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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (29/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de junio de 2022 El Peruano / la ciudadanía en general por un período de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la citada Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; Que, luego de la absolución y análisis de los aportes recibidos durante el período de publicación de la propuesta normativa, mediante el Acuerdo Nº 018-2022, adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 018-2022 del 23 de junio de 2022, el Consejo Directivo del OEFA acordó aprobar la “Resolución de Consejo Directivo que aprueba la tipi fi cación de infracciones administrativas y establece la escala de sanciones aplicable a las Consultoras Ambientales”, razón por la cual resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fi n de asegurar su tramitación y vigencia inmediata; Contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios, de la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos, de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, de la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; en la Ley N° 29968, Ley de Creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE); y, en el Reglamento del Registro Nacional de Consultoras Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2021-MINAM; así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Literales h) y n) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Objeto1.1. La presente norma tiene por objeto tipi fi car las infracciones administrativas y establecer la escala de sanciones aplicable a las Consultoras Ambientales por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento del Registro Nacional de Consultoras Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2021-MINAM. 1.2. Las disposiciones contenidas en la presente Resolución garantizan la aplicación efectiva de los principios de proporcionalidad, razonabilidad y gradualidad. Artículo 2º.- Clasi fi cación de las infracciones 2.1. Las conductas infractoras tipi fi cadas en la presente norma se clasi fi can como leves, graves o muy graves. 2.2. Los tipos infractores aplicables al incumplimiento de las obligaciones de las consultoras ambientales inscritas en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales son de carácter transversal. Artículo 3º.- Infracción administrativa referida a la elaboración y suscripción de instrumentos de gestión ambiental incumpliendo la normativa del sector en el que se encuentre inscrita Constituye infracción administrativa elaborar y suscribir un instrumento de gestión ambiental incumpliendo la