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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2022 (17/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Domingo 17 de julio de 2022 El Peruano / - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Crítica Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados; en tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIRGILIO FREDY TITO CHURA Viceministro de Comunicaciones 2087174-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Definen el ámbito de acción de las Divisiones de Servicios al Contribuyente I, II, III, IV y V de la Gerencia de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000129-2022/SUNAT DEFINEN EL ÁMBITO DE ACCIÓN DE LAS DIVISIONES DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE I, II, III, IV Y V DE LA GERENCIA DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE DE LA INTENDENCIA LIMA Lima, 14 de julio de 2022CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT, modi fi cada por la Resolución de Superintendencia N° 000073-2022/SUNAT, se aprobó el tercer Documento de Organización y Funciones Provisional (DOFP) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), vigente a partir del 1 de agosto de 2022, a través del cual se simpli fi ca la estructura organizacional de la Intendencia Lima, eliminándose, entre otros, a las Secciones de Servicios al Contribuyente y estableciéndose las Divisiones de Servicios al Contribuyente I, II, III, IV y V de la Gerencia de Servicios al Contribuyente; Que, el artículo 241° del citado DOFP prevé que la Gerencia de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima es la unidad orgánica encargada de conducir el proceso de asistencia y atención en la modalidad presencial y, el proceso de inscripción y actualización del Registro Único de Contribuyentes, incluyendo las que ameriten evaluación previa, de los deudores de la jurisdicción de la Intendencia Lima; así como, de la gestión de los Centros de Servicios al Contribuyente, Ofi cinas Remotas y Puntos de Atención a su cargo; Que, los artículos 541°, 543°, 545°, 547° y 549° del mencionado DOFP señalan que las Divisiones de Servicios al Contribuyente I, II, III, IV y V son subunidades orgánicas dependientes de la Gerencia de Servicios al Contribuyente, encargadas de los procesos de asistencia y atención en la modalidad presencial, y del proceso de inscripción y actualización del Registro Único de Contribuyentes; asimismo, indican que se encargan de las acciones vinculadas al funcionamiento de los Centros de Servicios al Contribuyente, O fi cinas Remotas y Puntos de Atención asignados a su cargo;Que, en este sentido, el último párrafo de los citados artículos 541°, 543°, 545°, 547° y 549° del DOFP dispone que, mediante Resolución de Superintendencia, se de fi nirá el ámbito de acción a cargo de dichas divisiones teniendo en cuenta criterios técnicos que podrán considerar la ubicación geográ fi ca y la a fl uencia de contribuyentes; Que, asimismo, en el inciso i) de los artículos 542°, 544°, 546°, 548° y 550° del mencionado documento, se establece como una de las funciones de las Divisiones de Servicios al Contribuyente I, II, III, IV y V, la de supervisar los Centros de Servicios al Contribuyente, O fi cinas Remotas o Puntos de Atención, que se les asignen en el ámbito de su competencia; Que, mediante el Informe N° 000001-2022-SUNAT/7B2000 de la Gerencia de Orientación y Servicios de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos, se sustenta la necesidad de de fi nir el ámbito de acción a cargo de las Divisiones de Servicios al Contribuyente I, II, III, IV y V de la Gerencia de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima, determinándose el mismo en función de las zonas geográ fi cas distribuidas por distritos, considerando la a fl uencia de contribuyentes; Que, con Informe N° 000018-2022-SUNAT/1V2000, la Gerencia de Organización y Procesos de la O fi cina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos, en el ámbito de sus competencias, ha emitido conformidad a la propuesta formulada por la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos; En uso de las facultades conferidas en el inciso m) del artículo 8° del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 000065-2021/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1. – De fi nición del ámbito de acción de las Divisiones de Servicios al Contribuyente El ámbito de acción de las Divisiones de Servicios al Contribuyente I, II, III, IV y V de la Gerencia de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima, se determina en función de las zonas geográ fi cas distribuidas por distritos, según se detalla a continuación: UNIDAD DE ORGANIZACIÓN ÁMBITO DE ACCIÓN POR DISTRITOS División de Servicios al Contribuyente IBreña, Pueblo Libre, Jesús María, Lince, Magdalena del Mar, San Juan de Lurigancho, San Miguel, La Perla, La Punta, Carmen de La Legua, Callao y Bellavista. División de Servicios al Contribuyente IILima (Cercado), Rímac, La Victoria, El Agustino y San Luis. División de Servicios al Contribuyente IIISan Isidro, Surquillo, Barranco, Chorrillos y Mira fl ores. División de Servicios al Contribuyente IVLa Molina, Santa Anita, Cieneguilla, San Borja, Santiago de Surco, Ate, Chaclacayo, Lurigancho, Lurín, Pachacámac, Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Villa El Salvador, San Juan de Mira fl ores, Villa María del Triunfo y San Vicente de Cañete. División de Servicios al Contribuyente VSan Martín de Porres, Los Olivos, Independencia, Carabayllo, Comas, Ancón, Puente Piedra, Santa Rosa y Ventanilla. La de fi nición del ámbito de acción abarca la asignación de los Centros de Servicios al Contribuyente, O fi cinas Remotas y/o Puntos de Atención, ubicados actualmente en los distritos cuyo ámbito de acción se asigna, así como la asignación de los Centros de Servicios al Contribuyente, Ofi cinas Remotas y/o Puntos de Atención que a futuro sean implementados en dichos distritos. Para fi nes de la presente de fi nición, se tendrá en cuenta lo siguiente: - Centros de Servicios al Contribuyente: Es el lugar de atención a nivel nacional donde los contribuyentes pueden realizar todo tipo de trámites y recibir asistencia tributaria. - Ofi cina Remota: Es el lugar de atención establecido en coordinación con una entidad pública recaudadora en donde el directivo responsable de la gestión se encuentra en otra sede de la SUNAT.