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42 NORMAS LEGALES Jueves 6 de enero de 2022 El Peruano / VISTO: El O fi cio N° 000163-2021-GDC-GG cursado por la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial, en mérito al Informe Nº 00104-2021-USJ-GAD-CSJHN-PJ emitido por la Corte Superior de Justicia de Huánuco, mediante el cual comunica la culminación del proyecto denominado “CHATBOT PJ”; y solicita su puesta a producción. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000377-2021-CE-PJ, se autorizó la Feria Tecnológica “Justicia Digital a tu Alcance”, la cual se desarrolló en el techo verde de Palacio Nacional de Justicia, del 18 al 20 de noviembre de 2021; y mediante Resolución Administrativa Nº 000126-2021-P-CE-PJ, se amplió su realización hasta el 23 de noviembre de 2021. Segundo. Que, la Feria Tecnológica “Justicia Digital a tu Alcance” tuvo como propósito esencial, la presentación de iniciativas sobre la mejora en el uso de la tecnología, aplicado por las diversas Cortes Superiores de Justicia del país, plataforma esencial para el impulso de los servicios tecnológicos del Poder Judicial; contexto bajo el cual, se presentaron proyectos y aplicativos por cada Corte Superior de Justicia, dentro de las cuales, las Cortes Superiores del Santa, Selva Central y Huánuco destacaron con la presentación del proyecto “CHATBOT PJ”. Tercero. Que, el proyecto en mención se compone de dos etapas; la primera, a cargo de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco y Selva Central, de contenido netamente informativo y; la segunda, a cargo de la Corte Superior de Justicia del Santa, con interacción de información a nivel de servicios jurisdiccionales. Cuarto. Que, el proyecto “CHATBOT PJ” tiene como objetivo brindar información al ciudadano de los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial, a través de una plataforma tecnológica, amigable, útil y robusta, aplicando tecnología de mensajería instantánea WhatsApp; alineando a nuestra Institución a la utilización de tecnología digital en cumplimiento a la política de modernización del Estado. Quinto. Que, estando al Informe N° 000104-2021-USJ- GAD-CSJHN-PJ emitido por la Corte Superior de Justicia de Huánuco, que entre otros advierte la coordinación de trabajo efectuada con las Cortes Superiores de Justicia del Santa y Selva Central, la Gerencia de Desarrollo Corporativo comunica a este Órgano de Gobierno que se ha culminado la implementación del proyecto “CHATBOT PJ”, solicitando su puesta a producción a nivel nacional. Sexto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1670-2021 de la septuagésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 29 de diciembre de 2021, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por tener que asistir a una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del primer día hábil de enero del año 2022, la implementación en su primera versión del aplicativo “CHATBOT PJ”, a nivel nacional, según el plan de implementación adjunto a la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, designen un representante que se haga cargo de la implementación del “CHATBOT PJ” dentro de su jurisdicción; en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial, a través de la Subgerencia de Proyectos de Innovación. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial, supervise la implementación del aplicativo antes indicado, con el apoyo técnico de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Establecer que una vez culminada la implementación del aplicativo a nivel nacional, el control, seguimiento y supervisión del mismo; estará a cargo de la Gerencia de Informática, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial y la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, Gerencia de Desarrollo Corporativo, Gerencia de Informática; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2028063-6 Disponen culminar, a partir del 1 de enero de 2022, con la labor de itinerancia del Juzgado Mixto del Distrito de Machupicchu, Provincia de Urubamba, Corte Superior de Justicia de Cusco, hacia el Distrito de Urubamba de la referida provincia y Corte Superior de Justicia y aprueban otras disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000442-2021-CE-PJ Lima, 30 de diciembre del 2021VISTO:El O fi cio N° 000029-2021-P-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe N° 000097-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ, cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto a las propuestas concernientes a órganos jurisdiccionales a cargo de la referida comisión. CONSIDERANDO:Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 386-2020-CE-PJ, de fecha 30 de diciembre de 2021, se dispuso ampliar a partir de 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, la competencia funcional de la Sala Laboral de la Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, para el trámite de expedientes laborales al amparo de la Ley N° 26636 (LPT) y procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales (PCALP) con turno abierto. Asimismo, durante el mismo periodo, se dispuso la ampliación de la competencia funcional de la Sala Laboral Permanente de la Provincia de Cajamarca para el trámite de los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP); así como la ampliación de la competencia funcional de la Sala Laboral de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Ica para el trámite de expedientes laborales al amparo de la Ley N° 26636 (LPT), y procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) con el turno abierto. Segundo. Que, mediante O fi cio N° 000029-2021-P-CNPJ-CE-PJ, el Presidente de la