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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2022 (12/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de enero de 2022 El Peruano / Que mediante el Informe Nº 014-2022-AGN/SG- OA-ARH, el Área de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, en atención a lo dispuesto en el Memorándum Nº 018-2022-AGN/SG, concluye que la hoja de vida del titular propuesto para asumir el cargo de confi anza de jefe de la O fi cina de Administración cumple con las recomendaciones establecidas en el numeral 8.2 del Informe Nº 2132-2021-SERVIR-GDSRH, de fecha 28 de diciembre de 2021, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de Servir, por lo que es procedente que el ingeniero Ricardo Ignacio Gibson Silva sea designado en el cargo de con fi anza de jefe de la Ofi cina de Administración; Que mediante el Informe Nº 019-2022-AGN/SG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina de forma favorable a la designación del titular del cargo de jefe de la O fi cina de Administración, por contar con sustento técnico y legal acorde a la normatividad expuesta; Con los visados del Área de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1057, su reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 005-2018-MC; SE RESUELVEArtículo 1. Designar, con efectividad al 12 de enero de 2022, al ingeniero Ricardo Ignacio Gibson Silva en el cargo de con fi anza de jefe de la O fi cina de Administración del Archivo General de la Nación. Artículo 2. Encargar al Área de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración que incorpore copia de la presente resolución en el legajo personal del funcionario designado. Artículo 3. Disponer que el Área de Trámite Documentario y Archivo noti fi que la presente resolución a los interesados. Artículo 4. Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ALFREDO RAFAEL ORTIZ SOTELO Jefe Institucional 2029703-1 CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Modifican 2 Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 004-2022-PERÚ COMPRAS Lima, 10 de enero de 2022VISTO:El Informe Nº 000203-2021-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 29 de diciembre de 2021, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y, el Informe Nº 000003-2022-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 05 de enero de 2022, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modi fi cado por la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo Nº 1 de De fi niciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones especí fi cas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características especí fi cas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modi fi car o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la veri fi cación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, siendo que, para el caso de modi fi cación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la misma, que no afecte su condición de bien común; Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modi fi cación o la exclusión de la Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, a través del Informe Nº 000203-2021-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 29 de diciembre de 2021, la Dirección de Estandarización y Sistematización sustenta la modi fi cación de dos (2) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; dicha modi fi cación se realiza a partir de la actualización de los documentos técnicos normativos vigentes y en el marco