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89 NORMAS LEGALES Jueves 24 de marzo de 2022 El Peruano / Que, mediante el Informe Nº 100-2022-MDP/GDU- SGPUC, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, señala: Que, habiendo detectado predios sin regularizar, que no ejercen una debida articulación administrativa, social y económica en nuestra jurisdicción , especí fi camente en la Zona 1 colindante con el distrito de Lurín y la Zona 4 colindante con el distrito de Villa María del Triunfo, es necesario contar con un instrumento legal que faculte a esta entidad fl exibilizar los requisitos y exonerar el pago de tasa para el trámite de otorgamiento de Certi fi cado de Jurisdicción, a aquellos predios que aún no cuentan con el mencionado documento; el instrumento legal tendrá una vigencia de 180 días calendario desde su publicación. La Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 012-2022-MDP/GDU, hace suyo el Proyecto de Ordenanza que Exonera el Pago para el Trámite de Certi fi cado de Jurisdicción del Distrito de Pachacámac, propuesto por la Subgerencia Planeamiento Urbano y Catastro. La O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, con Informe Nº 46-2022-MDP/GM/OPP, señala que el proyecto de ordenanza contribuye con los objetivos estratégicos OEI.04 “Promover el desarrollo urbano, rural y transitabilidad ordenado, participativo y sostenible en el Distrito” previstos en el Plan Estratégico Institucional PEI-2019-2024 ampliado, y recomienda continuar con su trámite correspondiente. Que, con Informe N° 156-2022-MDP/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, señala que resulta procedente aprobar el proyecto de Ordenanza que Exonera el Pago para el Trámite de Certi fi cado de Jurisdicción del Distrito de Pachacámac. Que, mediante Dictamen N° 004-2022, la Comisión de Desarrollo Urbano, Rural y Transporte de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, opina de modo unánime que se apruebe la Ordenanza que exonera el pago para el trámite de Certi fi cado de Jurisdicción del Distrito de Pachacámac. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA EL PAGO PARA EL TRAMITE DE CERTIFICADO DE JURISDICCION DEL DISTRITO DE PACHACAMAC Artículo 1º.- OBJETIVO- Integrar, constituir, consolidar y rea fi rmar la jurisdicción del distrito de Pachacámac. - Regularizar los predios para un mejor desempeño administrativo, social y económico. - Emitir certi fi cado de jurisdicción con requisitos fl exibles y exoneración de pago de tasa Artículo 2º.- BASE LEGAL La presente Ordenanza se sustenta en la siguiente base legal: a. La Constitución Política del Perú, artículo 194° y 195°. b. Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 9° y 40° Artículo 3º.- ÁMBITO DE APLICACION Son sujetos de la presente Ordenanza, los predios ubicados en la jurisdicción del distrito de Pachacámac. Artículo 4º.- Procedimiento y requisitos El administrado debe presentar ante la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital de Pachacamac los siguientes documentos: - Formato de solicitud dirigida al alcalde - DNI del solicitante.- El representante deberá adjuntar carta de poder simple con su DNI/CE. - Documento que acrediten la propiedad.- Declaración Jurada manifestando ser el propietario del predio.- Plano De Ubicación Simple y/o Croquis de ubicación. El pago por derecho a trámite y veri fi cación municipal, será exonerado por acogerse a la presente ordenanza. El certi fi cado de jurisdicción, deberá consignar expresamente que las mismas, NO acredita derecho de propiedad o posesión sobre el predio en cuestión. Artículo 5º.- Los administrados asumen plena responsabilidad de los documentos que presentan ante la Municipalidad Distrital de Pachacamac, responsabilizándose administrativa, civil y penalmente por la veracidad de la información proporcionada de conformidad a las acciones que puedan derivarse de la aplicación que faculta y se reserva a la administración prevista en el art. 34º “Fiscalización Posterior” del TUO de la Ley Nº 27444. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Establézcase el plazo de 180 días calendario, desde que entre en vigencia la presente Ordenanza (publicación en el diario O fi cial el Peruano) para que los administrados presenten las solicitudes respectivas ante la Municipalidad, pudiendo ser prorrogable, facultándose al despacho de alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía emita los dispositivos necesarios para su mejor aplicación y de ser el caso ampliar la vigencia de la misma. Segunda. - Disponer que la O fi cina de Administración y Finanzas y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto brinden las facilidades del caso para la asignación de recursos logísticos y humanos a las unidades orgánicas encargadas del cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, O fi cina de Administración y Finanzas, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Administración Tributaria; el desarrollo e implementación de las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta .- Disponer que el presente trámite administrativo (Certi fi cado de Jurisdicción) no acredita derecho de propiedad y/o posesión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 2050208-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 000315/MDSA Mediante O fi cio Nº 000023-2022-MDSA/SG la Municipalidad Distrital de Santa Anita, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 000315/MDSA, publicada en la edición del viernes 18 de marzo de 2022, página 78. DICE:(...)VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, (...) DEBE DECIR:(...)VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha que se indica, (...) 2050690-1