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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2022 (06/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 6 de enero de 2022 El Peruano / • Redistribuir toda la carga procesal correspondiente solo a los procesos comunes e inmediatos, excepto los procesos de corrupción de funcionarios, del 4° Juzgado Penal Unipersonal Permanente, Distrito y Provincia de Cusco, Distrito Judicial de Cusco, al Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito, provincia y distrito judicial. Establecer que los expedientes a redistribuir son los que aún no hayan iniciado juicio oral, con la fi nalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite, puesto que serán culminados por los órganos jurisdiccionales de origen. • Redistribuir la cantidad de 100 expedientes entre procesos comunes e inmediatos del 1° Juzgado Penal Unipersonal Permanente, Distrito y Provincia de Cusco, Distrito Judicial de Cusco, al Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito, provincia y distrito judicial. • Redistribuir la cantidad de 100 expedientes de procesos comunes e inmediatos del 3° Juzgado Penal Unipersonal Permanente, Distrito y Provincia de Cusco, Distrito Judicial de Cusco, al Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito, provincia y distrito judicial. • Modi fi car la denominación del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio, Distrito y Provincia de Cusco, Distrito Judicial de Cusco, como Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio, en adición a sus funciones Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios. • Aperturar el turno para el conocimiento de los procesos de corrupción de funcionarios del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio en adición a sus funciones Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y 8° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Distrito y Provincia de Cusco, Distrito Judicial de Cusco. Establecer que los referidos órganos jurisdiccionales podrán recibir de manera aleatoria y equitativa los procesos de corrupción de funcionarios. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE• Aperturar el turno para el ingreso de expedientes del Nuevo Código Procesal Penal en la función de Investigación Preparatoria al 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, con la misma competencia territorial y funcional que el 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito y provincia. • Aperturar el turno para el ingreso de expedientes del Nuevo Código Procesal Penal en la función de Investigación Preparatoria al 13° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Distrito de Independencia, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, con la misma competencia territorial y funcional que el 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito y provincia. • Aperturar el turno para el ingreso de expedientes del Nuevo Código Procesal Penal en la función Penal Unipersonal al 15° Juzgado Penal Unipersonal Permanente, Distrito de Independencia, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, con la misma competencia territorial y funcional que el 1° Juzgado Penal Unipersonal Permanente del mismo distrito y provincia. • Aperturar el turno para el ingreso de expedientes del Nuevo Código Procesal Penal en la función Penal Unipersonal al Juzgado Penal Unipersonal Permanente, Distrito de San Martin de Porres, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, con la misma competencia territorial y funcional que el 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito y provincia. • Aperturar el turno para el ingreso de expedientes del Nuevo Código Procesal Penal en la función de Investigación Preparatoria al 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, con la misma competencia territorial y funcional que el 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito y provincia.• Redistribuir toda la carga procesal en estado de trámite, reserva y ejecución del 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, al 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito, provincia y distrito judicial. Establecer que los expedientes a redistribuir son los que aún no se haya iniciado audiencia de control de acusación o que tengan incidentes con audiencia realizada pendientes de resolver y hasta donde la norma lo permita. • Redistribuir toda la carga procesal en estado de trámite, reserva y ejecución del 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de Independencia, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, al 13° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito, provincia y distrito judicial. Establecer que los expedientes a redistribuir son los que aún no se haya iniciado audiencia de control de acusación o que tengan incidentes con audiencia realizada pendientes de resolver, y hasta donde la norma lo permita. • Redistribuir toda la carga procesal en estado de trámite, reserva y ejecución del 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, Distrito de Independencia, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, al 15° Juzgado Penal Unipersonal Permanente del mismo distrito, provincia y distrito judicial. Establecer que los expedientes a redistribuir son los que aún no hayan iniciado juicio oral, con la fi nalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite. • Redistribuir toda la carga procesal del 5° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, de manera equitativa entre sus pares, al Juzgado Penal Unipersonal Permanente del mismo distrito, provincia y distrito judicial. Establecer que los expedientes a redistribuir son los que aún no hayan iniciado juicio oral, con la fi nalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite. • Redistribuir toda la carga procesal, en estado de trámite, reserva y ejecución del 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, al 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito, provincia y distrito judicial. Establecer que los expedientes a redistribuir son los expedientes que aún no se haya iniciado audiencia de control de acusación, o que tengan incidentes con audiencia realizada pendientes de resolver, y hasta donde la norma lo permita. • Redistribuir de manera equitativa toda la carga tramitada bajo el amparo del Código de Procedimientos Penales de 1940, del 13° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Distrito de Independencia, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, al 12°, 14° y 15°Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, del mismo distrito, provincia y distrito judicial. • Redistribuir de manera equitativa toda la carga tramitada bajo el amparo del Código de Procedimientos Penales de 1940, del 15° Juzgado Penal Unipersonal Permanente, Distrito de Independencia, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, al 13° y 14° Juzgado Penal Unipersonal Permanente, del mismo distrito, provincia y distrito judicial. • Renombrar el 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, como 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y distrito judicial. DISTRITO JUDICIAL DE LA SELVA CENTRAL• Reubicar, por el periodo de 6 meses, el 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte, como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia de Satipo, Distrito Judicial de la Selva Central, con turno cerrado y con la misma competencia territorial y funcional que el Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito y provincia. • Redistribuir la cantidad de 200 expedientes del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente