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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (04/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 4 de junio de 2022 El Peruano / Ambientales (DGAA) es el órgano de línea encargado de proponer los objetivos, lineamientos y estrategias ambientales para el desarrollo de las actividades de competencias del MVCS, en armonía con la protección del ambiente y la conservación de los recursos naturales incluyendo la biodiversidad, en el marco de la Política Nacional del Ambiente; y, señala como una de sus funciones, proponer, coordinar, aprobar e implementar la normativa e instrumentos de gestión ambiental del Sector con opinión previa del Ministerio del Ambiente en lo que corresponda, según la normativa vigente; Que, con los documentos de vistos, la DGAA, entre otros, sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 036-2017-VIVIENDA, así como la FTA (Anexo 1) a efectos que se permita registrar la información de proyectos del subsector saneamiento que incluso se encuentren en la etapa de ejecución o que no hayan iniciado operación o funcionamiento; asimismo, propone incorporar un Anexo 3, denominado “FTA aplicable para los proyectos de inversión del subsector saneamiento que se encuentren en operación o funcionamiento”; en tal sentido, remite el proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca la Resolución Ministerial Nº 036-2017-VIVIENDA, a fi n que se proceda a disponer su publicación para que, en un plazo de diez (10) días hábiles, se reciban comentarios, aportes o sugerencias correspondientes; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario o fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. Asimismo, señala que, el aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el diario o fi cial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de diez (10) días hábiles; Que, a través del Informe Nº 350-2022-VIVIENDA/ OGAJ, desde el punto vista legal, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca la Resolución Ministerial Nº 036-2017-VIVIENDA; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca la Resolución Ministerial Nº 036-2017-VIVIENDA, a fi n de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de los artículos 4 y 5 del Decreto Legislativo Nº 1285, Decreto Legislativo que modi fi ca el artículo 79 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y establece disposiciones para la adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los instrumentos de gestión ambiental, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 010-2017-VIVIENDA; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2012-VIVIENDA; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca la Resolución Ministerial Nº 036-2017-VIVIENDA, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes o sugerencias de las personas interesadas. Artículo 2.- Consolidación de información Encargar a la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el procesamiento, evaluación e inclusión de ser el caso, de los comentarios, aportes o sugerencias que se reciban respecto del proyecto normativo citado en el artículo precedente, las que se recibirán a través del correo electrónico: medio.ambiente@vivienda.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2074081-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a entidades públicas y otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 059-2022-CONCYTEC-P Lima, 3 de junio de 2022VISTOS: El O fi cio N° 116-2022-PROCIENCIA-DE, el Informe Técnico - Legal Nº 004-2022-PROCIENCIA- UGG-UPP-UAL y Proveído N° 052-2022-PROCIENCIA-DE del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, el I nforme N° 052-2022-CONCYTEC-OGPP-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgada mediante Proveído N° 103-2022-CONCYTEC-OGPP y el Informe N° 073-2022-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído N° 182-2022-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno