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48 NORMAS LEGALES Jueves 6 de enero de 2022 El Peruano / Aprueban la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad Familia subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Sullana CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000444-2021-CE-PJ Lima, 31 de diciembre del 2021VISTO:El O fi cio N° 000052-2021-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000039-2021-CE-PJ amplió el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2021-2023, de conformidad a lo sustentado en el Informe N° 001-2021-ST-CT-EJE-PJ, elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, documento en el cual se veri fi ca las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI); que viene siendo potenciado en el actual periodo 2021 para enfrentar la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID-19 en el país, permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000149-2021-CE-PJ, aprobó el “Plan de Actividades 2021 de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico–EJE”, las cuales comprenden acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) Efi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Tercero. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en 19 Cortes Superiores de Justicia, concretado en 241 órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del expediente judicial electrónico, en las especialidades Laboral–Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil sub especialidad Comercial y Oralidad Civil, Familia subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. De igual forma, a este número de órganos jurisdiccionales se añaden los correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada–etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ. Cuarto. Que, al respecto, las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Sullana mediante los O fi cios Nº 000825-2021-P-CSJLIMANORTE- PJ y N° 001326-2021-P-CSJSU-PJ, respectivamente, formalizan la solicitud de implementación del Expediente Judicial Electrónico en sus respectivas Cortes Superiores de Justicia, para la especialidad Familia–Subespecialidad Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, indicando su predisposición en la ejecución de las acciones necesarias para su implementación y la factibilidad técnica que la viabiliza. Quinto. Que, en ese contexto, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial mediante O fi cio N° 000052-2021-P-CT- EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Sullana, respecto a la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad de Familia sub especialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en sus respectivas sedes judiciales. En ese sentido, eleva el Informe N° 0030-2021-ST-CT-EJE-PJ, elaborado por la Secretaria Técnica de la referida comisión, que tiene como sustento los informes elaborados por la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial remitidos mediante O fi cios N° 001821-2021-GI-GG-PJ, N° 001819-2021-GI-GGPJ y N° 001817-2021-GI-GG-PJ, en los cuales proponen el inicio de las actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad Familia Subespecialidad Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en las mencionadas Cortes Superiores, en los órganos jurisdiccionales que indican en sus respectivos informes. Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1690-2021 de la septuagésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 29 de diciembre de 2021, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por tener que asistir a una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad Familia subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Sullana; conforme a la propuesta de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión de Justicia de Genero del Poder Judicial, Programa Nacional para la Implementación de la Ley N° 30364, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Sullana; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2028063-9 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reconforman las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 00006-2022-P-CSJLI-PJ Lima, 4 de enero del 2022