Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (12/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 12 de febrero de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que a efectos de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Intendencia Regional Arequipa, se considera necesario designar a un nuevo Ejecutor Coactivo que se encargará de la gestión de cobranza coactiva de la citada Intendencia; Que el artículo 114 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catorias, establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que la trabajadora propuesta ha presentado su respectiva declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados, por lo que procede designarla como Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catorias, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, no se aplica a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de la facultad conferida por el inciso i) del artículo 12 del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 000065-2021/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa a la trabajadora YAHAIDA CRUZ TICONA. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ANTONIO ACOSTA VILCHEZ Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos 2038200-1 ORGANISMOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, y modifican el “Organigrama Estructural de la Defensoría del Pueblo-hasta el segundo nivel organizacional” y “Organigrama Estructural de la Defensoría del Pueblo-hasta el tercer nivel organizacional” RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 004-2022/DP Lima, 11 de febrero de 2022VISTO:El Memorando Nº 371-2021-DP/PAD y el Memorando Nº 620-2021-DP/OPP, que cuenta con Proveído de Secretaría General, y que adjunta el “Informe Técnico para la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo”, elaborado por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y,CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprueba la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante Resolución Defensorial Nº 007-2019/DP se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprobaron los “Lineamientos de Organización del Estado”, y modi fi catorias, en adelante los Lineamientos, con el objeto de regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que, asimismo, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00010-2021-PCM/SGP se aprobó la Directiva Nº 002-2021-SGP, “Directiva que regula el sustento técnico y legal de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, en adelante la Directiva, la misma que tiene por objeto desarrollar y regular el trámite de aprobación de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado y el procedimiento de emisión de la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública en el marco de la aprobación de un proyecto normativo en materia de organización y funcionamiento del Estado, normativa de aplicación obligatoria para las entidades a las que se re fi ere el artículo 3º de los Lineamientos; Que, el artículo 3º de los Lineamientos dispone que son aplicables a los organismos constitucionalmente autónomos, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo establecido sus leyes orgánicas; Que, según lo dispuesto por el artículo 43º de los Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, que contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, los literales a) y b) del numeral 46.1 del artículo 46º de los Lineamientos, señalan que corresponde la aprobación o modi fi cación de un Reglamento de Organización y Funciones por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización y por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización, respectivamente. Asimismo, el numeral 46.2 del artículo 46º de los Lineamientos señala que la modi fi cación puede comprender más de un supuesto, lo cual se precisa en el Informe Técnico Sustentatorio; Que, mediante Memorando Nº 371-2021-DP/PAD, la Primera Adjuntía solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la revisión de las propuestas presentadas por la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, la Adjuntía para la Administración Estatal y la Adjuntía para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, vinculadas a la creación de nuevos programas y la reformulación de funciones de los Programas, así también, mediante Memorando Nº 0043-2021-DP/ALCTEE se propone la desactivación del Programa de Ética Pública, Prevención de la Corrupción y Políticas Públicas, y mediante Memorando Nº 114-2021-DP/DCT se propone la modi fi cación de las funciones de la Dirección de Coordinación Territorial, propuestas que implican la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones vigente; Que, al respecto, mediante Memorando Nº 620- 2021-DP/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto presenta a la Secretaría General el “Informe Técnico para la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo”, en adelante el Informe Técnico, y señala que: “(...) este proyecto de modi fi cación ha sido coordinado con la Primera Adjuntía; así como con los órganos y unidades orgánicas de línea, debido a que los cambios propuestos están relacionados a la creación, eliminación y actualización de funciones de Programas para su inclusión en el ROF; asimismo, incluye la modi fi cación de funciones de Adjuntías que tienen a su cargo programas y modi fi cación de funciones de la Dirección de Coordinación Territorial, las cuales