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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 256

TEXTO PAGINA: 212

212 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / m) Requerir el funcionario y/o servidores del Gobierno Regional de Lima la atención de los pedidos formulados por el Consejo Regional de Lima, con arreglo a los procedimientos especiales que establezca el Reglamento Interno del Consejo Regional. n) Promover la participación ciudadana y rendir cuentas de su labor ante los electores de la jurisdicción provincial y regional que representan. Para tal efecto, llevan a cabo, al menos, una audiencia pública anual de rendición de cuentas en la provincia que representan. o) A contar con una Póliza de Seguro de vida y Accidentes ocurridos durante el periodo de su ejercicio. Serán atendidos de manera inmediata por la instancia del Gobierno Regional que corresponda cubriendo los gastos que su atención ocasione. p) Licencia Laboral en su centro de trabajo, con goce de haberes, hasta por 80 horas mensuales, para cumplir con las obligaciones de su cargo y función; a ser expedida por el empleador, sea público y/o privado, no pudiendo además ser trasladados ni reasignados, sin su expreso consentimiento mientras ejerza función regional, ni sufrir una alteración en su nivel remunerativo. q) Los demás que le sean asignados por ley o por el Consejo Regional. Artículo 29º.- Funciones y Atribuciones El pleno del Consejo Regional lo preside y conduce el presidente del Consejo Regional. Son Atribuciones del Pleno del Consejo Regional de Lima: a) Elegir al presidente y Vice Presidente del Consejo Regional por el periodo de un año; y no podrán ser reelectos, como tales, durante todo el periodo de gestión en el cual fueron elegidos. b) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional de Lima. c) Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional. d) Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y a la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal. e) Aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios, del Gobierno Regional, siendo responsabilidad de los Órganos del Ejecutivo Regional remitirlos antes del 15 de marzo de cada ejercicio presupuestal al Consejo Regional de Lima. f) Aprobar, interpretar, modi fi car o derogar el Reglamento Interno del Consejo Regional. g) Fijar la remuneración mensual del Gobernador Regional, Vice Gobernador Regional, en la primera sesión ordinaria del ejercicio fi scal y las dietas de los Consejeros Regionales. h) Declarar la vacancia del Gobernador Regional, Vice Gobernador Regional y Consejeros Regionales de acuerdo a Ley. i) Elegir entre sus miembros, al Gobernador y/o Vice Gobernador Regional en caso de vacancia, licencia o suspensión de ambos o impedimento del Vice Gobernador. j) Declarar la suspensión del Gobernador Regional, Vice Gobernador Regional y Consejeros Regionales de acuerdo a Ley. k) Autorizar, conforme a Ley, las operaciones de crédito interno y externo incluidas en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y solicitadas por el Gobernador Regional. Las autorizaciones de las operaciones de crédito externo se sujetan a la Ley de Endeudamiento Público. l) Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional de Lima. m) Aprobar toda clase de donación u otras de naturaleza similar que se realicen en bene fi cio del Gobierno Regional de Lima.n) Aprobar la creación, venta, concesión o contratos, disolución de sus empresas y otras formas empresariales, bienes y/o activos Regionales, conforme a la Constitución y la Ley. o) Fiscalizar el debido cumplimiento del Código de Ética de la Función Pública y de su Reglamento por parte de los funcionarios, servidores y/o trabajadores del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público, institucional y rendición de cuentas, convocando, de considerarse pertinente y para tales efectos, a los mencionados mediante o fi cio o citación. Asimismo, en el ejercicio de dicha función, el Consejo Regional comunicará al ejecutivo Regional el resultado de sus investigaciones para que se proceda con los procedimientos administrativos que pudieran determinar responsabilidades administrativas y/o legales. p) Proponer ante el Congreso de la República las iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia. q) Proponer la creación, modi fi cación o supresión de tributos regionales o exoneraciones, conforme a la Constitución y la Ley. r) Aprobar el Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales. s) Aprobar el Plan de Competitividad Regional, los acuerdos de cooperación con otros Gobiernos Regionales e integrar las estrategias de acciones macro regionales. t) De fi nir la política permanente de fomento de la participación ciudadana. u) Aprobar el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas y el Programa de Desarrollo Institucional. v) Proponer y desarrollar acciones de integración de conformidad con los Convenios y Tratados Internacionales, en acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores. w) Aprobar las autorizaciones de licencia particular por enfermedad o viaje que soliciten los Consejeros Regionales. x) Autorizar los viajes al exterior del país que efectúen en comisión de servicio o representación del Gobierno Regional de Lima el Gobernador Regional, Vice Gobernador Regional, Consejeros Regionales y/o funcionarios y servidores; conforme a las disposiciones vigentes, quienes a su retorno deberán presentarse ante el Pleno del Consejo Regional para informar y sustentar las actividades realizadas. En los viajes nacionales, el presidente del Consejo Regional podrá autorizar el viaje de los consejeros con cargo a dar cuenta al Consejo Regional en la próxima sesión. y) Proponer a la terna de candidatos que serán evaluados, seleccionados y nombrados por las instancias correspondientes como representantes del Gobierno Regional de Lima en el Directorio de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento-EPS, de conformidad a lo dispuesto por Ley. z) Fiscalizar la gestión pública del Gobierno Regional de Lima. Para tal efecto, el gobierno regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesario. i. Designar comisiones investigadoras sobre cualquier asunto de interés público regional, con la fi nalidad de esclarecer hechos, formular recomendaciones orientadas a corregir normas o políticas. Para la conformación de comisiones investigadoras y el envío de informes a la autoridad competente se requiere el voto favorable de no menos del 25 % (veinticinco por ciento) del total de miembros hábiles del consejo. Los informes y conclusiones de las comisiones investigadoras son públicos y puestos en consideración del consejo regional. ii. Solicitar al gobernador regional o al gerente general regional información sobre temas especí fi cos, con arreglo a sus atribuciones y funciones, con el voto favorable de un tercio del número legal de consejeros. El gobernador regional o el gerente general regional están obligados, bajo responsabilidad administrativa, a responder el pedido de información en un plazo no mayor de diez días hábiles. iii. Fiscalizar la implementación de conclusiones y recomendaciones derivadas de las acciones de control del órgano de control institucional y de la Contraloría General de la República; así como también de los procedimientos