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56 NORMAS LEGALES Sábado 4 de febrero de 2023 El Peruano / artículo 3° establece entre otras, que constituye obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar a los funcionarios responsables de entrega de información de acceso público; y, de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Entidad; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 1050-2021- A/MDSJL, de fecha 17 de noviembre de 2021, se encargó a la señora Carmen Del Milagros Angulo Zevallos, el área orgánica de la Subgerente de Tramite de Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones de Subgerente de Formalización y Promoción Empresarial; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 1074-2021- A/MDSJL, de fecha 18 de noviembre del 2021, se designó a la señora Carmen Del Milagros Angulo Zevallos, Subgerente de Trámite Documentario; como funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud a lo establecido del T.U.O de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 1338- 2022-A/MDSJL, de fecha 14 de diciembre de 2022, se dio por concluido el encargo dado a la señora Carmen Del Milagros Angulo Zevallos, del área orgánica de la Subgerencia de Tramite de Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 075-2008-PCM y sus modi fi catorias, reasumiendo sus funciones habituales de Subgerente de Registro Civil; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 001-2023-A/ MDSJL, de fecha 01 de enero de 2023, se designó a la señora Gina Ysela Gálvez Saldaña, el área orgánica de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20° DE LA LEY N° 27972 – LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA, la designación dada a la señora Carmen Del Milagros Angulo Zevallos, mediante Resolución de Alcaldía N° 1074-2021-A/MDSJL, de fecha 18 de noviembre de 2021, como funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud a lo establecido del T.U.O de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Decreto Supremo N° 043-2003-PCM. Dejar sin efecto dicha Resolución y toda norma legal de igual nivel que se oponga a la presente. Artículo 2°.- DESIGNAR a partir de la fecha, a la señora Gina Ysela Gálvez Saldaña designada del área orgánica de la Secretaría General; como funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud a lo establecido del T.U.O de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Decreto Supremo N° 043-2003-PCM. Artículo 3°.- DISPONER que los funcionarios y servidores de la Corporación Municipal, proporcionen la información y documentación que soliciten el responsable de entregar la información de acceso público, en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo 4°.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución, a los funcionarios designados y a todas las Unidades Orgánicas que conforman ésta Corporación Municipal. Artículo 5°.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívase.JESÚS MALDONADO AMAO Alcalde 2148515-1Designan responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 049-2023-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 9 de enero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en cumplimiento de éste, mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, se aprueba su reglamento; Que, conforme lo establece el artículo 3° del Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, bajo el principio de publicidad se desprenden que todas las actividades y disposiciones de las Entidades de la Administración Pública a lo que hace referencia el artículo IV, numeral 1.19 del Título Preliminar del TUO de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el D.S N° 004-2017-JUS, están sometidas al Principio de Acceso Permanente. Además los funcionarios responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información que se re fi ere esta Ley; en consecuencia toda información que posee el Estado se presume pública, salvo excepciones expresamente previstas en los artículos 15° al 17° del Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, adoptando las medidas básicas que garanticen y promuevan la transferencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública, teniendo el Estado la obligación de entregar la información solicitadas; Que, conforme lo establece el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en su artículo 3° establece entre otras, que constituye obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Entidad; Que, el Portal de Transparencia Estándar - PTE, es una herramienta informática integrada al Portal del Estado Peruano, que contiene información de gestión clasi fi cada en los rubros temáticos y presentada en formatos estándares por las Entidades de la Administración Pública, que están en la obligación de publicar y actualizar, conforme a los plazos que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pudiendo publicar información adicional que consideren cada rubro temático: asimismo, contiene una iconografía amigable, de lenguaje claro y de fácil acceso a la ciudadanía, con grá fi cos estadísticos e integra información de fuentes o fi ciales como el Ministerio de Economía y Finanzas, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, Contraloría General de la República, Presidencia del Consejo de Ministros, entre otros; Que, según el numeral 18 y 23 del artículo 60° de la Ordenanza N° 345, que aprueba la Estructura Orgánica y el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, señala que son funciones de la Secretaria de Comunicación e Imagen Institucional entre ellas, mantener actualizado la información del portal web en coordinación con la Subgerencia de Tecnologías de la Información y demás unidades orgánicas competentes y monitorear las consultas efectuadas por los ciudadanos, así como desarrollar mecanismos para el uso óptimo del Portal