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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2022 (04/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2022 El Peruano / CategoríaDerecho de ConexiónFactor K(USD/m3-día) B 7,28 3 C e IP 3,45 3 D 1,39 3 GNV 7,86 3 E 1,20 3 GE 0,68 3 Nota: Para las categorías A1 y A2 se considera un consumo promedio mensual de 0,5574 m3/d. En concordancia con el numeral 12.3 del Procedimiento de Estudios Tarifarios aprobado con Resolución N° 659-2008-OS/CD, los ingresos proyectados por concepto de Derecho de Conexión para el periodo tarifario 2022-2026 han sido descontados de la base tarifaria. Culminado el periodo tarifario 2022-2026, se liquidarán los montos descontados con los efectivamente recaudados, a fi n de determinar la existencia de saldos pendientes a ser considerados en el siguiente periodo regulatorio. Artículo 8.- Topes Máximos de Acometida Fijar los Topes Máximos de Acometida de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, para los consumidores con consumos menores o iguales a 300 m 3/mes, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 118 del Texto Único Ordenando del Reglamento de Distribución aprobado con Decreto Supremo N° 040-2008-EM. Cuadro N° 4 Topes máximos de Acometida para consumidores con consumos menores o iguales a 300 m 3/mes en Muro Existente Tipo de Medidor Tope Máximo de Acometida en gabinete de uso individual o compartido (USD/Acometida) Uso IndividualUso Compartido Doble Triple Cuádruple G1,6 (2,5 Sm3/h) 91,99 70,19 62,75 58,51 G4 (6 Sm3/h) 106,90 85,10 77,66 73,42 G6 (10 Sm3/h) 235,76 Nota: Solo se incluye obras civiles para instalación, no se incluye gabinete. Cuadro N° 5 Topes máximos de Acometida para consumidores con consumos menores o iguales a 300 m3/mes en Muro Construido Tipo de Medidor Tope Máximo de Acometida en gabinete de uso individual o compartido (USD/Acometida) Uso IndividualUso Compartido Doble Triple Cuádruple G1,6 (2,5 Sm3/h) 114,86 83,95 73,53 67,88 G4 (6 Sm3/h) 129,76 98,86 88,44 82,79 G6 (10 Sm3/h) 275,91 Nota: Solo se incluye obras civiles para instalación, no se incluye gabinete. Osinergmin incorporará nuevos tipos de acometidas anualmente, de ser necesario. El Concesionario podrá ofrecer diversas formas de pago para la adquisición de la Acometida. En caso otorgue fi nanciamiento deberá indicar claramente la tasa de interés a aplicar y el periodo de pago correspondiente. Para el caso de las demás categorías tarifarias, con consumos mayores a 300 m 3/mes, los topes máximos de acometida, así como sus correspondientes cargos por mantenimiento no son regulados por Osinergmin. En el caso de consumidores de las Categorías A1 y A2 con Acometidas de otras Categorías, el costo de mantenimiento no es regulado por Osinergmin, siendo aplicable lo previsto en el Artículo 71 del citado Reglamento de Distribución, por lo que el Concesionario debe descontar el costo de mantenimiento reconocido en la fi jación de tarifas para las Categorías A1 y A2. Artículo 9.- Cargo por Inspección, Supervisión y Habilitación de la Instalación Interna Fijar los Cargos por Inspección, Supervisión y Habilitación de la Instalación Interna de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao, para los consumidores de las Categorías con consumos mayores a 300 m 3/mes, de acuerdo con lo siguiente: Cuadro N° 6 Cargos por Inspección, Supervisión y Habilitación de la Instalación Interna para Consumidores Mayores a 300 m3/mes CargoClientes Comerciales USDClientes Industriales y GNV USD Inspección 67,16 111,18 Supervisión 57,07 121,56 Habilitación 85,77 444,22 Total 210,01 676,96 Artículo 10.- Cargos máximos por corte del servicio de distribución de gas natural Fijar los cargos máximos por corte del servicio de distribución de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo con lo siguiente: Cuadro N° 7 Cargos por Corte Tipo Descripción Categoría USD I Cierre del servicioA1 y A2 4,39 B e IP 4,39 C y GNV 67,68 D 67,68 IIRetiro de los componentes de la acometidaA1 y A2 6,59 B e IP 6,59 C y GNV 83,75 D 83,75 III Corte del servicioA1 y A2 132,63 B e IP 135,10 C y GNV Acero 215,05 C y GNV Polietileno 141,50D Acero 215,05 D Polietileno 141,50 Artículo 11.- Cargos máximos por reconexión del servicio de distribución de gas natural Fijar los cargos máximos por reconexión del servicio de distribución de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo a lo siguiente: Cuadro N° 8 Cargos por Reconexión Tipo Descripción Categoría USD IReconexión por cierre del servicioA1 y A2 5,18 B e IP 5,18 C y GNV 41,06 D 41,06