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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (27/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2022 El Peruano / los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento, para la evaluación de los indicadores de las CBC aplicables. Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento señala que el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, el numeral 5 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sunedu 3 y el literal c) del numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento, establecen como supuesto de modi fi cación de licencia institucional, la creación de programa conducente a título 4. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU del 19 de agosto de 20225, se modi fi có el Reglamento de Licenciamiento, suprimiéndose requisitos de admisibilidad para los diversos escenarios de modi fi cación de licencia y se modi fi có el numeral 30.1 del artículo 30; los numerales 31.1, 31.5, 31.6 y 31.7 del artículo 31; y, el numeral 40.6 del artículo 40. El 12 de julio de 2022, por medio del O fi cio N° 0235-2022-R-UNA-PUNO 6, la Universidad presentó una SMLI, en medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu, referida a la creación de un (1) programa conducente a título en la modalidad presencial 7, de conformidad con el literal c) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. El 21 de julio de 2022, mediante O fi cio N° 0286-2022-R-UNA-PUNO 8, la Universidad remitió el Anexo N° 2 Formato de Solicitud de Modi fi cación de Licencia, precisando su pretensión, referida a la creación de un (1) programa conducente a título: Segunda Especialidad en Ingeniería Sanitaria Ambiental en modalidad presencial. El 1 de agosto de 2022, a través del O fi cio N° 0521-2022-SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad, observaciones a los requisitos de admisibilidad presentados con su SMLI, otorgándose el plazo de diez (10) días hábiles para su subsanación. El 15 de agosto de 2022, mediante O fi cio N° 0328-2022-R-UNA-PUNO 9, la Universidad remitió información con el objetivo de subsanar las observaciones notifi cadas mediante O fi cio N° 0521-2022-SUNEDU-02-12. El 23 de agosto de 2022, se noti fi có a la Universidad el Ofi cio N° 0623-2022-SUNEDU-02-12, a través del cual la Dilic, remite la Resolución de Trámite N° 2 del 22 de agosto de 2022, que resuelve declarar la admisibilidad de la SMLI presentada por la Universidad. El 13 de septiembre de 2022, por medio del O fi cio N° 0735-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 3, a través de la cual se resolvió realizar una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP), a través de la plataforma Microsoft Teams, los días 16 y 19 de septiembre de 2022, con la fi nalidad de recabar información vinculada a su SMLI. El 14 de septiembre de 2022, a través del O fi cio N° 0406-2022-R-UNA-PUNO 10, la Universidad solicitó la reprogramación de la DAP; en atención a ello, el 16 de septiembre de 2022, por medio del O fi cio N° 0749-2022-SUNEDU-02-12, se noti fi có la Resolución de Trámite N° 4, mediante la cual se resolvió reprogramar la DAP para los días 20 y 21 de septiembre de 2022. El 16 de septiembre de 2022, la Universidad remitió información, la misma que fue incorporada al expediente administrativo, a través de la Resolución de Trámite N° 5, del 20 de septiembre de 2022. El 22 de septiembre de 2022, a través del O fi cio N° 0780-2022-SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad, las Actas de inicio y fi n de la DAP, la copia del Anexo N° 1 del Acta de fi n de la DAP y los registros audiovisuales de entrevistas y recorridos virtuales realizados durante la referida diligencia. El 26 de septiembre de 2022, mediante O fi cio N° 0428-2022-R-UNA-PUNO 11, la Universidad remitió información requerida en el Anexo 1 de la DAP. El 3, 4 y 11 de octubre de 2022, mediante O fi cios N° 0431-2022-R-UNA-PUNO12, N° 0436-2022-R-UNA- PUNO13 y N° 0439-2022-R-UNA-PUNO14, respectivamente, la Universidad remitió información complementaria.Adicionalmente, corresponde indicar que durante el procedimiento de modi fi cación de licencia se llevaron a cabo siete (7) reuniones 15 entre la Dilic y representantes de la Universidad, en las que se le informaron aspectos relacionados a su SMLI. Mediante el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 045-2022-SUNEDU-02-12 del 18 de octubre de 2022, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar la modi fi cación de licencia referida a la creación de un (1) programa conducente a título: (SE59) Segunda Especialidad en Ingeniería Sanitaria Ambiental en la modalidad presencial; de conformidad con el literal c) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. Según el análisis contenido en el informe técnico antes referido, se tiene que, respecto a la propuesta formativa y normativa para la prestación del programa en la modalidad presencial, la Universidad cuenta con normativa interna vigente que regula la obtención del título profesional de segunda especialidad y el proceso de admisión, que guardan consistencia con lo establecido en la Ley Universitaria. Asimismo, posee un plan de estudios que cumple con las disposiciones de la Ley Universitaria respecto a la organización académica y curricular del programa de segunda especialidad. De igual modo, la Universidad presentó información que sustenta la creación del programa de Segunda Especialidad en Ingeniería Sanitaria Ambiental (SEG59), basándose en la problemática nacional y regional, así como, en la necesidad de contar con especialistas en dicha área. Adicionalmente, presentó la población objetivo delimitada y los actores estratégicos. Respecto a las líneas de investigación, dicha casa de estudios evidenció contar con veinticuatro (24) líneas y ciento ochenta (180) sub líneas de investigación además de contar con presupuesto para el nuevo programa de la presente SMLI, asimismo; tres (3) líneas de investigación y quince (15) sub líneas de investigación están asociadas al programa de Segunda Especialidad en Ingeniería Sanitaria Ambiental (SEG59). Además, evidenció el desarrollo de la investigación a través del incremento de las publicaciones cientí fi cas en bases de datos de alto impacto (WoS y Scopus); y la ejecución del presupuesto asignado, lo que evidencia la capacidad de gestión de los recursos para el cumplimiento de las actividades de investigación. Por otro lado, evidenció contar con veintitrés (23) docentes designados de la plana institucional para el desarrollo del programa de Segunda Especialidad en Ingeniería Sanitaria Ambiental (SEG59); por lo que garantiza el desarrollo adecuado de la enseñanza y fi nes del programa solicitado para la modalidad presencial. Al semestre 2022-II, la Universidad evidenció contar con 84,37% de docentes a tiempo completo; y 15,63% de docentes a tiempo parcial. Por tanto, la Universidad demostró superar el porcentaje mínimo de docentes a tiempo completo establecido en la Ley Universitaria. En relación con la infraestructura, la Universidad evidenció disponer de la infraestructura, equipamiento y mobiliario en el local SL01, para brindar el servicio académico del programa de Segunda Especialidad en Ingeniería Sanitaria Ambiental (SEG59). Además, cuenta con disponibilidad horaria en laboratorios y aulas del Pabellón de la Facultad de Ingeniería Química del local SL01, para la oferta del programa de Segunda Especialidad en Ingeniería Sanitaria Ambiental (SEG59). En lo que respecta a la sostenibilidad fi nanciera, la Universidad cuenta con recursos humanos, fi nancieros y materiales para la implementación del nuevo programa propuesto. El fi nanciamiento se realizará a través de recursos directamente recaudados, provenientes de los fondos de la Universidad para la etapa preoperativa, y desde el primer año con recursos autogenerados por el nuevo programa. Finalmente, la Universidad evidenció contar para el programa materia de la presente SMLI, con acervo bibliográ fi co en formato físico actual ubicado en el local SL01, en el que se identi fi caron ciento setenta y siete (177) títulos, y doscientos cincuenta y ocho (258) ejemplares; y, con una (1) base de datos de información como parte de su acervo bibliográ fi co virtual que se encuentra vigente.