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39 NORMAS LEGALES Jueves 2 de febrero de 2023 El Peruano / Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, eleva la carta de renuncia del abogado Juan Zamora Núñez, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Amazonas, actualmente O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Amazonas, por motivos personales, asimismo, eleva la propuesta respectiva para ocupar dicho cargo. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, en mérito a la diferencia señalada en el párrafo precedente, cabe destacar que, el numeral 64.2 del artículo 64° de la Ley N.° 30483, Ley de la Carrera Fiscal y su modi fi catoria, de fi ne a los fi scales provisionales como “aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se le designa”. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución; más aún, si ellos cuentan con una plaza de origen titular. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de aceptar la renuncia formulada por el abogado Juan Zamora Núñez y deberá ser designado en una plaza fi scal conforme a su título de nombramiento expedido por el fenecido Consejo Nacional de la Magistratura, para lo cual se deberá dar por concluida la designación del personal fi scal que ocupa provisionalmente su plaza; de igual forma, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo de Fiscal Superior, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N.° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Juan Zamora Núñez, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, y al cargo de Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Amazonas, actualmente O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Amazonas, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.° 060-2017-MP-FN y Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.° 005-2017-MP-FN-JFS, de fechas 09 y 06 de enero de 2017, respectivamente. Artículo Segundo .- Dar por concluida la designación del abogado Manuel Antonio Dejo Lalopu, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Bongará, Distrito Fiscal de Amazonas, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Bongará, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.° 2981-2019-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2019. Artículo Tercero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Yadhira Fernández Fuentes, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Bagua, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2482-2019-MP-FN y 1501-2020-MP-FN, de fechas 10 de setiembre de 2019 y 30 de diciembre de 2020, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Cuarto .- Dar por concluida la designación del abogado Jorge Eudocio Valdivia Ysla , Fiscal Provincial Titular Especializado en Materia Ambiental (Sede Chachapoyas) de Amazonas, Distrito Fiscal de Amazonas, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Amazonas, con sede en Chachapoyas, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.° 150-2013-MP-FN, de fecha 17 de enero de 2013. Artículo Quinto .- Nombrar al abogado Jorge Eudocio Valdivia Ysla, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándolo como Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Amazonas, con retención de su cargo de carrera. Artículo Sexto .- Designar al abogado Juan Zamora Núñez , Fiscal Provincial Titular Mixto de Bongará, Distrito Fiscal de Amazonas, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Bongará. Artículo Séptimo .- Designar al abogado Manuel Antonio Dejo Lalopu, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Bongará, Distrito Fiscal de Amazonas, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Bagua. Artículo Octavo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo quinto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Noveno .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Amazonas, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2148082-1