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44 NORMAS LEGALES Jueves 6 de enero de 2022 El Peruano / Artículo Segundo.- Disponer, a partir del 1 de enero de 2022, las siguientes disposiciones administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Ica, Cajamarca y Huaura: 2.1 Ampliar de manera de fi nitiva la competencia funcional de la Sala Laboral Permanente de la Provincia de Huaraz, para que con turno abierto tramite los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales (PCALP) y de la Ley N° 26636 (LPT); así como cerrar el turno a la Sala Civil Permanente de la mencionada provincia para el trámite de los referidos procesos laborales. 2.2 Ampliar de manera de fi nitiva la competencia funcional de la Sala Laboral Permanente de la Provincia de Ica, para que con turno abierto tramite los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales (PCALP) y de la Ley N° 26636 (LPT); debiendo cerrar el turno a la Sala Civil Permanente de la mencionada provincia para el trámite de los referidos procesos laborales. 2.3 Ampliar de manera de fi nitiva la competencia funcional de la Sala Laboral Permanente de la Provincia de Huaura, para que con turno abierto tramite los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales (PCALP) y de la Ley N° 26636 (LPT); debiendo cerrar el turno a la Sala Civil Permanente de la mencionada provincia para el trámite de los referidos procesos laborales. 2.4 Ampliar la competencia funcional del 2° Juzgado Mixto del Distrito de La Florida, Provincia de San Miguel de Pallaques, para el trámite de los procesos laborales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) dentro de su jurisdicción. 2.5 Que el 1° Juzgado Mixto del Distrito de San Miguel, Provincia de San Miguel de Pallaques, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, deje de tener competencia territorial y funcional en la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), sobre los territorios correspondientes al 2° Juzgado Mixto del Distrito de La Florida, de la referida provincia. Artículo Tercero.- Prorrogar, a partir del 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2022, las siguientes disposiciones administrativas en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca: 3.1 La ampliación de la competencia funcional de la Sala Laboral de la Provincia de Cajamarca, para el trámite de los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales (PCALP), y de la Ley N° 26636 (LPT) con el turno cerrado. 3.2 La ampliación de la competencia funcional de la Sala Civil de la Provincia de Cajamarca, para el trámite con el turno abierto de los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales (PCALP), y de la Ley N° 26636 (LPT). Artículo Cuarto.- Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cajamarca y Cusco informen al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de treinta días calendario, sobre las medidas administrativas adoptadas para mejorar el nivel resolutivo de los siguientes órganos jurisdiccionales: 4.1 Sala Laboral de la Provincia de Huaraz. 4.2 Sala Laboral de la Provincia de Cajamarca.4.3 Sala Civil de la Provincia de Cajamarca.4.4 1° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, Provincia de Cusco. Artículo Quinto.- Disponer que las O fi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cajamarca y Cusco informen al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de treinta días calendario, sobre lo siguiente: 5.1 Las razones del bajo nivel resolutivo de la Sala Laboral de Huaraz.5.2 Las razones del bajo nivel resolutivo de la Sala Laboral de Cajamarca. 5.3 Las razones del bajo nivel resolutivo de la Sala Civil de Cajamarca. 5.4 Las razones del bajo nivel resolutivo del 1° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, Provincia de Cusco. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Ica, Cajamarca, Cusco y Huaura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2028063-7 Convierten y reubican el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Ayabaca, Corte Superior de Justicia de Sullana, hacia la Corte Superior de Justicia de Ucayali, como Juzgado de Familia Transitorio subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Coronel Portillo, con turno abierto y con competencia territorial en dicha provincia y aprueban otras disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000443-2021-CE-PJ Lima, 30 de diciembre de 2021VISTO:El O fi cio N°000030-2021-P-CNPJ-CE-PJ, cursado por el presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe N° 098-2021-OPJ- CNPJ-CE-PJ, respecto a las propuestas concernientes a órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la referida comisión. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 275-2021-CE-PJ se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021, entre otros órganos jurisdiccionales, el funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Castilla, Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura, que se encuentra bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Segundo. Que, teniendo en cuenta el escenario que se viene presentando en relación a la paulatina reactivación económica de muchas actividades; así como por el avance de la vacunación programada de la población contra el COVID- 19, de manera preliminar, la meta ajustada para el período de enero a octubre de 2021 será el 97% de la meta anual calculada de acuerdo a los criterios aprobados mediante Resolución Administrativa N° 395-2020-CE-PJ, por lo que el avance ideal al mes de octubre del presente año será el 83% de la referida meta ajustada. Tercero. Que, por O fi cio N° 000030-2021-P-CNPJ- CE-PJ, que adjunta el Informe N° 098-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ del jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, el presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial elevó a este órgano de gobierno diversas