión supera los diez (10) millones de soles. Asimismo, solicita proceder a efectuar la transacción fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República hasta por el monto de S/ 370 064,05; Que, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto eleva el Informe Nº 3144-2022-UPP-OPEP/UNJBG, a través del cual comunica que se cuenta con créditos presupuestarios disponibles para atender lo solicitado, por lo que emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal por el importe de S/ 370 064,05, para la inclusión del componente Control Concurrente dentro de la estructura de costos del proyecto de inversión antes citado, la misma que se va efectuar con cargo a la fuente de fi nanciamiento 5 – Recursos Determinados, rubro 18 – Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones; en tal sentido se emite la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 5374, para proceder con la transacción fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 31358, ley que establece medidas para el Control Concurrente, para lo cual primero se debe aprobar dicha transferencia mediante acto resolutivo y debe ser publicado en el diario El Peruano; Que, mediante el O fi cio Nº 1005-2022-DIGA/UNJBG, el Director General de Administración informa que contando con opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto según el Informe Nº 3144-2022-UPP-OPEP/UNJBG, requiere la aprobación de la Transferencia Financiera mediante acto resolutivo; Que, en virtud a lo expuesto, el señor Rector con Proveído Nº 8897-2022-REDO, dispone la emisión de la resolución correspondiente, para los fi nes a que diere lugar; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 10680-2022-UNJBG, se encarga en forma interina, el Rectorado de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, a la Vicerrectora Académica, Dra. Adriana Maximina Luque Ticona, los días 18; 21 y 22 de noviembre de 2022, con todas las atribuciones que le otorga la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y en cumplimiento del Art. 152º del Estatuto de la UNJBG, y; De conformidad con el Art. 62º numeral 62.2 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Art. 153º inc. d) del Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, Resolución Rectoral Nº 10680-2022-UNJBG y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, la Transferencia Financiera por el monto de S/ 370 064,05 con cargo al Presupuesto Institucional 2022, del Pliego 531: Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República por el costo de Control Concurrente del Proyecto de Inversión con CUI Nº 2328619 denominado “MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DEPORTIVO RECREACIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN DE TACNA”; debiendo ejecutarse conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 5374 que forma parte de la presente Resolución; Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.ADRIANA MAXIMINA LUQUE TICONA Rectora (i) 2136410-1JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica RESOLUCIÓN Nº 01038-2022-JNE Expediente Nº JNE.2021092495 PARACAS - PISCO - ICAVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, cuatro de julio de dos mil veintidósVISTO: el O fi cio Nº 037-2022-MDP-ALC, remitido, el 18 de marzo de 2022, por doña Rosario Isabel Ramírez Gamboa, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica (en adelante, señora alcaldesa), referido a la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de don Michael Rubyk López Mendoza, regidor de dicha comuna (en adelante, señor regidor), por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante la Resolución Nº 0924-2021-JNE, del 29 de noviembre de 2021, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró la nulidad de todo lo actuado por la Municipalidad Distrital de Paracas hasta el acto de notifi cación dirigida al señor regidor para la convocatoria a la sesión extraordinaria de concejo en la que se evaluaría la vacancia seguida en su contra, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. Además, en ella se le requirió a la señora alcaldesa que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo, en la cual se dilucide y resuelva la vacancia solicitada en contra de la citada autoridad municipal, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la LPAG), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. 1.2. En atención a ello, a través del O fi cio Nº 037-2022-MDP-ALC, la señora alcaldesa remitió, entre otros, los siguientes documentos: a) Notifi cación de la convocatoria para la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal del 4 de febrero de 2022, por vía notarial, con la Carta Circular Nº 004-2022-MDP- GSG, del 27 de enero de 2022, dirigida al señor regidor, en la que se especi fi ca que la recibió su hermano y se negó a fi rmar. b) Certi fi cado expedido por la notaría Matta Núñez, dando fe de que el 27 de enero de 2022, a las 12:17 horas, se diligenció la carta notarial, la cual fue recibida sin suscribir por familiar del destinatario. c) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal del 4 de febrero de 2022, mediante la cual, con 5 votos a favor y 0 (cero) en contra, se aprueba la solicitud de vacancia del señor regidor. d) Acuerdo de Concejo Nº 008-2022-CM-MDP, del 7 de febrero de 2022, que formaliza la sesión extraordinaria del 4 del mismo mes y año, así como el acuerdo con la cual se aprobó la vacancia del señor regidor. e) Notifi cación del Acuerdo de Concejo Nº 008-2022-CM-MDP, por vía notarial, con la Carta Nº 005-2022-MDP-SG, del 10 de febrero de 2022, dirigida al señor regidor.