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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (09/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Jueves 9 de febrero de 2023 El Peruano / Que, el tercer párrafo del artículo 20° de la Ley N° 27785, dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, se aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, de acuerdo con la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG referida, el monto de la retribución económica a abonar por parte de la Defensoría del Pueblo es de S/ 117,056.00, para cada periodo a auditar correspondiente a los años 2021 y 2022; Que, en esa línea, mediante la Resolución Defensorial N° 003-2022/DP, de fecha 27 de enero de 2022, se resolvió aprobar lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022, del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo hasta por la suma de S/ 58,528.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de una sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2021. Artículo Segundo.- APROBAR la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022, del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo hasta por la suma de S/ 58,528.00 CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República destinado a la contratación de una sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2022; Que, al respecto, mediante el Memorando N° 470- 2022-DP/OPP, de fecha 18 de agosto de 2022, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Defensoría del Pueblo comunica a la O fi cina de Administración y Finanzas que: “(…) se aprobó en dicha resolución [Resolución Defensorial N° 003-2022/DP] la previsión de recursos para el año 2023 por un monto total de S/ 58,528 que corresponde al 50% restante del año 2022, estos recursos han sido programados en el proceso de formulación presupuestal para el año 2023.” ; Que, posteriormente, a través del O fi cio N° 001299- 2022-CG/GAD, de fecha 27 de julio de 2022, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República comunica a la Defensoría del Pueblo que: “Según lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva de la referencia b) y conforme a lo establecido en las disposiciones antes indicadas, esta Entidad Fiscalizadora Superior realizó el Concurso Público de Méritos N° 01-2022 y designó a la Sociedad de Auditoria Pierrend, Gómez & Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada para efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental de los periodos antes indicados, habiéndose contratado sólo la ejecución de la auditoría por el periodo 2021, encontrándose pendiente la contratación de la auditoría del periodo 2022.” ; Que, asimismo, en el referido o fi cio de la Gerencia de Administración se solicita que: “(…) En ese sentido, atendiendo a que esta próxima la contratación de la auditoría por el periodo restante, le recordamos que su representada deberá realizar la transferencia de la retribución económica a la Contraloría General, de acuerdo al siguiente detalle: Operación PeríodoMonto a Transferir S/Plazo para efectuar la transferencia Transferencia fi nanciera- SIAF2022 S/ 58,528.00 A más tardar el 06/02/2023 Que, mediante el Memorando N° 0011-2023-DP/ OAF, de fecha 10 de enero de 2023, la O fi cina de Administración y Finanzas de la Defensoría del Pueblo solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto: “(…) efectuar la transferencia del presupuesto [de S/ 58,528.00 Soles] , para la contratación de la Auditoria Financiera Gubernamental - Periodo 2022 ya que, de no efectuarse la transferencia solicitada o realizarse fuera del plazo otorgado, no se realizará la contratación de la sociedad de auditoría o se retrasará la misma, lo cual puede afectar la presentación de los informes de auditoría cuyos resultados constituyen un insumo necesario para la Cuenta General de la República que anualmente remite la Contraloría General de la República, de conformidad a lo establecido en el literal f) del artículo 22 de la Ley N° 27785 y el artículo 81 de la Constitución Política del Perú.” ; Que, a través del Informe N° 006-2023-DP/OPP, de fecha 13 de enero de 2023, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto informa a la Secretaría General que: “La transferencia fi nanciera autorizada en el numeral precedente se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica de Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.” ; Que, en el referido informe se concluye que: “(…) es factible otorgar la conformidad a la transferencia de recursos en el presente año, según el siguiente detalle: Operación ConceptoTransferencia por año 2022 (S/) Transferencia Financiera50% Retribución Económica (Incl. IGV)58,528.00 TOTAL 58,528.00 Que, mediante el proveído de la Secretaría General de la Defensoría del Pueblo, a través del Sistema de Gestión Documental (SGD), recaído en el Informe N° 006-2023-DP/OPP de fecha 16 de enero de 2023, se solicita a la Ofi cina de Asesoría Jurídica la acción necesaria; Que, por las consideraciones expuestas y en cumplimiento a la normativa vigente, se ha cumplido con abonar el primer 50% de la retribución económica para el periodo 2022 a través de la Resolución Defensorial N° 003-2022/DP de fecha 27 de enero de 2022; por lo que, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 58,528.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100.00 SOLES), por el 50% de la retribución económica (incluye IGV) restante correspondiente al periodo 2022, destinada para la contratación de una sociedad de auditoría externa que efectúe la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2022, de acuerdo a lo solicitado por la O fi cina de Administración y Finanzas y sustentado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 007-2019/DP, se establece que el Despacho Defensorial es el órgano máximo de la Alta Dirección en la Defensoría del Pueblo, su conducción está a cargo del/de la Defensor/a del Pueblo, quien ejerce autoridad suprema y la titularidad