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28 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de febrero de 2022 El Peruano / Judicial mediante O fi cio Nº 000004-2022-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, respecto a la propuesta de la fecha de puesta a producción e inauguración de la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en dicha sede judicial, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000444-2021-CE-PJ, que aprueba la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad y subespecialidad en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Sullana. Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000039-2021-CE-PJ amplió el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2021-2023, de conformidad a lo sustentado en el Informe Nº 001-2021-ST-CT-EJE-PJ, elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, documento en el cual se veri fi ca las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI); que viene siendo potenciado en el actual periodo 2022 para enfrentar la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID-19 en el país, permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Tercero. Que, en los Planes Anuales de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) se consideran acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de TIC en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación al mes de diciembre de 2021, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en diecinueve Cortes Superiores de Justicia, concretado en doscientos cuarenta órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios de expediente judicial electrónico, en las especialidades Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil sub especialidad Comercial y Oralidad Civil, Familia subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. De igual forma, a este número de órganos jurisdiccionales se añaden trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 138-2020-P-CE-PJ. Quinto. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante la Resolución Administrativa Nº 000444-2021-CE-PJ, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe Nº 005-2022-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el O fi cio Nº 000155-2022-GI-GG-PJ de la Gerencia de Informática de la Gerencia General, mediante el cual se informa respecto a las acciones de implantación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para su puesta a producción. Por su parte, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General mediante O fi cio Nº 000007-2022-GSJR-GG-PJ remite el documento denominado Diagnóstico Situacional en el Marco de la Implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, el cual contiene la propuesta de órganos jurisdiccionales a considerarse en la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte para la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar; así como la conformación de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en los órganos jurisdiccionales de la citada propuesta, manifestando que se propone una ventanilla exclusiva con tres estaciones de trabajo en la Sede Central y la Sede Carabayllo, así como dos ventanillas exclusivas con tres estaciones de trabajo en la Sede Independencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, debiéndose precisar que, estando a la emergencia sanitaria decretada por el gobierno central, las primeras acciones para su ejecución priorizarán el uso de la Mesa de Partes Electrónica para la presentación de denuncias y escritos. Sexto. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte mediante O fi cio Nº 000091-2022-P-CSJLIMANORTE-PJ formaliza la solicitud de implantación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en su respectiva Corte Superior, y propone como fecha de entrada en funcionamiento del Expediente Judicial Electrónico a partir del 24 de febrero del presente año; y como fecha para la inauguración el 8 de marzo del año en curso. Sétimo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implantaciones del Expediente Judicial Electrónico como herramienta de transformación digital y medida inmediata de dar sostenibilidad al acceso a la justicia ante la crisis sanitaria que afronta el país; y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone continuar la implantación del Expediente Judicial Electrónico - EJE en la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. Octavo. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 163- 2022 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención de los señores Lama More y Arias Lazarte, por encontrarse de vacaciones y en reunión de trabajo programada con anterioridad, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero .- Disponer la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, a partir del 24 de febrero de 2022, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, conforme al detalle siguiente: Sede Central:• 1º Sala Civil Permanente • 2º Sala Civil Permanente Sede Independencia:• 9º Juzgado Familiar Permanente - Sub-Especialidad en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar • 10º Juzgado Familiar Permanente - Sub-Especialidad en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar • 11º Juzgado Familiar Permanente - Sub-Especialidad en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar