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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2023 El Peruano / VISTOS: El memorándum N° 04985-2023-SUNASS-OPPM- UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Sunass, el proveído de fecha 19 de diciembre del 2023 de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el memorándum N° 00855-2023-SUNASS-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) es un organismo público regulador, creado por Decreto Ley N° 25965, y adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera. Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 (Ley N° 31953) comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, disponiendo medidas especí fi cas que regirán la gestión presupuestaria, así como las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal a que deben sujetarse las entidades. Que, la Ley N° 31953 establece, entre otros, que determinadas entidades públicas deben aprobar disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de ingresos del personal. Respecto a los organismos supervisores y reguladores de servicios públicos, el literal e) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria señala que, el procedimiento para la aprobación de tales disposiciones incluye resolución de su titular y su respectiva publicación en el Diario O fi cial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2023; asimismo, en materia de ingresos del personal se sujeta a lo dispuesto en dicha normativa, y, en lo corresponda, a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus Reglamentos, aprobados en el marco de la Décima Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley. Que, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con proveído de fecha 19 de diciembre de 2023 y con memorándum N° 04985-2023-SUNASS-OPPM-UPP la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, sustenta y eleva para su aprobación la propuesta de Disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal de la Sunass para el año 2024, las cuales se emiten de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 31953. Que, conforme al artículo 9 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N° 145-2019-PCM, el presidente ejecutivo es el titular de la entidad, por lo que se constituye en la autoridad competente para emitir la resolución que aprueba las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal. De conformidad con la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, y con los vistos de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; y la O fi cina de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR las Disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal de la Sunass para el año 2024, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- PONER EN CONOCIMIENTO de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la presente resolución y las medidas aprobadas. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución y de las Disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal de la Sunass para el año 2024 en el diario o fi cial El Peruano y en la página institucional de la Sunass (www. gob.pe/sunass). Regístrese, comuníquese y archívese. MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo DISPOSICIONES DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL DE LA SUNASS PARA EL AÑO 2024 1. ANTECEDENTE Los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, Ley N° 31953 (en adelante la Ley), establecen disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingreso de personal (en adelante las Disposiciones) aplicables a las entidades que se encuentran bajo el alcance de la referida norma. Sin embargo, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley señala que la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento -Sunass, entre otras entidades, está facultada a aprobar sus propias disposiciones que contienen necesariamente medidas en los rubros antes mencionados, mediante resolución de su titular. 2. OBJETIVOEstablecer disposiciones especí fi cas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal en la Sunass para el año 2024. 3. ALCANCELas normas contenidas en la presente disposición son de observancia y aplicación obligatoria para todo el personal que labora o presta servicios en la Sunass con independencia del nivel jerárquico y modalidad contractual que lo vincula a la institución. 4. BASE LEGAL• Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y modi fi catorias. • Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modi fi catorias. • Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. 5. DISPOSICIONES DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESO DE PERSONAL Las disposiciones, constituyen un conjunto de medidas necesarias para la racionalización del gasto, así como para el manejo adecuado y e fi ciente de los recursos. En ese sentido, se establecen las siguientes disposiciones: 5.1 Medidas en materia de incorporación del personal 5.1.1 Prohíbase la incorporación del personal en el Pliego 021: Sunass por servicios personales y el nombramiento, salvo en los supuestos a), k), m) señalados en la Ley y en el supuesto que detallamos a continuación: La contratación para el reemplazo por cese, para la suplencia temporal de los servidores del Sector Público, o para el ascenso o promoción del personal, en tanto se implemente la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en los casos que corresponda. En el caso de los reemplazos por cese del personal, este comprende al cese que se hubiese producido a partir del año 2022, debiéndose tomar en cuenta que la incorporación a la administración pública se efectúa necesariamente por concurso público de méritos, sujeto a los documentos de gestión respectivos y cuya plaza se encuentre registrada en el Aplicativo informático