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25 NORMAS LEGALES Jueves 14 de diciembre de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor MANUEL HUMBERTO VALDERA GARCIA en el cargo de Director de la Dirección de Digitalización y Formalización de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Producción 2244147-1 Autorizan transferencia financiera a favor de los Núcleos Ejecutores de Compras para el Sector Productivo de Textil - Confecciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000420-2023-PRODUCE Lima, 13 de diciembre de 2023VISTOS: El Memorando Nº 00001324-2023-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando Nº 00000537-2023-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU y el Informe Nº 00000095-2023-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ggiron del Programa Nacional Compras a MYPErú; el Memorando Nº 00001055-2023-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 00000312-2023-PRODUCE/OP de la O fi cina de Presupuesto; y, el Informe Nº 00001540-2023-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución Ministerial Nº 432-2022-PRODUCE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, el Decreto Legislativo Nº 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, tiene por objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las micro y pequeñas empresas (MYPE) mediante la conformación de núcleos ejecutores de compras (NEC); Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1414 establece que los NEC son entes colectivos constituidos que gozan de capacidad jurídica para contratar e intervenir en procedimientos administrativos y judiciales; disponiendo que se sujetan a dicho Decreto Legislativo, su Reglamento, demás disposiciones que emita el Ministerio de la Producción y, supletoriamente, a las normas que regulan las actividades del ámbito del derecho privado; Que, el numeral 11.6 del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1414 dispone que el Ministerio de la Producción trans fi ere fi nancieramente los recursos a favor de los NEC para las adquisiciones de los bienes requeridos por las entidades demandantes, así como para la gestión administrativa de los NEC de corresponder, señalando que las referidas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del Ministerio de la Producción o del funcionario a quien dicho titular delegue, y se publican en el diario o fi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 11.7 del artículo 11 del citado Decreto Legislativo, establece, entre otros, que para las transferencias de recursos a los NEC, se requiere la suscripción de un convenio entre estos y el Ministerio de la Producción, a través de sus órganos de línea, programas o proyectos, en el cual se establecen los términos y condiciones para la entrega de los citados recursos, así como para las correspondientes rendiciones de cuentas; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2019-PRODUCE, aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1414, con el objeto de establecer las disposiciones reglamentarias para impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las MYPE a través del Régimen de Desarrollo Productivo y su participación en las compras públicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2021-PRODUCE, se crea el Programa Nacional Compras a MYPErú, dependiente funcionalmente del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, con el objeto de impulsar la participación de las MYPE en el proceso especial de compras y promover su desarrollo productivo y competitivo, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1414 y su Reglamento; Que, el artículo 72 de la Ley Nº 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 47 991 408,00 (CUARENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Producción, los cuales serán transferidos a los Núcleos Ejecutores de Compras del Programa Nacional Compras a MYPErú, para fi nanciar la adquisición de bienes manufacturados por las micro y pequeñas empresas - MYPE, a requerimiento y en bene fi cio del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiendo al Sector Textil Confecciones la suma de S/ 5 191 200,00 (CINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES); y, al Sector Metalmecánica la suma de S/ 42 800 208,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL DOSCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES); Que, con fecha 29 de noviembre de 2023, se suscribe el convenio entre el Ministerio de la Producción a través del Programa Nacional Compras a MYPErú y el Núcleo Ejecutor de Compras para el Sector Productivo de Textil - Confecciones, que tiene por objeto establecer los términos y condiciones de adquisición de los bienes especializados que serán transferidos al NEC, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1414 y demás normativa aplicable, los cuales ascienden a la suma de S/ 5 191 200,00 (CINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES); Que, con fecha 29 de noviembre de 2023, se suscribe el convenio entre el Ministerio de la Producción a través del Programa Nacional Compras a MYPErú y el Núcleo Ejecutor de Compras para el Sector Productivo Metalmecánica, que tiene por objeto establecer los términos y condiciones de adquisición de los bienes especializados que serán transferidos al NEC, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1414 y demás normativa aplicable, los cuales ascienden a la suma de S/ 42 800 208,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL DOSCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES); Que, con Memorando Nº 00001324-2023-PRODUCE/ DVMYPE-I el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remite a la Secretaría General el Memorando Nº 00000537-2023-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU y el Informe Nº 00000095-2023-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ggiron del Programa Nacional Compras a MYPErú, por los que se propone autorizar una transferencia fi nanciera a favor de los NEC para el Sector Productivo de Textil - Confecciones hasta por la suma de S/ 5 191 200,00 (CINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES) y a favor del Sector Productivo Metalmecánica hasta por la suma de S/ 42 800 208,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL DOSCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES) respectivamente, para fi nanciar la adquisición de los bienes requeridos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS;