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54 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2022 El Peruano / 2.12 CORREGIR EL CÁLCULO DEL MONTO TOTAL FACTURADO POR ENEL DISTRIBUCIÓN AL SUMINISTRADOR ATRIA EN EL PERIODO FEBRERO 2021. 2.12.1 SUSTENTO DEL PETITORIOQue, señala la recurrente, en la Hoja: “Transferido” del archivo “Anexo Diferencias Montos de Transferencia (PubLiq12).xlsx”, los montos que se consideraron en la Columna G: “Considerado” para el periodo febrero 2021, está errado, pues se ha comprobado que las Notas Contables que el Suministrador ATRIA reportó en este periodo (Hoja: “Sumin_Facturas”), corresponden al periodo 202101. ENEL DISTRIBUCIÓN precisa que reportó estos documentos en el periodo correcto (Hoja: “Titu_Facturas”); Que, ENEL DISTRIBUCIÓN indica que la ND F742- 00000848 además de tener errado el periodo, también contiene errado el monto, pues dice S/ 96,47 (Hoja: “Sumin_Facturas”, celda: K821), sin embargo, lo indicado en el documento es S/ 63,10, adjuntando documento de sustento; Que, ENEL DISTRIBUCIÓN solicita corregir el monto considerado para el periodo 2021-02, corrigiendo el periodo de las Notas Contables indicadas anteriormente (periodo correcto: 2021-01) y el monto de la ND F742-00000848. 2.12.2 ANÁLISIS DE OSINERGMINQue, se veri fi có en la Hoja: “Transferido”, del archivo “Anexo Diferencias Montos de Transferencia (PubLiq12).xlsx”, que el monto de la Columna G: “Considerado” del mes de febrero de 2021, contiene los montos de las Notas de Crédito correspondientes al mes de enero de 2021; Que, se debe modi fi car el monto considerado para el periodo 2021-02, corrigiendo el periodo de las Notas Contables indicadas anteriormente con el periodo correcto: 202101; Que, por lo expuesto, este extremo del petitorio del Recurso debe ser declarado fundado. 2.13 CORREGIR MONTOS DE FACTURAS EMITIDAS POR ENEL DISTRIBUCIÓN AL SUMINISTRADOR ATRIA QUE HAN SIDO ANULADAS MEDIANTE NOTAS DE CRÉDITO. 2.13.1 SUSTENTO DEL PETITORIOQue, indica la recurrente, en la Hoja: “Transferido” del archivo “Anexo Diferencias Montos de Transferencia (PubLiq12).xlsx”, los montos que se consideraron en la Columna G: “Considerado” para los periodos de 2021-02 y 2021-04 son incorrectos debido a que en la Hoja: “Sumin_Facturas” el suministrador ATRIA reportó facturas con montos que han sido devueltos al suministrador mediante Notas de Crédito; Que, ENEL DISTRIBUCIÓN solicita corregir los montos indicados como facturados al Suministrador ATRIA en los periodos 2021-02 y 2021-04, eliminándolos del cálculo por ser facturas incorrectas. Asimismo, indica que esos montos fueron devueltos al Suministrador ATRIA y, para tales efectos, lo sustenta presentando las copias de las Notas de Crédito que adjunta al Recurso. 2.13.2 ANÁLISIS DE OSINERGMINQue, se veri fi có en la información presentada por ENEL DISTRIBUCIÓN para los periodos 2021-02 y 2021-04 que los montos reportados por ATRIA han sido cancelados con la emisión de Notas de Crédito que adjunta al Recurso; Que, corresponde corregir los montos facturados por ENEL DISTRIBUCIÓN al Suministrador ATRIA en los periodos 2021-02 y 2021-04, por el motivo que esos montos fueron devueltos al Suministrador ATRIA incluyendo las Notas de Crédito adjuntas al Recurso en el correspondiente cálculo del archivo “Anexo Diferencias Montos de Transferencia (PubLiq12).xlsx”; Que, por lo expuesto, este extremo del petitorio del Recurso debe ser declarado fundado.2.14 CORREGIR MONTOS ERRADOS INFORMADOS POR ATRIA DE LAS FACTURAS EMITIDAS POR ENEL DISTRIBUCIÓN EN LOS PERIODOS MAYO Y NOVIEMBRE 2021. 2.14.1 SUSTENTO DEL PETITORIOQue, mani fi esta la recurrente, en la Hoja: “Transferido” del archivo “Anexo Diferencias Montos de Transferencia (PubLiq12).xlsx”, los montos que se consideraron en la Columna G: “Considerado” para los meses de mayo y noviembre 2021 están errados, debido a que en la Hoja: “Sumin_Facturas” el suministrador ATRIA reportó montos incorrectos de las facturas emitidas por ENEL DISTRIBUCIÓN como titular; Que, ENEL DISTRIBUCIÓN remite el cuadro en el que detalla las diferencias encontradas entre lo facturado por ENEL DISTRIBUCIÓN a ATRIA y la información errada que reportó el suministrador; Que, ENEL DISTRIBUCIÓN remite anexo al Recurso copia de los documentos contables que sustentan los montos efectivamente facturados a Atria; Que, ENEL DISTRIBUCIÓN solicita corregir los montos de las facturas emitidas al Suministrador ATRIA en los periodos 2021-05 y 2021-11, además precisa que el monto fi nal para el periodo de 202105 es de S/ 335,388.89 (celda J8119) y para el periodo 2021-11 es de 399,725.85. 2.14.2 ANÁLISIS DE OSINERGMINQue, se veri fi có la documentación presentada por ENEL DISTRIBUCIÓN para los meses de mayo y noviembre 2021 y los montos indicados. Asimismo, los mencionados montos a corregirse se sustentan en copia de los documentos contables que adjunta al Recurso; Que, por lo tanto, corresponde corregir los montos de las facturas emitidas por ENEL DISTRIBUCIÓN al Suministrador ATRIA en los periodos 2021-05 y 2021-11, con los montos fi nales de S/ 335 388,89 (celda J8119) y de 399 725,85, respectivamente; Que, por lo expuesto, este extremo del petitorio del Recurso debe ser declarado fundado. 2.15 CORREGIR ERROR MATERIAL EN EL CÁLCULO DEL MONTO TOTAL DE LO FACTURADO POR ENEL DISTRIBUCIÓN AL SUMINISTRADOR FÉNIX. 2.15.1 SUSTENTO DEL PETITORIOQue, sostiene la recurrente, en la Hoja: “Transferido”, del archivo “Anexo Diferencias Montos de Transferencia (PubLiq12).xlsx”, el monto de la Columna J: “Facturas Titulares” de los periodos 2021-01 y 2021-10, están errados, ya que, se está sumando el monto de las Notas de Crédito, cuando debió restarse; Que, ENEL DISTRIBUCIÓN indica que, las facturas de estos periodos han sido reportadas por ENEL DISTRIBUCIÓN para lo cual muestra un cuadro indicando los documentos contables observados y los montos a corregir adjuntando también copias de los mismos en su RECURSO; Que, ENEL DISTRIBUCIÓN solicita corregir el monto señalado en los periodos enero y octubre 2021 del Área de Demanda 6, FENIX POWER como Suministrador (Hoja: “Transferido”, celdas: J1362 y J19425) por los montos correctos que ascienden a S/ 113,283.69 y S/ 197,660.49 respectivamente. Asimismo, considerar estos mismos montos como “Considerado” (celdas G1362 y G19425 respectivamente); 2.15.2 ANÁLISIS DE OSINERGMINQue, se ha veri fi cado en la Hoja “Titu_Facturas”, del archivo “Anexo Diferencias Montos de Transferencia (PubLiq12).xlsx” que los montos de las notas de créditos se estaban sumando cuando deben restarse; Que, corresponde corregir el monto señalado en los periodos 2021-01 y 2021-10 del Área de Demanda 6, FENIX POWER como Suministrador (Hoja: “Transferido”, celdas: J1362 y J19425) por los montos correctos