TEXTO PAGINA: 220
220 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / Defi nición y Delimitación de las Zonas del Cercado de Lima, quedando redactado de la siguiente manera: (...) Zona 4: Formada por los sectores catastrales 6, 7 y 16, con los límites viales siguientes: - Río Rímac, (margen izquierda) - Jr. Plácido Jiménez (Cementerio El Ángel)- Av. El Ángel cdra. 1- Jr. Ancash cdra. 17 bajando hasta la cdra. 16- Jr. José de Rivera y Dávalos cdra. 1 hasta la cdra.8- Jr. Conchucos cdras. 9 y 10- Jr. Junín cdra. 17 hasta la cdra. 23- Jr. Almirante Miguel Grau cdra. 2 bajando hasta la cdra. 1 - Jr. Garcilaso de la Vega cdra. 1 bajando hasta la cdra. 4 - Pj. Los Faros cdra. 1- Jr. Ollanta cdra. 2- Pj. San Jacinto cdra. 1- Av. Nicolás Ayllón cdra. 6- Av. Paseo de la República cdra. 3 hasta la cdra. 14- Av. 28 de Julio cdra. 31 bajando hasta la cdra. 25- Jr. Huánuco cdra. 13 hasta la cdra. 11- Av. Almirante Miguel Grau cdra. 12, bajando hasta la cdra. 4 - Av. Abancay cdra. 11 bajando hasta la cdra. 1 Artículo 2.- Las demás disposiciones de la Ordenanza N° 1630, publicada el 24 de setiembre de 2012, mantienen su plena vigencia. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Encárguese a la Secretaria General de Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su difusión, y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Segunda.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2138496-1 Ordenanza que crea el Municipio Escolar Metropolitano de Lima y el proceso de su implementación ORDENANZA Nº 2520-2022 Lima, 14 de diciembre de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y Educación y Cultura de fechas 1 y 02 de diciembre de 2022, respectivamente, el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; aprobó la siguiente:ORDENANZA ORDENANZA QUE CREA EL MUNICIPIO ESCOLAR METROPOLITANO DE LIMA Y EL PROCESO DE SU IMPLEMENTACIÓN Artículo 1.- Aprobar la Creación del Municipio Escolar Metropolitano de Lima y el proceso de su implementación. Artículo 2.- Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para una adecuada y mejor aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Educación y Deportes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; a la Gerencia de Comunicación Social y Relaciones Públicas, su difusión, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR LO TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2138496-2 Ordenanza Metropolitana para la prevención de la contaminación lumínica por elementos luminotécnicos exteriores ORDENANZA N° 2522-2022 Lima, 20 de diciembre de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9 y los Artículos 39, 40 y 157 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por las Comisiones de: Ambiente y Servicios a la Ciudad, y; de Asuntos Legales, mediante Dictámenes N° 005-2022-CMASC y N° 068-2022-CMAL de fechas 2 y 10 de noviembre, respectivamente, el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA METROPOLITANA PARA LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA POR ELEMENTOS LUMINOTÉCNICOS EXTERIORES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DEL OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS Artículo 1.- Objeto. 1.1 La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo para las acciones de prevención y gestión de la contaminación lumínica causante de impactos negativos a la población y al ambiente, generada por elementos luminotécnicos exteriores que puedan emitir luz en intensidades y horarios inadecuados; dentro del ámbito territorial