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57 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de diciembre de 2023 El Peruano / Servicios de Saneamiento Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anónima – EPS EMAPAT S.A., para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del OTASS (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA Director Ejecutivo ANEXO ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE TAMBO PATA SOCIEDAD ANÓNIMA – EPS EMAPAT S.A. N° CÓDIGO DE FICHANOMBRE DE LA ACCIONPRESUPUESTO S/ 1 FI-05-GOCONSTRUCCION DE LINEA DE CONDUCCIÓN; EN EL(LA) PTAP BILLINGHURST Y SISTEMA DE AGUA POTABLE EL TRIUNFO EN LA LOCALIDAD TRIUNFO, DISTRITO DE LAS PIEDRAS, PROVINCIA TAMBO PATA, DEPARTAMENTO MADRE DE DIOS” (IOARR CUI N° 2472850) 2,534,430.00 MONTO A TRANSFERIR (S/) 2,534,430.00 2243751-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Ponen en circulación la novena moneda de la Serie Numismática “Constructores de la República Bicentenario 1821–2021” alusiva a José Manuel Valdés CIRCULAR N° 0024-2023-BCRP Lima, 12 de diciembre de 2023CONSIDERANDO:Que el Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en uso de las facultades que le son atribuidas en los artículos 42, 43 y 44 de su Ley Orgánica, ha dispuesto, en el marco de la conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, la emisión de una Serie Numismática denominada “Constructores de la República Bicentenario 1821–2021”, que tiene por fi nalidad, a través de un medio de pago de uso masivo, difundir la imagen e historia de personajes que tuvieron participación relevante en el proceso por la independencia del Perú, así como continuar con el impulso de la cultura numismática en nuestro país. SE RESUELVE:Artículo 1.- Poner en circulación, a partir del 13 de diciembre de 2023, la novena moneda de la Serie Numismática “Constructores de la República Bicentenario 1821–2021” alusiva a José Manuel Valdés. Las características de la moneda se detallan a continuación: Denominación : S/ 1,00 Aleación : AlpacaPeso : 7,32gDiámetro : 25,50 mmCanto : EstriadoAño de acuñación : 2023Anverso : Escudo de ArmasReverso : Composición alusiva a José Manuel ValdésEmisión : 10 millones de unidades En el anverso, en la parte central, se observa el Escudo de Armas del Perú rodeado de la leyenda “BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ”, el año de acuñación y un polígono inscrito de ocho lados que forma el fi lete de la moneda. En el reverso, en la parte central, se observa la imagen de José Manuel Valdés. También se aprecia un diseño geométrico de líneas verticales y la marca de la Casa Nacional de Moneda. Al lado izquierdo, la frase “BICENTENARIO 1821-2021”, la denominación en número y el nombre de la unidad monetaria “1 SOL”. Al lado de la denominación se aprecia el isotipo del Bicentenario, como símbolo de la serie. En la parte superior se muestra el nombre del personaje: “JOSÉ MANUEL VALDÉS”. Artículo 2.- Otorgar curso legal a estas monedas que circularán de manera simultánea con las actuales monedas de S/ 1,00. EDUARDO TORRES LLOSA VILLACORTA Gerente General 2243614-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a Argentina, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 2829-2023-R-UNA Puno, 30 de octubre del 2023VISTOS:El OFICIO N° 1063-2023-D-FCCA-UNA (28-08- 2023), cursado por el Decano de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas; y, el MEMORANDUM N° 990-2023-SG-UNA-PUNO (24-10-2023) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje a ARGENTINA, de los docentes: Dr. MANUEL ANCHAPURI QUISPE y Dr. ALBERTO MAGNO CUTIPA LIMACHE; con fi nes de capacitación; CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional del Altiplano - Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público, cuerpo normativo que entre otros, indica que la autorización de viaje debe publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; en razón a ello, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos de las universidades públicas