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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (04/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Sábado 4 de junio de 2022 El Peruano / Cooperación y Relaciones Internacionales de la UNAJ, los días 06, 07 y 08 de junio del 2022, a la Ciudad de la Paz – Bolivia, autorizándose viáticos por 01 día, a fi n de cumplir con las siguientes actividades: a) Presentación del libro “La Acuicultura y la Gestión Integral de los Recursos Hídricos”. b) Suscripción de cartas de intención de suscripción de Convenio de Cooperación Interinstitucional con las siguientes universidades: Universidad Mayor San Andrés de Bolivia, Universidad Católica Boliviana “San Pablo” de la Paz y la Universidad Privada de Valle de la Paz. Artículo Segundo.- DISPONER, que se otorgue al Dr. Freddy Martin Marrero Saucedo Presidente de la Comisión Organizadora viáticos por un (01) día, Dr. Domingo Jesús Cabel Moscoso Vicepresidente de Investigación viáticos por un (01) día, Abg. Lenin Tunque Palomino Jefe de la Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales viáticos por un (01) día, conforme a la escala pertinente, debiendo rendir cuenta documentada y oportuna de los gastos efectuados con arreglo a ley. NOMBRES Y APELLIDOS PROGRAMA MONTO RUBRO DR. FREDDY MARTIN MARRERO SAUCEDO9001 $. 370.00 RDR DR. DOMINGO JESUS CABEL MOSCOSO9001 $. 370.00 RDR ABG. LENIN TUNQUE PALOMINO9001 $ 370.00 RDR Artículo Tercero.- DISPONER que el traslado de las autoridades universitarias a la frontera con Bolivia, será mediante vía terrestre, en un vehículo de la UNAJ, motivo por el cual es que se ENCARGA a la Unidad de Servicios Generales la designación de un vehículo para el traslado del personal comisionado. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR la habilitación de una bolsa de viaje (viáticos y peajes) por el monto de S/. 300.00 soles, a nombre del conductor Leovigildo Quispe Cruz, a fi n de cumplir con el traslado de ida y vuelta de los comisionados a la frontera de Perú y Bolivia. Artículo Quinto.- REMITIR el presente acto resolutivo a la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Unidad de Servicios Generales, para su conocimiento y acciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY MARTÍN MARRERO SAUCEDO PresidenteComisión Organizadora DANNY ALEXIS SANCA YANA Secretario General 2074203-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran infundado recurso de apelación interpuesto por ciudadano y confirman la Res. N° 000330-2022-DNROP/JNE, que declaró improcedente su recurso de reconsideración presentado en contra del acto de inscripción de su desafiliación a la organización política Avanza País - Partido de Integración Social RESOLUCIÓN Nº 0637 -2022-JNE Expediente Nº JNE.2022003691 CHOTA - CAJAMARCADNROPAPELACIÓN Lima, veinte de mayo de dos mil veintidósVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Marcial Mejía Martínez (en adelante, señor recurrente) en contra de la Resolución Nº 000330-2022-DNROP/JNE, del 21 de marzo de 2022, emitida por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, DNROP), que declaró improcedente su recurso de reconsideración presentado en contra del acto de inscripción de su desa fi liación a la organización política Avanza País - Partido de Integración Social. Oído: el informe oral.PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Mediante escrito presentado, el 24 de febrero de 2022 (Expediente Administrativo Nº 0003712-2022), el señor recurrente presentó, ante la DNROP, su renuncia a la organización política Avanza País - Partido de Integración Social. Para tal efecto, adjuntó los siguientes documentos: a) Formato 03-SC-JNE - Desa fi liación a una organización política. b) Copia de su Documento Nacional de Identidad (DNI). c) Formato 04-SC-JNE - Carta poder simple. d) Reporte consolidado de adherentes hábiles de la organización política Frente Regional de Cajamarca, del 9 de febrero de 2022. e) Historial de a fi liación. f) Comprobante de pago. 1.2. En atención a ello, la DNROP procedió en la misma fecha, con la anotación de su renuncia, que aparece en el sistema de Consulta detallada de a fi liación e historial de candidaturas del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), ubicada en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>, en el enlace “SROP” 1. 1.3. Con fecha 10 de marzo de 2022, el señor recurrente presentó recurso de reconsideración a fi n de que se corrija su a fi liación a la organización política Avanza País - Partido de Integración Social, y solicita “la eliminación de la publicidad registral del HISTORIAL DE AFILIACIÓN […] a la Organización Política AVANZA PAIS […]” 1.4. A través de la Resolución Nº 000330-2022-DNROP/ JNE, del 21 de marzo de 2022, la DNROP declaró improcedente su recurso de reconsideración, pues el señor recurrente no presentó prueba nueva y solo se limitó a precisar que no se encuentra conforme con el procesamiento de su renuncia, para lo cual adjuntó el padrón de a fi liados de la organización política Frente Regional de Cajamarca, que no guarda relación con su renuncia a la organización política Avanza País - Partido de Integración Social. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS 2.1. El 25 de marzo de 2022, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución Nº 000330-2022-DNROP/JNE, solicitando que se declare fundado su pedido realizado, el 24 de febrero y 10 de marzo de 2022, sobre renuncia por a fi liación indebida por parte de la organización política Avanza País - Partido de Integración Social, bajo los siguientes argumentos: a) El 31 de diciembre de 2021, visualizó en la página del Jurado Nacional de Elecciones, que no se encontraba afi liado a ninguna organización política; motivo por el cual, el 3 de enero de 2022, se inscribió a la organización política Frente Regional de Cajamarca. b) El 3 de enero de 2022, la organización política Frente Regional de Cajamarca presentó su Ficha de a fi liación N.° 16507, la que fue declarada como válida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec). c) La a fi liación a la organización política Avanza País - Partido de Integración Social fue realizada de manera indebida por don Guillermo Vasques Chingo, quien lo invitó para participar en dicha organización política, y a quien también le comunicó su voluntad de desa fi liación.