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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2022 (12/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de enero de 2022 El Peruano / NTP 260.015:2017 MUEBLES. Mobiliario para instituciones educativas. Requisitos. 4 a Edición NTP-ISO 18416:2016 Cosméticos. Microbiología. Detección de Candida albicans. 3a Edición NTP 900.006:2002 GESTIÓN AMBIENTAL. Emisiones atmosféricas. Determinación de emisiones de dióxido de azufre en fuentes estacionarias. 1ª Edición. NTP 900.018:2003 GESTIÓN AMBIENTAL. Emisiones atmosféricas. Medición de emisión de compuestos orgánicos gaseosos mediante cromatografía de gas. 1ª Edición NTP-ISO 105-E04:2006 (revisada el 2016) TEXTILES. Ensayos de solidez del color. Parte E04: Solidez del color al sudor. 1 a Edición NTP-ISO 14050:2014 (revisada el 2019) Gestión ambiental. Vocabulario. 3ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de Normalización 2029277-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican la R.M. N° 0647-2021-RE que autorizó viaje de funcionarios diplomáticos a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0015-2022-RE Lima, 11 de enero de 2022VISTOS:La Resolución Ministerial Nº 0647-2021-RE, del 28 de diciembre de 2021; y, el Memorándum (OAP) Nº OAP00058/2022, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, del 10 de enero de 2022; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0647- 2021-RE, se autoriza el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Viceministro de Relaciones Exteriores y del Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Eduardo Zeballos Valle, Director de América del Sur de la Dirección General de América, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para participar en el Encuentro Presidencial y VI Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y de la República de Colombia; Que, resulta necesario hacer la precisión que el citado Encuentro Presidencial y VI Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y de la República de Colombia, se llevará a cabo en la ciudad de Villa de Leyva, Boyacá, República de Colombia, el 13 de enero de 2022, por lo que se deberá considerar también el desplazamiento e instalación de los citados funcionarios a la referida ciudad; Que, asimismo, debido a un cambio en el itinerario de vuelo, se ha modi fi cado el retorno de los funcionarios en mención; Que, en consecuencia, resulta necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0647-2021-RE, del 28 de diciembre de 2021;De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0647-2021-RE, del 28 de diciembre de 2021, conforme al siguiente tenor: “Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los siguientes funcionaros a la ciudad de Bogotá y Villa de Leyva, República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Viceministro de Relaciones Exteriores, del 12 al 14 de enero de 2022; y, • Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Eduardo Zeballos Valle, Director de América del Sur de la Dirección General de América, del 11 al 14 de enero de 2022.” Artículo 2.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 0647-2021-RE, del 28 de diciembre de 2021, en todo aquello que no se oponga a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 2029704-1 SALUD Reglamento del proceso de Cambio de Grupo Ocupacional y Cambio de Línea de Carrera del personal del Ministerio de Salud, de sus Organismos Públicos y de las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales ANEXO – DECRETO SUPREMO N° 034-2021-SA (El Decreto Supremo de la referencia se publicó en la Edición Extraordinaria del 31 de diciembre de 2021) REGLAMENTO DEL PROCESO DE CAMBIO DE GRUPO OCUPACIONAL Y CAMBIO DE LINEA DE CARRERA DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE SALUD, DE SUS ORGANISMOS PUBLICOS Y DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE SALUD DE LOS GOBIERNOS REGIONALES CAPÍTULO I FINALIDAD, OBJETO Y ÁMBITO Artículo 1. Finalidad Revalorar al personal de la salud ubicándolos en los cargos y niveles, de acuerdo a su formación profesional y/o técnico, capacidades y competencias, para el desarrollo de sus actividades, a fi n de cerrar la brecha de recursos humanos en salud. Artículo 2. Objeto Establecer los requisitos, condiciones y procedimientos técnicos y mecanismos necesarios para implementar el