Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2022 (04/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2022 El Peruano / y un marco de trabajo para implementar el enfoque de integridad pública en cada entidad; Que, mediante Acuerdo Nº 05-03-ESSALUD-2019 se aprobó la Nueva Política Anticorrupción del Seguro social de Salud- EsSalud, cuyo tercer lineamiento es el Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción, a fi n de materializar la voluntad y compromisos asumidos por la Alta Dirección; dicho instrumento de plani fi cación se formula sobre la base de un diagnóstico situacional, donde la institución priorice objetivos y establezca acciones concretas y metas a corto, mediano y largo plazo; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 463-PE-ESSALUD-2016 se conformó en el Seguro Social de Salud la Comisión Anticorrupción encargada de supervisar, articular y monitorear las acciones correspondientes que debe seguir la Institución para prevenir y combatir la corrupción, la misma que está integrada por: (i) el Presidente Ejecutivo, o su representante, quien la presidirá; (ii) el Gerente General o su representante; (iii) el Secretario General o su representante; (iv) un representante de la Sociedad Civil; y (v) un representante de los asegurados; Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 131-2018- PCM y Nº 064-2021-PCM aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, cuyos artículos 1 y 2 establecen como objetivo y fi nalidad que la referida norma regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; a fi n que éstas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera para responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, mediante Informe Nº 001–OFIN-PE- ESSALUD-2022 la O fi cina de Integridad propone la modi fi cación de los incisos: c), d), i), l) y n) del artículo 35-A del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y modi fi catorias, dado que desde la creación de la O fi cina de Integridad del Seguro Social de Salud – EsSalud se han aprobado diversas normas en la materia; siendo oportuna la identi fi cación de nuevas funciones y la supresión o modi fi cación de éstas, conforme al marco legal vigente; Que, con Memorando e informe de Vistos, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la modi fi cación de las funciones asignadas a la O fi cina de Integridad asignadas en los literales: c), d), i), l) y n) del artículo 35-A del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modi fi catorias, a fi n de adecuarlas al marco normativo vigente y lineamientos emitidos por la Secretaría de Integridad Pública, facultándose a la citada O fi cina para realizar el seguimiento de la implementación del Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción; proponer acciones de integridad y lucha contra la corrupción; así como realizar el monitoreo de la implementación del Modelo de Integridad en la institución. De igual modo, se precisan las funciones relacionadas con la implementación del Sistema de Control Interno y normativa de transparencia, acceso a la información pública y gestión de con fl icto de intereses, a fi n de aplicar la regla de no duplicidad de funciones, establecida en los Lineamientos de Organización del Estado; Que, asimismo en el Informe Nº 068-GOP-GCPP- ESSALUD-2022 se señala que en aplicación de los Lineamientos de Organización del Estado es pertinente dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 463-PE-ESSALUD-2016 que conformó la Comisión Anticorrupción; a fi n de aplicar la regla de no duplicidad de funciones; teniendo en cuenta que, conforme a los citados Lineamientos la coordinación al interior de una entidad no requiere en ningún caso la conformación de una Comisión; Que, con Memorando e Informe de Vistos la Gerencia Central de Asesoría Jurídica considera que la propuesta de modi fi cación de los literales c), d), i), l), y n) del artículo 35-A del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y modi fi catorias se encuentra dentro del marco legal descrito en los artículos 46 y 47 de los Lineamientos de Organización del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 131-2018-PCM y Nº 064-2021-PCM, y contando con el sustento técnico conforme se desprende del Informe Nº 001-OFIN-PE-ESSALUD-2022 de la O fi cina de Integración como órgano proponente, e Informe Nº 068-GOP-GCPP-ESSALUD-2022 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto en el marco de sus funciones, dentro del marco legal descrito en el presente Informe, se deberá proceder con su remisión a la Presidencia Ejecutiva de ESSALUD para su consideración y aprobación, conforme a lo señalado en los literales c) y d) del artículo 8 de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD; Que, conforme a lo señalado en los literales c) y d) del artículo 8 de la Ley Nº 27056, es competencia de la Presidencia Ejecutiva aprobar la estructura orgánica y funcional de ESSALUD, así como aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD y los demás reglamentos internos; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE:1. MODIFICAR los literales c), d), i), l) y n) del artículo 35-A del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modi fi catorias, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 35º -A OFICINA DE INTEGRIDAD(...)c) Proponer, coordinar y efectuar el seguimiento de la implementación del Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción; así como proponer acciones de integridad y lucha contra la corrupción en la institución, realizar el seguimiento a su cumplimiento, de acuerdo a la normatividad vigente. d) Proponer, implementar y evaluar mecanismos y/o estrategias que faciliten la identi fi cación, evaluación y mitigación de procesos o actividades que generen riesgos frente a la corrupción y otras prácticas cuestionables. (...)i) Monitorear, coordinar, realizar el seguimiento y asesorar a los funcionarios y servidores en la implementación del Modelo de Integridad en la Institución; debiendo informar los resultados a la Presidencia Ejecutiva. (...)l) Brindar apoyo a la Gerencia General respecto a la plani fi cación, ejecución, seguimiento y evaluación del Sistema de Control Interno. (...)n) Supervisar el cumplimiento de la normativa de transparencia, acceso a la información pública y gestión de con fl icto de intereses, así como, dar atención a las solicitudes respecto a información pública que genere o posea la O fi cina de Integridad”. 2. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial el Peruano, así como en el Plataforma Digital Única del Estado Peruano (Plataforma GOB.PE) y, en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud - ESSALUD (www.essalud.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto publique el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD en el Plataforma Digital Única del Estado Peruano (Plataforma GOB.PE) y, en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud - ESSALUD