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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 238

238 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Primero.- Disposiciones Adicionales y/o Reglamentación Facúltese al alcalde metropolitano de Lima para que mediante Decreto de Alcaldía establezca disposiciones adicionales, de ser necesario; así como, reglamente lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segundo.- Publicación Encárguese a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Administración, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su difusión y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Tercero.- Vigencia Dispóngase la entrada en vigencia de la presente Ordenanza a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN FINAL TRANSITORIA Única.- Derogación Deróguense todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2139011-3 Ratifican la Ordenanza N° 346-2022-MDC, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del ejercicio 2023 en el distrito de Cieneguilla ACUERDO DE CONCEJO Nº 388-2022 Lima, 10 de noviembre de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO:El O fi cio Nº D000258-2022-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT de fecha 5 de octubre de 2022, que remite el expediente de ratifi cación digital de la Ordenanza Nº 346-2022-MDC, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del ejercicio 2023 en el distrito de Cieneguilla; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 74 y 195 de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816, establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley;Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972), las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 2386-2021, que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobó la Ordenanza Nº 346-2022-MDC, objeto de la rati fi cación, remitiendo la misma acompañada del expediente de ratifi cación digitalizado, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes, y el SAT en uso de sus competencias; Que, a través del Informe Nº D000112-2022-SAT- ART de fecha 4 de octubre de 2022, el Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) emite pronunciamiento favorable respecto a la rati fi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables y la Directiva Nº 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional; Que, la Ordenanza materia de rati fi cación aprobada mediante la Ordenanza Nº 346-2022-MDC, mantiene las disposiciones técnicas establecidas para el ejercicio 2022, aprobada mediante la Ordenanza Nº 336-2021/MDC, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 427, publicados el 28 de diciembre de 2021, considerando la aplicación de los mismos costos y tasas para el ejercicio 2023, cuyo marco legal tributario aplicable es la Ordenanza Nº 304-2019-MDC/A, rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 378 publicados el 31 de diciembre de 2019; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, mediante el Dictamen Nº 063-2022-MML/CMAEO de fecha 20 de octubre de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1.- Ratifi car la Ordenanza Nº 346-2022- MDC, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del ejercicio 2023 en el distrito de Cieneguilla, que mantiene la aplicación de los costos y tasas aprobadas rati fi cadas para el ejercicio 2022. Artículo 2.- El presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2022, así como del texto íntegro de la Ordenanza rati fi cada, incluido el Informe Técnico. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Artículo 3.- Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente Acuerdo a través de su página web (www.sat.gob.pe), así como del Informe del SAT. Artículo 4.- Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2126810-1