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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (12/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 12 de febrero de 2022 El Peruano / b) Supervisar el accionar de los diferentes actores estatales que tienen a su cargo el diseño, formulación, seguimiento y ejecución de las políticas públicas y estrategias en los temas de su competencia, (respecto al sistema de seguridad y defensa nacional el ámbito de actuación recae principalmente en la supervisión de la labor de las fuerzas armadas y el rol que desempeñan estas dentro del sistema en mención) c) Elaborar y proponer al Adjunto/a los informes y análisis correspondientes al ámbito de la protección y defensa de los derechos de las personas privadas de libertad, la seguridad ciudadana y, la seguridad y defensa nacional; así como realizar el seguimiento de las recomendaciones formuladas. d) Desarrollar, coordinar y promover acciones conjuntas con organismos nacionales e internacionales, públicos y privados, en materia de política criminal, penitenciaria, justicia juvenil, seguridad ciudadana y defensa nacional. e) Realizar actividades de capacitación y difusión dirigidas a autoridades, funcionarios/as, servidores/as y sociedad civil, vinculados a los derechos humanos y su relación con la política criminal, penitenciaria, justicia juvenil, seguridad ciudadana y, la seguridad y defensa nacional. f) Atender las consultas que les formulen los órganos o las unidades orgánicas de la Defensoría del Pueblo, sobre las líneas de intervención y las temáticas a su cargo, así como las formuladas en el curso de sus investigaciones. g) Capacitar, brindar pautas y monitorear al personal de las o fi cinas y módulos defensoriales, sobre los asuntos de su competencia y para la implementación de estrategias de intervención defensorial. h) Emitir opiniones técnicas sobre proyectos de ley y de normativa relacionada con los temas dentro de su ámbito de competencia. i) Tramitar la atención de casos a pedido de parte o de o fi cio, relacionados con la protección y defensa de los derechos de personas privadas de libertad, como del personal de establecimientos penitenciarios, centros juveniles y otros similares, así como los vinculados al respecto con la actuación de funcionarios/as y servidores/as del sistema de administración de justicia, del fuero privativo militar-policial y otras instancias. j) Propiciar el trabajo interinstitucional coordinado y articulado entre las entidades del Estado en temas relacionados a la administración de justicia penal, seguridad ciudadana y, seguridad y defensa nacional. k) Realizar una labor coordinada y articulada con la Dirección del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en lo concerniente a la protección de los derechos de las personas privadas de libertad, ambos en el marco de su competencia. l) Elaborar y proponer al/a la Adjunto/a para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, las directivas y lineamientos de actuación defensorial que se consideren necesarios en el ámbito de su competencia. m) Otras funciones que le sean conferidas por el/ la Primer/a Adjunto/a o Adjunto/a para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad. 07.1.3 PROGRAMA DE DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Artículo 72-E.- Es la unidad orgánica de línea que depende de la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad. Tiene como función principal proponer y formular las estrategias de supervisión y seguimiento en temas de discapacidad, orientadas a defender y promover el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, desde los enfoques de derechos humanos y discapacidad. Asimismo, el Programa dirige y coordina el cumplimiento de las funciones del Mecanismo Independiente para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad- (MICDPD).Artículo 72-Fº.- Son funciones del Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad : a) Diseñar, implementar y coordinar con la Adjuntía, la política institucional de defensa y promoción de derechos de las personas con discapacidad y las líneas de intervención con enfoque de discapacidad. b) Elaborar y proponer al Adjunto/a para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, los proyectos de informes y análisis correspondientes en temas de su competencia. c) Promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en coordinación con las Adjuntías, Programas, Mecanismo, o fi cinas, módulos defensoriales y otras dependencias, con un enfoque interseccional. d) Elaborar en coordinación con las o fi cinas y módulos defensoriales, las líneas de trabajo de defensa y promoción de los derechos de las personas con discapacidad y las estrategias de intervención nacional con enfoque de discapacidad. e) Proponer, desarrollar y coordinar con el Adjunto/a para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad las supervisiones defensoriales de defensa de los derechos de las personas con discapacidad, así como supervisar la implementación de políticas públicas, programas y servicios relativos a los derechos de las personas con discapacidad implementados por el gobierno central, regional y local, en el marco de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. f) Promover la participación de las personas con discapacidad y sus organizaciones en las labores de promoción, protección y supervisión de la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. g) Proponer y coordinar el inicio y la participación en procesos constitucionales frente a vulneraciones de los derechos de personas con discapacidad para garantizar la defensa de los derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. h) Promover las acciones necesarias ante las autoridades, funcionarios y servidores de los organismos para la implementación de las recomendaciones formuladas por el Programa, en el marco de su competencia. i) Absolver las consultas que formulen los órganos o las unidades orgánicas de la Defensoría del Pueblo en la temática de competencia del programa. j) Elaborar y proponer al Adjunto/a para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, las directivas y lineamientos de actuación y supervisión sobre derechos de las personas con discapacidad para la atención de los casos individuales que se tramitan ante los órganos desconcentrados de la Defensoría del Pueblo. k) Coordinar e informar periódicamente al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad sobre asuntos relativos a los derechos de las personas con discapacidad. l) Otras funciones que le sean conferidas por el/ la Primer/a Adjunto/a o Adjunto/a para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad. (...)07.3 ADJUNTÍA DEL MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS PÚBLICOS Y PUEBLOS INDÍGENAS Artículo 75º.- (...) Tiene a su cargo el Programa de Pueblos Indígenas. (...)07.3.1 PROGRAMA DE PUEBLOS INDÍGENASArtículo 76-Aº.- Es la unidad orgánica de línea que depende de la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas. Tiene como función principal defender, proteger y promover los derechos de los Pueblos Indígenas a través de la formulación de estrategias de supervisión y acciones orientadas al