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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (14/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Jueves 14 de diciembre de 2023 El Peruano / la emisión del acto administrativo cuya permanencia sea indispensable para la existencia de la relación jurídica creada; Que, la DGH mediante el Informe N° 221-2023-MINEM/ DGH, ha sustentado la con fi guración del supuesto de revocación de las Resoluciones Directorales que otorgaron la inscripción de signo y color para sus cilindros de GLP a favor de las Empresas Envasadoras Kero Gas AQP Asociados S.R.L., El Meridiano S.A., Huaral Gas S.A., Lucy Cunza Sullcahuaman, Polly’s Packing Service S.A., Propano Perú S.A. y Yogas S.A.; toda vez que, no cuentan con inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos como Planta Envasadora de GLP de manera posterior y/o no se encuentra información alguna sobre su Registro de Hidrocarburos, habiendo desaparecido una condición cuya acreditación fue exigida legalmente para la emisión de las respectivas Resoluciones Directorales que otorgaron la inscripción de signo y color para sus cilindros de GLP; Que, el último párrafo del numeral 214.1 del artículo 214 del TUO de la LPAG establece que la revocación solo podrá ser declarada por la más alta autoridad de la entidad competente, previa oportunidad a los posibles afectados para presentar sus alegatos y evidencia en su favor; Que, según lo señalado en el Informe N° 221-2023-MINEM/DGH, la DGH cumplió con efectuar la noti fi cación personal a las mencionadas Empresas Envasadoras del O fi cio (M) Nos. 031-2023-MINEM/DGH, mediante el cual se les informó sobre el procedimiento administrativo iniciado para la revocación de la inscripción de signo y color distintivo para sus Cilindros de GLP, por haber sido cancelado su inscripción en el Registro de Hidrocarburos como Planta Envasadora de GLP de manera posterior y/o no se encuentra información alguna sobre su Registro de Hidrocarburos, conforme a lo informado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Osinergmin - OSINERGMIN, otorgándoles un plazo para sus alegatos respectivos; Que, no habiéndose podido realizar la noti fi cación personal a las empresas consignadas en el O fi cio (M) N° 031-2023-MINEM/DGH en sus respectivos domicilios, de conformidad con el numeral 20.1.3 del artículo 20 del TUO de la LPAG, con fecha 21 de setiembre de 2023 se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” el contenido de los mencionados O fi cios, comunicando a las referidas Empresas Envasadoras sobre el procedimiento administrativo iniciado para la revocación de las Resoluciones Directorales que otorgaron la inscripción del signo y color distintivo para sus cilindros de GLP, sin que estas hayan cumplido con presentar sus alegatos en el plazo otorgado, por lo que se ha con fi gurado la causal de revocación prevista por el numeral 214.1.2 del artículo 214 del TUO de la LPAG; Que, mediante Informe N° 1243-2023-MINEM/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Ministerial que aprueba la revocación de las inscripciones de signo y color distintivo para cilindros de GLP otorgadas a las Empresas Envasadoras Kero Gas AQP Asociados S.R.L., El Meridiano S.A., Huaral Gas S.A., Lucy Cunza Sullcahuaman, Polly’s Packing Service S.A., Propano Perú S.A. y Yogas S.A.; de acuerdo con lo sustentado por la DGH; De conformidad el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, el Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo, aprobado por Decreto Supremo N° 01-94-EM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Revocar las inscripciones de signo y color distintivo para cilindros de GLP otorgadas a las Empresas Envasadoras Kero Gas AQP Asociados S.R.L., El Meridiano S.A., Huaral Gas S.A., Lucy Cunza Sullcahuaman, Polly’s Packing Service S.A., Propano Perú S.A. y Yogas S.A., conforme al siguiente detalle: N° Empresa SignoColor del cilindroResolución Directoral 1Envasadora Kero Gas AQP Asociados S.R.L.KERO GASVerde turqueza151-2001-EM/DGH 2 El Meridiano S.A. FULL GAS Amarillo olivo 012-94-EM/DGH 3 Huaral Gas S.A. HG Verde pino 012-94-EM/DGH 4Lucy Cunza SullcahuamanCUSCO GAS Verde musgo 060-2002-EM/DGH 5Polly’s Packing Service S.A.YOIGAS Rojo salmón 029-2013-MEM/DGH POLY GAS Gris beige 216-2018-MEM/DGH 6 Propano Perú S.A. PROPESA Lila azul 042-94-MEM/DGH 7 Yogas S.A. YOGAS Gris oscuro 008-94-MEM/DGH Fuente: Informe N° 221-2023-MINEM/DGH y Memorando N° 1824-2023/MINEM-DGH Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial a las Empresas Envasadoras Kero Gas AQP Asociados S.R.L., El Meridiano S.A., Huaral Gas S.A., Lucy Cunza Sullcahuaman, Polly’s Packing Service S.A., Propano Perú S.A. y Yogas S.A. y al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2243949-1 PRODUCE Designan Director de la Dirección de Digitalización y Formalización RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000419-2023-PRODUCE Lima,13 de diciembre de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Digitalización y Formalización de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria;