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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (04/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Sábado 4 de febrero de 2023 El Peruano / Artículo Segundo.- FINALIDAD.- La presente Ordenanza tiene por fi nalidad establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y determinar un descuento especial en los Arbitrios Municipales, para los contribuyentes que realicen el pago oportuno o por adelantado de sus obligaciones tributarias, correspondiente al ejercicio fi scal 2023. Artículo Tercero.- VIGENCIA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano y regirá hasta el 29 de diciembre de 2023. Artículo Cuarto.- ACOGIMIENTO.- Podrán acogerse todos los contribuyentes del Distrito de San Juan de Mira fl ores que cuenten con tributos generados para el ejercicio 2023. Artículo Quinto.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES De conformidad con lo establecido en el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal y de lo establecido en la Ordenanza Nº 471/MDSJM, las fechas de vencimiento del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2023 son: ConceptoImpuesto PredialArbitrios Municipales PAGO ANUAL AL CONTADO 28 de Febrero PAGO FRACCIONADOPrimera cuota28 de febrero 31 de marzo Segunda cuota31 de mayo 28 de junio Tercera cuota31 de agosto 29 de setiembre Cuarta cuota30 de noviembre29 de diciembre Artículo Sexto.- DESCUENTOS OTORGADOS POR INCENTIVO DE “PRONTO PAGO” Los descuentos que se señalan a continuación se otorgarán siempre y cuando el contribuyente acceda voluntariamente según el siguiente detalle: USO PAGO CONDICIÓNDESCUENTOS EN ARBITRIOS CASA HABITACIÓNPago anualPagar la totalidad de los montos por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (dentro de la fecha del 1er. vencimiento del Impuesto Predial)15% Pago trimestralPagar el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales de maneratrimestral (dentro de la fecha de vencimiento)10% OTROS USOSPago anualPagar la totalidad de los montos por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (dentro de la fecha del 1er. vencimiento del Impuesto Predial)8% Pago trimestralPagar el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de manera trimestral (dentro de la fecha de vencimiento)5% Artículo Séptimo.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACIÓN QUE GENERA EL INCENTIVO.- Los incentivos establecidos en el artículo Sexto de la presente Ordenanza son aplicables solo al insoluto de los Arbitrios Municipales determinados para el Ejercicio Fiscal 2023 y según las fechas de vencimiento respectivas. Y en todas las modalidades de descuento por “Pronto pago” de Arbitrios Municipales, detalladas en el artículo Sexto, el bene fi cio se aplicará por predio cancelado (predio declarado). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- En el caso de los contribuyentes pensionistas o adultos mayores que cuenten con el bene fi cio de la deducción de hasta 50 UIT de la base imponible para la determinación del Impuesto Predial se considerará como pago del Impuesto Predial, la cancelación del derecho de emisión. Segunda.- El costo generado por la aplicación de los bene fi cios dispuestos a través de la presente Ordenanza, será asumido íntegramente por la municipalidad. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Administración y Finanzas, y demás dependencias de la administración la correcta aplicación de la presente Ordenanza; a la Secretaria General su publicación en el diario o fi cial El Peruano; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático, y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal web de la Institución: www. munisjm.gob.pe. Cuarta.- FACÚLTESE a la señora alcaldesa para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2149001-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Autorizan Registro de Firmas de Funcionarios para el manejo de las cuentas bancarias de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres ACUERDO DE CONCEJO N° 001-2023/MDSMP San Martín de Porres, 6 de enero de 2023EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: En Sesión Extrardinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 001-2023-GAF-MDSMP de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N°001-2023-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; mediante el cual solicita la Aprobación de Registro de Firmas para el manejo de cuentas de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N°30305, establece que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo dispuesto por el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de