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69 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2022 El Peruano / Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional: 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: (…) c) Creación de programa conducente a grados y títulos.- Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 21, 22, 26 y 27; establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) 5 Publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 20 de agosto de 2022 6 RTD N° 037765-2022-SUNEDU-TD. 7 Referido al programa de Segunda Especialidad en Ingeniería Sanitaria Ambiental. 8 RTD N° 039415-2022-SUNEDU-TD. 9 RTD N° 042991-2022-SUNEDU-TD. 10 RTD N° 048250-2022-SUNEDU-TD. 11 RTD N° 050245-2022-SUNEDU-TD. 12 Presentado mediante RTD N° 051540-2022-SUNEDU-TD. 13 Presentado mediante RTD N° 051798-2022-SUNEDU-TD. 14 Presentado mediante RTD N° 052791-2022-SUNEDU-TD. 15 Las referidas reuniones se realizaron los días: 20 de julio de 2022, 4 de agosto de 2022, 9, 29 y 30 de septiembre de 2022, 3 y 10 de octubre de 2022. 2119301-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Designan Jefe del Órgano de Control Institucional del Hospital Regional de Huacho, Huaura, Oyón y Servicios Básicos de Salud RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 347-2022-CG Lima, 26 de octubre de 2022VISTOS: La Hoja Informativa N° 000019-2022-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; el Memorando N° 001194-2022-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000167-2022-CG/PER y el Memorando N° 002222-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 000843-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; y, el Memorando N° 000565-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años; señalando que, igualmente, se puede prorrogar el periodo de su designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las entidades públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, mediante el artículo 5 de la Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG, se encarga a la Vicecontraloría de Integridad y Control, durante el año fi scal 2022, en adición a sus funciones, desarrollar las funciones señaladas en los literales c), d) y f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, referidas a la gestión y ejecución de los servicios de control gubernamental que realizan las Gerencias Regionales de Control de Piura, Áncash, Arequipa, Junín, Ayacucho, Lima Provincias, Ica, Tacna, Ucayali, Tumbes, Madre de Dios, Huancavelica y Moquegua; Que, en dicho contexto, la Vicecontraloría de Integridad y Control, mediante la Hoja Informativa Nº 000019-2022-CG/VCIC, en atención a las competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, propone designar a la colaboradora María del Carmen Elena Sarmiento Abarca en el cargo de Jefe del OCI del Hospital Regional de Huacho, Huaura, Oyón y Servicios Básicos de Salud, entidad bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Lima Provincias; Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto; Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos mínimos de la profesional propuesta por la Vicecontraloría de Integridad y Control para el cargo de Jefe del OCI del Hospital Regional de Huacho, Huaura, Oyón y Servicios Básicos de Salud, con base en la Ley N° 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, la designación propuesta cumple con los requisitos del Manual de Clasi fi cador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 083-2022-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso;