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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2022 (18/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 18 de enero de 2022 El Peruano / del deslinde de responsabilidades que correspondan, poniendo en conocimiento los hechos a la Secretaría Técnica de la O fi cina de Recursos Humanos. El reconocimiento de los adeudos se formalizará por Resolución, contando previamente con los Informes del área usuaria, del órgano encargado de las contrataciones y de la O fi cina de Asesoría Jurídica. 2.2 En materia de contratación pública:a) Aprobar las modi fi caciones al Cuadro Multianual de Necesidades. b) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección; así como para las contrataciones realizadas, a través de catálogos electrónicos de acuerdos marco. c) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas para contratar bienes, servicios en general en forma conjunta, a través de un procedimiento de selección único, así como, de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogeneizar las características de los bienes y servicios en general, y otros actos establecidos en el TUO de la Ley N° 30225 y su Reglamento. d) Aprobar las Solicitudes de Expresión de Interés para el procedimiento de Selección de Consultores individuales. e) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del TUO de la Ley N° 30225. f) Aprobar las Solicitudes de Cotización para los procedimientos de selección de Comparación de Precios. g) Otorgar la buena pro en los procedimientos de selección de Comparación de Precios. h) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección. i) Aprobar las bases y otros documentos de los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de contrataciones directas. j) Designar los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, así como modi fi car su composición. k) Autorizar la contratación de expertos independientes o la solicitud de apoyo de expertos de otras entidades para los Comités de Selección de la ONP; así como la participación de expertos independientes de la ONP en los comités de selección de otras entidades. l) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por el TUO de la Ley N° 30225. m) Suscribir, modi fi car y/o resolver contratos referidos a bienes, servicios y obras derivados de procedimientos de selección y/o contratos complementarios. n) Autorizar otras modi fi caciones a los contratos suscritos en el marco de la TUO de la Ley N° 30225 y su Reglamento, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes al perfeccionamiento del contrato y que las modi fi caciones no impliquen la variación del precio, en el marco de lo establecido en el artículo 34 del TUO de la Ley N° 30225. o) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por el TUO de la Ley N° 30225. p) Aprobar la cesión de posición contractual del contratista en los casos de transferencia de propiedad de bienes que se encuentren arrendados a la Entidad, cuando se produzcan fusiones, escisiones o que exista norma legal que lo permita expresamente. q) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual. r) Autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad con la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco” o norma que la sustituya. s) Disponer el inicio de las acciones pertinentes, de acuerdo con las normas y procedimientos disciplinarios aplicados, en los casos previstos en el numeral 8.11 de la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco” o norma que la sustituya. t) Declarar la nulidad del pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases en caso incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 del TUO de la Ley N° 30225. u) Comunicar al Tribunal de Contrataciones del Estado la posible infracción detectada y presentar los documentos necesarios relacionados con dichos procedimientos, de conformidad con los artículos 259 y 260 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. v) Aprobar las contrataciones que se encuentran excluidas del ámbito de aplicación del TUO de la Ley N° 30225, previstas en sus artículos 4 y 5, así como suscribir los contratos que se deriven de las citadas contrataciones, excepto los contratos que se deriven de las contrataciones cuyos montos sea iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. Esta delegación incluye las facultades para modi fi car, extinguir o resolver contratos por mutuo acuerdo, salvo los que el mismo cuerpo legal exija un poder especial y formal. w) Representar a la ONP ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado para la presentación de solicitudes y atención de pedidos de información y/o documentación. Artículo 3 . Delegación de facultades al/la Ejecutivo/a de Logística Delégase las siguientes facultades al/la Ejecutivo/a de Logística: a) Suscribir las órdenes de compra y/u órdenes de servicio emitidas por la Entidad, tanto aquellas que perfeccionen una relación contractual como las que resulten necesarias para gestionar trámites administrativos. b) Suscribir, modi fi car o resolver los contratos que deriven del supuesto contemplado en el literal a), numeral 5.1 del artículo 5 del TUO de la Ley N° 30225, referido a las contrataciones cuyos montos sea iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. c) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestación que soliciten. Artículo 4 . Delegación de facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Asesoría Jurídica Delégase las siguientes facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Asesoría Jurídica: 4.1 En materia administrativa:a) Suscribir conjuntamente con el/la Gerente/a General, en representación de la ONP, los contratos, adendas y/o convenios que resulten necesarios en aplicación de la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N° 817. 4.2 En materia de contratación pública: b) Autorizar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio considerando criterios de costo-bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos del proceso arbitral, la expectativa de éxito de seguir el arbitraje y la conveniencia de resolver la controversia a través de la conciliación, conforme a lo dispuesto en la normativa de contratación pública, correspondiente a los contratos derivados de los procedimientos de selección. c) Solicitar el arbitraje y/o conciliación, designar y recusar árbitros, así como realizar todas las actuaciones establecidas para la solución de controversias conforme a lo dispuesto en la normativa de contratación pública, correspondiente a los contratos derivados de los procedimientos de selección, conforme al TUO de la Ley N° 30225 y su Reglamento, o norma que lo sustituya, así como el Decreto Legislativo N° 1071, Decreto Legislativo que norma el arbitraje y los reglamentos de las instituciones arbitrales. Artículo 5 . Delegación de facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Recursos Humanos Delégase las siguientes facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Recursos Humanos: a) Aceptar las renuncias y resolver los contratos de los/las servidores/as, en el marco del régimen del servicio