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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (06/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 141

141 NORMAS LEGALES Jueves 6 de octubre de 2022 El Peruano / Convocan a ciudadana para que asuma, temporalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 3888-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022102238 PACANGA - CHEPÉN - LA LIBERTADLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diecinueve de setiembre de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 060-2022-MDP/GM, presentado el 14 de setiembre de 2022 por don Lázaro Cornejo de la Oliva, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a doña Gleydi Julia Carrión Cárdenas, regidora de la citada municipalidad (en adelante, señora regidora), con motivo de las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Chepén. ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio del visto, el señor recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida a la señora regidora con motivo de su participación como candidata en las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de 2022, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por la señora regidora y el Acuerdo de Concejo Nº 041-2022/MDP, del 14 de setiembre de 2022, que formalizó la decisión de aprobar por unanimidad la referida licencia sin goce de haber. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.2. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 2 re fi ere: Artículo 2.- Tipos de municipalidades Las municipalidades son provinciales o distritales. Están sujetas a régimen especial las municipalidades de frontera y la Municipalidad Metropolitana de Lima. Las municipalidades de centros poblados son creadas conforme a la presente ley. 1.4. El artículo 24 determina que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En la Ley Nº 31079, Ley que modi fi ca la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las Municipalidades de Centros Poblados, modi fi cada por la Ley Nº 30937, y la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados 1.5. El articulo 5 prescribe: Artículo 5. Procedimiento electoral y sistema de elección La municipalidad provincial, en coordinación con las municipalidades distritales correspondientes de su jurisdicción, organizan el proceso electoral. Para tal efecto se emite una ordenanza provincial de elección de autoridades de municipalidades de centros poblados, con arreglo a la normativa general que emita sobre la materia el Jurado Nacional de Elecciones. La ordenanza provincial mencionada no puede establecer para las candidaturas requisitos ni exclusiones mayores a los establecidos para la elección de alcaldes y regidores en la Ley de Elecciones Municipales [resaltado agregado]. […] En el Reglamento Marco para las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de 2022 (en adelante, Reglamento) 1.6. El artículo 1 establece que, sobre la base del presente reglamento, las municipalidades provinciales deben elaborar y aprobar mediante ordenanza municipal los reglamentos respectivos sobre la materia. 1.7. El artículo 15 indica:Artículo 15.- Impedimentos para ser candidato Resultan aplicables los impedimentos contemplados en la Constitución Política del Perú y en el artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales. Tampoco pueden ser candidatos los miembros del COEL. En la Ordenanza Municipal Nº 008-2022-MPCH, que aprueba la convocatoria del proceso electoral 2022 para las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados en el ámbito de la provincia de Chepén 1.8. A través de esta ordenanza, el Concejo Provincial de Chepén convoca a Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la provincia de Chepén, para el periodo del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2026, a llevarse a cabo el 6 de noviembre de 2022. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 1 (en adelante, Reglamento sobre la Casilla Electrónica) 1.9. El artículo 16 contempla:Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el O fi cio Nº 060-2022-MDP/GM, el señor recurrente informó que el 15 de agosto de 2022 la señora regidora presentó ante el Concejo Distrital de Pacanga su solicitud de licencia sin goce de haber desde el 7 de octubre al 5 de noviembre de 2022, debido a su intención de participar como candidata en las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de 2022, por la provincia de Chepén. 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del Concejo Distrital de Pacanga en la sesión ordinaria del 13 de setiembre de 2022, formalizada luego mediante el Acuerdo de Concejo