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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2022 (04/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2022 El Peruano / Técnico - Productiva”, el mismo que como Anexo N° 02 forma parte de la presente Resolución. Artículo 4- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBERTO HERNANDEZ ALCANTARA Viceministro de Gestión Pedagógica 2063822-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Directora General de la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0144-2022-JUS Lima, 3 de mayo de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Programa Sectorial IV, Nivel F-5, Director General de la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único .- Designar a la señora Smila Eliana Zevallos Zevallos en el cargo de Directora de Programa Sectorial IV, Nivel F-5, Directora General de la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX I. CHERO MEDINA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2063802-1 Disponen la publicación del proyecto de Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, el Decreto Supremo que lo aprobaría y la Exposición de Motivos que lo sustenta, en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0145-2022-JUS Lima, 3 de mayo de 2022VISTOS, los Memorandos Nº 73-2022-JUS/CN/P y Nº 99-2022-JUS/CN/P, de la Presidencia del Consejo del Notariado; los Informes Legales Nº 027-2022-JUS/ DGDNCR y Nº 030-2022-JUS/DGDNCR, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, los Informes Nº 192-2022-JUS/OGAJ y Nº 357-2022-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ley Nº 29809, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente, entre otras materias, en regulación notarial; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, se regula la función notarial; Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, señala que el ingreso a la función notarial se efectúa mediante concurso público de méritos, dicho concurso deberá realizarse ante jurado cali fi cador, el cual deberá constituirse conforme lo establece el artículo 11 del dispositivo legal referido. Asimismo; cabe precisar que, el artículo 8 del precitado Decreto Legislativo señala que el Estado reconoce, supervisa y garantiza la función notarial; Que, conforme al literal h) del artículo 142-A de la referida norma legal, la Presidencia del Consejo del Notariado, tiene como una de sus atribuciones, proponer normas y directivas para el mejor desarrollo de las funciones y atribuciones de la función notarial y del Consejo del Notariado; Que, en el marco de sus competencias, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene como una de sus funciones especí fi cas, estudiar y proponer la dación y reforma de la legislación, de conformidad con lo señalado en el literal I) del artículo 7 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante documento de vistos, la Presidencia del Consejo del Notariado ha señalado que resulta necesario un nuevo reglamento que dote al procedimiento de celeridad y e fi ciencia en sus distintas etapas de evaluación, y que asimismo se encuentre concordado con las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 1232; Que, en atención al principio de participación y transparencia en la gestión pública que recoge el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, resulta conveniente difundir el proyecto de Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, el Decreto Supremo que lo aprobaría y la Exposición de Motivos que lo sustenta, a fi n de permitir que los interesados formulen las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones sobre dicha propuesta; Que, asimismo, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario o fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, conforme lo establece el literal f) del artículo 4 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, este Ministerio es competente en materia de coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico; Con el visado de la Presidencia del Consejo del Notariado, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS;