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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2022 (13/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Domingo 13 de marzo de 2022 El Peruano / del Concejo Distrital de Las Amazonas, provincia de Maynas, departamento de Loreto, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.3. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 9 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Maynas, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.4. Sobre la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado, se advierte que el concejo distrital no remitió el original del respectivo comprobante de pago (ver SN 1.6.). Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de sus actividades, este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de la comuna y teniendo como antecedente la jurisprudencia del Supremo Tribunal Electoral (ver SN 1.5.), dispone la emisión de la credencial correspondiente, sin dejar de requerir que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado este pronunciamiento, se adjunte el comprobante de pago, bajo apercibimiento de ley. 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Rosa Venus Fajardo de Falcón en el cargo de regidora del Concejo Distrital de Las Amazonas, provincia de Maynas, departamento de Loreto, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Jacson Miguel Soplin Vílchez, identi fi cado con DNI Nº 73672605, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Las Amazonas, provincia de Maynas, departamento de Loreto, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculta como tal. 3. REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Las Amazonas, provincia de Maynas, departamento de Loreto, para que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado el presente pronunciamiento, cumplan con adjuntar el comprobante de pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado por declaratoria de vacancia, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), bajo apercibimiento de ley. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV) en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución Nº 539-2013-JNE.2 Numeral 6 de la parte considerativa de las Resoluciones Nº 056-2016- JNE y Nº 0150-2017-JNE; numeral 1.5 de la parte considerativa de las Resoluciones Nº 0435-2021-JNE y Nº 0882-2021-JNE. 3 Aprobada por la Resolución Nº 0106-2022-JNE, publicada el 25 de febrero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 5 Información corroborada con la consulta virtual del portal web del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, <https://cel.reniec.gob.pe/celweb/ index.html>. 2047558-1 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Pebas, provincia de Mariscal Ramón Castilla, departamento de Loreto RESOLUCIÓN Nº 0136-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022001319 PEBAS - MARISCAL RAMÓN CASTILLA - LORETOVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, tres de marzo de dos mil veintidósVISTO: el O fi cio Nº 008-2022-R/MDP, presentado el 2 de marzo de 2022, con el cual don Mateo Apasa Ima, don Joni Medardo Díaz Prado, doña Edith Gutiérrez Medina y don Américo Peña Marichin, regidores de la Municipalidad Distrital de Pebas, provincia de Mariscal Ramón Castilla, departamento de Loreto (en adelante, señores regidores), remitieron documentación relacionada con la declaración de vacancia de don Luis Demetrio Vásquez Rubio, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde). Primero. ANTECEDENTES1.1. A través del O fi cio Nº 008-2022-R/MDP, los señores regidores comunicaron que, en la sesión extraordinaria de concejo, del 28 de febrero de 2022, los miembros del Concejo Distrital de Pebas aprobaron la vacancia del señor alcalde por muerte, causa prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). 1.2. Adjuntaron los siguientes documentos: a) Acta de Sesión Extraordinaria de la Municipalidad Distrital de Pebas, del 28 de febrero de 2022, en la que el concejo aprueba la declaración de vacancia del señor alcalde. b) Acuerdo Municipal Nº 0004-2022-CMDP, del 28 de febrero de 2022, mediante el cual se formaliza la decisión adoptada por el concejo distrital. c) Certi fi cado de defunción general del señor alcalde, del 23 de febrero de 2022. d) Comprobante de pago de la respectiva tasa electoral, del 23 de febrero de 2022. CONSIDERANDOSPrimero. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. El numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, precisa que el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 1.2. El numeral 1 del artículo 22 prescribe que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte.