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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2022 (12/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de enero de 2022 El Peruano / las funciones de los Ministros de Estado es el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, los literales a) y b) del numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, señalan como causales de modi fi cación del POI durante su ejecución, la presentación de cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones que estén relacionadas al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; así como la incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI de las entidades; Que, mediante Resolución Ministerial N° 029- 2019-MIMP se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, validar el documento del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, según lo establecido en el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD; Que, con Resolución Ministerial N° 335-2020-MIMP se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, asimismo, con Resolución Ministerial N° 098- 2021-MIMP se aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Anual Modi fi cado Versión 1 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” y con Resolución Ministerial N° 205-2021-MIMP se aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Anual Modi fi cado Versión 2 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”; Que, mediante Acta N° 005-2021 del 29 de diciembre de 2021, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, constituida con Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, valida el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Anual Modi fi cado Versión 3 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el literal b) del artículo 28 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, señala que es función de la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto dirigir, formular, realizar el seguimiento, evaluar y actualizar el Plan Estratégico Sectorial Multianual, el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional en coordinación con los órganos, programas y organismos públicos adscritos al Ministerio, según corresponda; Que, mediante Memorándum N° D000847-2021-MIMP- OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000322-2021-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, a través del cual indica que la modi fi cación del POI 2021 realizada por las 3 Unidades Ejecutoras del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables se efectuó en virtud a las causales previstas en los literales a) y b) del numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, por lo que emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Anual Modi fi cado Versión 3 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; y en la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Anual Modi fi cado Versión 3 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, que en Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de su O fi cina de Planeamiento, efectuar el seguimiento y evaluación del “Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Anual Modi fi cado Versión 3 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, aprobado por la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese y publíquese.ANAHÍ DURAND GUEVARA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2029287-1 PRODUCE Designan temporalmente Director del “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Cuero Calzado Arequipa – CITEcuero Calzado Arequipa” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00006-2022-PRODUCE Lima, 7 de enero de 2022VISTOS: El O fi cio N° 000564-2021-ITP/DE del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, y el Informe N° 00000003-2022-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 040-2016-PRODUCE, se crea el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Cuero Calzado